Singue, otro caso de corrupción que vincula a exaltos funcionarios
Después del caso Sobornos 2012-2016, el denominado Singue se ha constituido en el segundo de mayor interés nacional y de trascendencia, no solo por el tipo de delito ni por el monto del presunto perjuicio que se ha ocasionado al Estado, sino por las personas que son procesadas.
Por Sobornos fueron declaradas culpables del delito de cohecho y sentenciadas 20 personas, entre ellas el expresidente de la República Rafael C., el exvicepresidente Jorge G., los exministros Vinicio A., María D., y Walter S., además del exsecretario jurídico de la Presidencia Alexis M., la asambleísta Viviana B., y el exlegislador Christian V.
A su vez, en el Singue el principal procesado es nuevamente el exvicepresidente de la República, Jorge G., y los exministros de Hidrocarburos Carlos P. Y. (Capaya) y Wilson P. Además, son enjuiciados Silvana P., María E., Aníbal C., Juan S., Jorge A., René D. M., Julio C., Milton J., José B., Alfredo H., César G. y Gustavo D.
Para el exsegundo Mandatario Jorge G., significa su tercer juicio penal por un delito relacionado con actos de corrupción cometidos en el anterior Gobierno, llamado de la Revolución Ciudadana.
En el primer juicio, por el delito de asociación ilícita en el caso Odebrecht, fue sentenciado a seis años de prisión. El 16 de octubre pasado un tribunal de la CNJ negó de forma unánime el recurso de casación interpuesto por el exvicepresidente y con ello quedó en firme la sentencia.
El segundo juicio es por el delito de cohecho en el denominado caso Sobornos. En este fue sentenciado a ocho años de prisión, por ser, junto con Rafael C., autores mediatos por instigación del delito de cohecho agravado. Por el caso Singue enfrenta su tercer enjuiciamiento penal.
Para el exministro de Hidrocarburos Carlos P. Y., en cambio, este es el sexto llamado a juicio por corrupción. Anteriormente fue enjuiciado y sentenciado por cohecho (cinco años de cárcel), asociación ilícita (seis años), enriquecimiento ilícito (10 años), peculado (10 años) y tráfico de influencias (seis años ocho meses).
En total son 37 años y ocho meses de cárcel lo que suma en penas hasta el momento para el también exgerente de Refinación de Petroecuador durante el correísmo. A su vez, para el exministro Wilson P. es el primer juicio penal.
El presunto delito cometido
La investigación del caso Singue inició con base en el informe DASE 044-2017, con Indicios de Responsabilidad Penal emitido por la Contraloría General del Estado.
En ese documento se analizó el contrato de prestación de servicios para la exploración y explotación de hidrocarburos en el bloque Singue, donde se revelaron “irregularidades en la negociación y firma entre el Estado ecuatoriano y el Consorcio DGC, integrado por Dygoil y Gente Oil Ecuador”.
Contraloría estableció que no procedía la adjudicación del contrato, porque el consorcio DGC no cumplía con los requisitos establecidos en las bases de licitación.
Jorge G., en calidad de ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos y presidente del Comité de Licitación Hidrocarburífera en ese período, habría aprobado la adjudicación del contrato que causó un perjuicio económico al Estado, por alrededor de $ 28 millones.
Según la fiscal general del Estado, Diana Salazar, el delito se habría cometido al realizar el cálculo de $ 33,5 por barril de petróleo, para la explotación del bloque durante 20 años.
Juicio espera su reinstalación
La declaratoria de emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional a causa del incremento de casos de coronavirus, obligó a la Corte Nacional de Justicia (CNJ) y al Consejo de la Judicatura (CJ) a suspender todas las actividades presenciales, a excepción de las audiencias de flagrancia, desde el 16 de marzo de 2020.
Para esa fecha la audiencia de juicio del caso Singue ya se había instalado y en los dos primeros días de la diligencia, el 12 y 13 de marzo, el Tribunal penal integrado por el juez Iván León (ponente) y los conjueces Javier de la Cadena y José Layedra, resolvió levantar la orden de prisión que pesaba por esta causa en contra del exvicepresidente Jorge G. y del exministro Carlos P. Y.
Sin embargo, no pudieron recuperar la libertad debido a que tienen y están cumpliendo sentencias ejecutoriadas por otros casos.
Los magistrados tomaron la decisión debido a que había caducado la prisión preventiva, porque ha transcurrido un año desde que les dictó esa medida, y conforme dispone el Art. 541 Código Orgánico Integral Penal (COIP), la prisión preventiva “no podrá exceder de un año, en los delitos sancionados con una pena mayor a cinco años”.
El Tribunal también pidió que se oficie al Consejo de la Judicatura (CJ) para que se investiguen las razones por las que se dejó caducar las órdenes de arresto. “El tribunal de la Corte Nacional de Justicia lo que ha hecho es respetar la norma y la ley; no es un día en que nosotros como defensa técnica podamos alegrarnos respecto de esto”, dijo Miguel Revelo, abogado defensor de Capaya.
Por tanto admitió que en la práctica, con el levantamiento de la orden de prisión “no hay ningún beneficio. Lo único que se ha hecho es cumplir la ley”.
Los jueces también anunciaron que luego de resolver este punto, el lunes 16 de marzo a las 09:30 se reinstalaba la audiencia de juicio de esta causa, con la presentación de los alegatos iniciales de la Fiscalía, representada por el fiscal general subrogante, Wilson Toainga. Sin embargo, ya no se reinstaló y ahora el Tribunal espera que se normalicen las labores en la CNJ para reanudar el proceso, que sería mediante el sistema telemático.
Silvana P., una de las procesadas, aseguró que no existe delito en este caso y se demostrará en el juicio que el contrato suscrito ha sido beneficioso para el país. “Por eso pedimos un juicio justo, apegado a la ley”, dijo.
Paúl Ocaña, abogado de José B., otro de los acusados, coincidió con Silvana P. Su pedido es que haya imparcialidad en este juicio y que se actúe apegado a la ley
Los 15 procesados podrían enfrentar una pena de 8 a 12 años de cárcel por el delito de peculado, debido a que este proceso será juzgado con el Código Penal vigente hasta el 2014. (I)