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Ejecutivo envió el proyecto de reformas

Asambleístas analizan incluir el delito de piratería en COIP

Asambleístas analizan incluir el delito de piratería en COIP
27 de agosto de 2014 - 00:00 - Redacción Justicia

La Comisión de Justicia de la Asamblea revisó este lunes el proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) enviado por el Presidente de la República, relacionado con los tipos penales sobre la violación a los derechos de propiedad intelectual.

Luego, los asambleístas realizaron varias observaciones que serán discutidas en un plazo de 15 días, antes de  aprobarlo para discusión del pleno.

Los miembros de la Comisión señalaron que es necesario tipificar esta infracción en el COIP, pero se debe analizar la propuesta, ya que incluye una pena de carácter económico, “esto implicaría una contravención y no un delito”, señaló el asambleísta Luis FernandoTorres.

La legisladora Gina Godoy dijo que el comercio se debe regular, ya que, por ejemplo, autores de  melodías que se expenden en discos compactos en la calle no reciben ningún beneficio; igual sucede con los que falsifican las marcas de textiles, “quienes se sientan perjudicados  tienen  todo el derecho de exigir una acción penal”.

Mauro Andino,presidente de la Comisión, dijo que es necesario revisar el artículo propuesto, así como los actos que constituyen la piratería y que serán sancionados con multas; además se debería establecer proporcionalidad en la asignación de la multa.

El artículo enviado por el Ejecutivo establece: “La persona que realice actos de falsificación de marcas de fábrica o de comercio a escala comercial, será sancionada con pena de multa de $ 500 a $ 500 mil. Se entiende por mercancía de marca de fábrica o de comercio falsificadas cualquier mercancía incluido su embalaje, que sin la debida autorización lleven puesta una marca de fábrica o de comercio idéntica a la válidamente registrada para tales mercancías o que no pueda distinguirse en sus aspectos esenciales de esa marca”.

Además, en el proyecto del Ejecutivo menciona la necesidad de incluir la falta en el COIP para cumplir compromisos internacionales del Estado.

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