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El Telégrafo
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CNJ rebaja a 1 año pena de Jiménez y Villavicencio por "principio de favorabilidad" del COIP (Documento)

En enero de este año, la sentencia en contra de Cléver Jiménez, Fernando Villavicencio y Carlos Figueroa quedó en firme. Foto: Archivo/El Telégrafo
En enero de este año, la sentencia en contra de Cléver Jiménez, Fernando Villavicencio y Carlos Figueroa quedó en firme. Foto: Archivo/El Telégrafo
26 de agosto de 2014 - 16:33

La jueza Lucy Blacio emitió hoy una resolución sobre la pena que recae en contra de Cléver Jiménez y Fernando Villavicencio, sentenciados a 18 meses por el delito de injurias.

Blacio señala que la condena se rebaja de 18 meses a 1 año "por el principio de favorabilidad y benignidad" del Código Orgánico Integral Penal (COIP).


La jueza de Garantías Penales argumenta que la sanción que establece el delito tipificado en el artículo 271 del COIP es "más benigna", a la que establecía el Código Penal, que estuvo vigente a la fecha del proceso judicial.

El artículo 271 establece que "la persona que proponga una denuncia u acusación particular, cuyos hechos no sean probados, siempre que la acusación sea declarada judicialmente como maliciosa, será sancionada con pena privativa de libertad de 6 meses a 1 año".

En tanto que la pena de 6 meses que se determinó para Carlos Figueroa, otro de los procesados, se mantiene. En la resolución la magistrada explica que ese es el tiempo "mínimo contemplado en el artículo 271" del COIP y que en este caso no se aplica el principio de favorabilidad y benignidad.

Los tres demandados presentaron una denuncia contra el Primer Mandatario, en la que se le acusaba de supuestamente haber ordenado la incursión armada al hospital de la Policía, durante la revuelta del 30 de septiembre del 2010. La demanda fue rechazada y el presidente Correa contrademandó a los activistas políticos por injurias, lo cual motivó que la jueza de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Lucy Blacio, fallara en favor del Jefe de Estado, en enero de este año.

La sanción fue emitida por la CNJ, luego de que recibió un recurso de nulidad y apelación de la sentencia de culpabilidad de primera instancia, efectuada por la jueza Blacio. Al ser negados esos recursos la sentencia se mantuvo en firme, por lo que los imputados presentaron un pedido de casación.

La audiencia de casación se realizó el pasado  14 de enero, donde los jueces resolvieron por unanimidad negar la casación y declararon al recurso improcedente, y quedó pendiente la notificación por escrito previo a la ejecución de la pena.

 

 

LEA LA RESOLUCIÓN DE LA CNJ

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