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Reforma amplía sanción por medicina falsificada

Reforma amplía sanción por medicina falsificada
28 de septiembre de 2019 - 00:00 - Redacción Justicia

La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) retiró la semana pasada 900 productos  médicos con irregularidades de una farmacia en la ciudad de Manta, en Manabí.

Eran medicinas que habían superado la fecha de caducidad, que no contaban con el respectivo registro sanitario o que mostraban claros signos de adulteración.

Según datos de la Fiscalía General del Estado, en 2018 se siguieron 15 causas por el delito de producción, fabricación, comercialización y distribución de medicamentos e insumos caducados; en lo que va de 2019 el número de casos llega a nueve.

El fiscal Jorge Cárdenas Verdesoto, quien ha judicializado este tipo de casos, explicó que la producción de medicamentos falsificados es uno de los negocios transnacionales ilícitos que resultan más rentables.

Detalló que  las medicinas adulteradas que se comercializan en el país, la mayoría, provienen del exterior. “Son compradas al granel en otros países, donde se venden más económicas y aquí se las empaca y se las revende como originales”.

Resaltó que siguiendo los lineamientos de la Organización Mundial de la Salud, toda medicina que no tenga su presentación y etiquetado de fábrica, por más que contenga el principio activo, es considerada como falsa.

Dijo que para fiscalizar estos actos ilícitos se trabaja de la mano con la Arcsa, que es quien dispone de la tecnología para realizar estudios para detectar irregularidades.

Roy Morán, director de comunicación de la Arcsa, explicó que esta institución tiene carácter administrativo, por lo que actúa ante denuncias ciudadanas o bajo requerimiento de la Fiscalía.

Entre sus facultades realizan inspecciones, decomisos y estudios de primer y segundo nivel. Las pericias de primer nivel abarcan el empaquetado, el etiquetado y confirmar la existencia de registros sanitarios.

Las de segundo nivel consisten en pruebas de laboratorio para determinar que el producto que se vende contenga los principios activos que se indican y en las cantidades exactas.

El actual Código Orgánico Integral Penal (COIP) contempla la misma sanción para quienes incurran en la venta de medicinas y equipos médicos tanto caducados como falsificados. Sin embargo, las reformas al COIP, aprobadas por la Asamblea Nacional en segundo debate, presentan una ampliación a la jurisprudencia de este tipo de delito.

Ximena Peña, presidenta de la Mesa de Justicia de la Asamblea, detalla que el principal objetivo de las reformas al artículo 217  de este cuerpo legal es individualizar las sanciones.

“Hubo la necesidad de realizar reformas porque no es lo mismo que le vendan un medicamento que ya caducó a uno falso, producido intencionalmente de manera ilícita, que puede contener sustancias nocivas para el organismo”.

Por eso, con los cambios  que se debatieron en la Asamblea se establecieron penas más fuertes para el caso de las falsificaciones.

Las reformas también tipifican nuevas sanciones para quienes adulteren productos de uso y consumo humano, como jabones, bebidas, alimentos y otros productos a los que se les endilgan determinadas propiedades.

“Por ejemplo, si le venden una bebida energética de cierta marca y resulta que esta ha sido modificada en su contenido para conseguir mayor volumen y maximizar las ganancias, esto también será penado”, explicó Peña.

Otra de las novedades que se introduce en el cuerpo legal son sanciones superiores en caso de que quien incurra en el delito sea un profesional de la salud; en esta situación, además de la pena privativa, se inhabilita al infractor de ejercer la profesión por períodos de hasta un año.

En los casos en los que se determina que la culpabilidad del ilícito recae en una persona jurídica; es decir, una empresa la sanción es solamente económica, con una multa de entre 30 y 100  salarios básicos unificados del trabajador (entre $ 11.820 y $39.400). (I)

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