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Doctora supuestamente inyectó mal el fármaco

Caso sobre mala práctica médica vuelve a ser juzgado

Caso sobre mala práctica médica vuelve a ser juzgado
01 de mayo de 2014 - 00:00 - Redacción Justicia

El pasado martes inició un nuevo juicio en el Tribunal Quinto de Pichincha por el caso de la muerte de Andrea Saa, quien ingresó al hospital Militar el 30 de mayo de 2009 para un tratamiento de rutina por una alergia, pero al ser inyectada con adrenalina racémica murió en cuestión de segundos.

Para la audiencia de juzgamiento de mañana están convocados más de 30 testigos y los primeros 6 ya rindieron su testimonio ante el tribunal, donde el fiscal Vicente Reinoso acusó a la doctora Andrea M., y la enfermera  Elsa C., de mala administración de medicamento.

El general de la FAE, Hugo Lanas, esposo de la víctima, señaló que no entiende las razones por las que el Tribunal Segundo de la Corte Provincial señaló que no había la sustentación suficiente de la sentencia y anuló el fallo, por eso opinó que los vacíos de la ley permitieron que hallen ese “pretexto para favorecer a quienes provocaron la muerte de mi esposa”.

Las acusadas se beneficiaron de medidas sustitutivas una vez que se anuló el fallo y volvieron a sus labores normales en el hospital Militar, donde trabajan actualmente. El general Lanas cree que la patrocinadora de las sindicadas Mariana Yépez está manipulando el proceso “para que el caso sea declarado prescrito, porque se cumplen 5 años el 30 de mayo”.

El nuevo Código Integral Penal COIP es claro en lo que respecta al homicidio culposo por mala práctica profesional, cuyo artículo 146 señala que “la persona que al infringir un deber objetivo de cuidado en el ejercicio o práctica de su profesión, ocasione la muerte de otra, será sancionada con pena privativa de la libertad de uno a tres años”.

Al respecto la Corte Nacional de Justicia ante la preocupación del gremio de los galenos sobre este tema  emitió un dictamen interpretativo sobre este artículo de obligatorio cumplimiento por parte de todos los jueces, el cual concluyó que  el homicidio culposo por mala práctica profesional debe ser comprendido en su integridad, por lo que se entenderá que el homicidio culposo es agravado cuando se configura la inobservancia del deber objetivo de cuidado y además por la concurrencia de las acciones innecesarias, peligrosas e ilegítimas.

En el caso de la muerte de Andrea Saa, la falta de claridad de la ley actual, en uso hasta que el nuevo COIP entre en vigencia el 10 de agosto, ha provocado que las interpretaciones en esta causa no permitan hacer justicia. Según el abogado acusador Wilson Velasteguí, la doctora autorizó la inyección de adrenalina racémica de manera intravenosa “cuando el medicamento estaba recomendado para utilizarse únicamente por inhalación”.

La mujer ingresó por una revisión rutinaria para superar la alergia a los mariscos, pero en el almuerzo le  sirvieron pescado cuyo olor le provocó una reacción, por lo cual presuntamente las acusadas inyectaron la adrenalina racémica, lo que le provocó la muerte.

Juan Carlos Merizalde, abogado defensor de las imputadas, se adelantó a pedir la prescripción del caso, sin embargo la petición será analizada por el Tribunal precedido por el juez Edmundo Samaniego, quien posiblemente emitirá una decisión la próxima semana. 

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