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Montúfar renuncia a reparación por el caso Odebrecht

En la Corte Nacional este lunes 30 de septiembre de 2019 se cumplió la audiencia de casación en uno de los procesos por el caso Odebrecht.
En la Corte Nacional este lunes 30 de septiembre de 2019 se cumplió la audiencia de casación en uno de los procesos por el caso Odebrecht.
Foto: Álvaro Pérez / El Telégrafo
01 de octubre de 2019 - 00:00 - Redacción Justicia

El artículo 432 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece que el acusador particular en un proceso penal se convierte en víctima.

A su vez el artículo 78 de la Constitución de la República, determina que las víctimas de infracciones penales, entre otras cosas, recibirán una reparación integral, entre ellas “indemnización”.

Esta es la situación del político César Montúfar, quien actúa en calidad de acusador particular en el proceso por el delito de asociación ilícita en el caso Odebrecht, por el que fueron sentenciadas ocho personas, entre ellas el exvicepresidente Jorge G.

La pena impuesta fue de seis años de prisión para cinco de los ocho acusados y de 14 meses para los otros tres. Además se estableció el pago de $ 33,5 millones como reparación integral.

Este fue uno de los temas abordados este lunes 30 de septiembre de 2019 en la audiencia de casación que se cumplió en la Corte Nacional de Justicia, a cargo del Tribunal integrado por los jueces: Daniella Camacho Iván Saquicela y Wilman Terán.

Eduardo Franco Loor y Harrison Salcedo, abogados de Jorge G., expusieron sus argumentos para solicitar la casación y, a través de este recurso legal, lograr la nulidad de la sentencia.

Los dos abogados dijeron que su defendido fue sentenciado con una ley derogada (Código Penal) y que lo correcto sería aplicar el principio de favorabilidad, es decir el actual Código Integral Penal (COIP), cuyas penas para asociación ilícita son de tres a cinco años de cárcel.

Incluso, Franco dijo que si al exvicepresidente se le aplicaba el COIP, su sentencia hubiera sido de cinco años de cárcel y, bajo ese escenario habrían solicitado la suspensión condicional de la pena, por lo que al otro día hubiera estado libre.

Otro argumento fue que el monto de reparación integral estaba incorrecto, porque en casos de asociación ilícita la víctima es el Estado. Por ello, los dos abogados pidieron al Tribunal que rechace la acusación particular presentada por César Montúfar, quien estuvo presente en la diligencia.

Consideran que no puede ser víctima ni representar a las víctimas y de hacerlo él se beneficiaría con una parte de la reparación integral.

Esto motivó la reacción de Montúfar, quien aclaró que no ha reclamado ese derecho y que no aceptará recurso alguno de la reparación integral, por lo que todo el dinero irá al Estado; “nosotros no pedimos nada”.

Consideró que los abogados de Jorge G., lo que pretenden es “eludir a la justicia”. “No solo quieren impunidad, sino, no pagar la reparación”, que es parte de las garantías legales.

En la diligencia se tramitó el último recurso legal, que podía modificar el fallo emitido en diciembre de 2017. Este recurso de casación lo solicitaron los sentenciados Jorge G., Ricardo R., Carlos V., Kepler V.; Fernando C.; y Édgar A.

Ricardo R. y Carlos V. comparecieron a la diligencia a través de videoconferencia desde el Centro de Rehabilitación Social de Guayaquil.

Los abogados de los procesados coincidieron, en su mayoría, en pedir la nulidad de la sentencia y que se ratifique el estado de inocencia de cada uno.

A las 17:00, la audiencia fue suspendida, porque los jueces entraron a deliberar. Ellos anunciaron que informarán el día y hora en que emitirán su resolución. (I)

La sentencia
El 13 del diciembre de 2017
Un Tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) sentenció al exvicepresidente, Jorge G., a Ricardo R., Édgar A.; Carlos V. y Ramiro C, a seis años de prisión como autores del delito de asociación ilícita.

3 personas más fueron condenadas. A Gustavo M., José T. y Kepler V., la pena impuesta fue de 14 meses de prisión.

Procuraduría salió del caso
El 5 de diciembre de 2017, el Tribunal declaró abandonada la acusación particular de la Procuraduría por un atraso a la reinstalación de la audiencia.

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