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El Telégrafo
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Sentencian a procesada en caso en que también es investigado expresidente del CPCCS

La audiencia se realizó a través de videoconferencia.
La audiencia se realizó a través de videoconferencia.
Foto: Referencial / Archivo
27 de mayo de 2020 - 16:29

Antes de la diligencia en que la jueza Marcela Ortega rechazó el pedido de sustitución de la prisión preventiva por el de arresto domiciliario, solicitado por José Carlos T. Z., expresidente del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), se desarrolló otra audiencia, por procedimiento abreviado, contra otra procesada en este caso, Hilda Graciela S. C., quien aceptó haber participado en el hecho delictivo.

La Fiscalía del Guayas, en el caso que sigue por delito asociación ilícita por ofertar cargos en instituciones públicas, obtuvo nueva sentencia condenatoria.

Según la Institución, la ya sentenciada, junto a otros procesados, participaba en reuniones y acuerdos con José Carlos T. Z., expresidente del CPCCS, con quien presuntamente se acordaba los puestos públicos a ofertar y los valores que deberían cancelarse por ellos.

En la audiencia, a través de videoconferencia en la Unidad Judicial Valdivia, el fiscal César Suárez Pilay expuso como elementos de convicción: las escuchas telefónicas autorizadas por autoridad judicial, la extracción de información de teléfonos celulares, seguimientos a procesados, documentación (facturas, estados de cuenta, letras de cambio, cheques, etc.) relativa al hecho, entre otros, en los que participó la procesada.

Además, Fiscalía determinó su grado de participación, citando fechas de reuniones mantenidas en Quito y Guayaquil, y demostró que era la encargada de manejar información privilegiada y que captaba sumas de dinero para ofertar cargos y nombramientos en instituciones públicas.

La jueza de Garantías Penales Marcela Ortega, luego de calificar el procedimiento abreviado, aceptó los elementos probatorios expuestos y dictó sentencia condenatoria de un año de pena privativa de libertad contra Hilda Graciela S. C. La jueza también le impuso una multa de cuatro salarios básicos unificados (1.600 dólares), el impedimento de optar por cargos de elección popular por diez años y la prohibición de contratar con empresas del Estado.

Este caso es procesado con base en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que contempla una pena privativa de libertad de tres a cinco años, cuando dos o más personas se asocien para realizar el delito de oferta de tráfico de influencias, establecido en el artículo 286 del mismo cuerpo legal.

El procedimiento abreviado consiste en la aceptación de los hechos imputados por parte de los investigados, logrando con ello beneficiarse de una condena reducida en un tercio de la pena mínima impuesta en el tipo penal. (I)

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