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Ecuador, 22 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo
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“No hay parámetros para imponer penas en los delitos por drogas”

Jorge Paladines, abogado. Máster en Derecho Constitucional, en Ciencias Políticas y Penales. Foto: Cortesía

¿Cuáles son los casos que más atiende la Defensoría Pública?
Los que mayormente tratamos son asuntos penales, en su gran mayoría por temas de drogas. Cerca del 35% de los casos atendidos corresponde a quienes son detenidos por delitos de drogas, es decir, un promedio de 4 mil personas de un total de 10 mil, aproximadamente. De esas 4 mil, en promedio, el 60% es de mujeres.
 
¿Existe una feminización del delito de drogas?
Por supuesto, la gran mayoría de mujeres es utilizada  como instrumentos, como mulas del narcotráfico.

¿Considera que existen problemas en las penas que se imponen a los delitos relacionados con las drogas?
Existe un problema cultural, la mayoría de los jueces tiene presente únicamente el principio de legalidad, es decir, la pena tiene que ser la que establece la ley. Sin embargo, las sanciones que establece la legislación de drogas son más graves que las que se fijan para delitos más violentos, como el homicidio. Es necesario hacer un ejercicio de comparación y dosificación de la pena.

¿QUIÉN ES?

Nombre completo: Jorge Paladines
Profesión: Abogado
Nacionalidad:  Ecuatoriana 
Educación: Máster en Derecho Constitucional, en Ciencias Políticas y Penales
Experiencia laboral: Asesor de Despacho de la Defensoría Pública y docente de la Universidad Andina Simón Bolívar
¿Bajo qué parámetros se imponen las penas a los delitos?
Las penas son hechos políticos, no existe ningún parámetro aritmético proporcional, es una ilusión, la pena es una actividad exclusivamente política del legislador y de quien la propone en una ley. Existe lo que se llama la escala del castigo, que es un parámetro de proporcionalidad para poder cotejar que una pena no sea más grave que otra, siempre de referencia; por ejemplo, comparar si la pena por delito de tráfico es mayor que la del homicidio o mayor que la violación y bajarla. Hay que hacer un estudio total de las penas a nivel nacional.

¿Una pena alta perjudica al proceso de reinserción de una persona?
Hay situaciones en las que tal vez sea necesario el incremento de penas, pero la mayoría, no solamente en drogas, merece que se bajen las penas impuestas porque, técnicamente y científicamente, una pena privativa de la libertad por más de 10 años no cumple su función resocializadora. Una persona, a partir de los 10 años de estar en prisión, presenta serios problemas psiquiátricos, por eso hay que analizar el tema de las penas con mucho cuidado.

¿Cuáles son los parámetros en penas por delitos de drogas?
El piso y el techo de las penas en materia de drogas tienen desde 2 hasta 16 años, con acumulación de  hasta 25. Todos los delitos en drogas tienen un mismo parámetro, es decir, la comercialización, tenencia,  transporte, tráfico, eso evidencia que las penas no solo son desproporcionadas, sino también irracionales. En materia de drogas no hay solo una agenda de los legisladores, sino una agenda política. Durante muchos años, Ecuador tuvo que ser víctima de la injerencia de otros países y la aplicación de sus políticas. Eso hizo que tengamos penas altísimas en materia de drogas. Ni Colombia tiene sanciones tan altas.

¿Cuáles son las incongruencias que existen en materia de drogas?
Por ejemplo, una pena por microtráfico, que por cierto no existe como figura legal, no puede ser la misma que para un gran traficante, pero como no existe la diferencia, prácticamente da igual llevar kilos de cocaína que traficar un gramo de marihuana, porque la medida sancionatoria es la misma.

¿Cómo considera entonces  a quienes se dedican al microtráfico?
En su mayoría, las personas que caen por drogas son víctimas del delito, sin embargo son consideradas  autoras. Quienes viven de la renta del narcotráfico muy difícilmente caerán en nuestras cárceles. En la realidad actual de nuestra norma penal, las “mulas” del narcotráfico no son autoras, son instrumentos de un delito. Los autores son los que reciben las rentas del narcotráfico y, por lo tanto, deberían tener un trato diferente y, para empezar, una pena distinta.

¿A qué se le denomina el diagnóstico del dolor?
El diagnóstico del dolor tiene que ver con las cárceles. Cuando una persona está privada de la libertad no solo está encerrada, de hecho, esto es casi lo de menos en importancia, pues en realidad está privada de algo más serio que es su reagrupación familiar, de su integridad física, de su autonomía, de su libertad de expresión. No puede hacer nada, porque dentro de la cárcel es la ley del más fuerte, incluso está privada del desarrollo de su sexualidad.

Hay un conjunto de derechos que  con el encierro es, en términos prácticos, más importante que el hecho mismo de estar privado de la libertad. Dicho en otras palabras, cuando uno está preso, lo primero que se le viene a la mente no es recuperar la libertad, sino poder sobrevivir dentro de la cárcel.

¿La Defensoría del Pueblo trabaja en un banco de casos injustos?
En el “banco de las injusticias”, no solamente en drogas, sino en otras áreas, tenemos el caso de una persona detenida por robarse un cilindro de gas sentenciada a 10 años en la cárcel; y hay otra  que estuvo presa dos años por una deuda de un dólar.  Estas son las incongruencias de la justicia.

¿Dónde están las fallas, en la ley o en la aplicación de la ley?
Es una mala actividad comprobatoria que recae en malas investigaciones, jueces incapaces  -no se prueba  con fundamentos o cargos suficientes que realmente imputen a una persona-, a la también inactividad de defensores privados, fiscales, policías, etc. No estoy de acuerdo con las investigaciones, no sé por qué hay que convertir a una persona en un delincuente para investigar un delito; cuando uno va a los juicios tiene que ir cargado de certificados y de antecedentes penales. Uno no tendría por qué ir con todo eso para probar la inocencia.  Sin embargo, esa es una práctica muy común para que le den una pena rebajada. Ahora es al revés, ya no se tiene que probar la culpabilidad, sino la inocencia.

¿Qué significa la existencia de un Estado al margen?
 El Estado al margen es una figura que se usa en antropología, es para describir la dificultad que existe en las fronteras de los Estados, donde todas las condiciones se complican: la dificultad en la vialidad, en cuestiones de salud, en colegios, lo que propone un campo propicio para que las personas sean más vulnerables a caer víctimas de la droga, pues aquí también se modifica la institucionalidad policial.

¿Cómo califica a la legislación ecuatoriana en el tema drogas?
La legislación en este tema es perversa, es totalmente asimétrica, desproporcionadas la legislación y, al final, la justicia. Si la legislación es exagerada existe un dique que es la Función Judicial, que debe tratar de proporcionarla, darle coherencia, pero, históricamente, en este país nunca ha sido así y la justicia siempre ha sido muy criticada, pues las penas también son desproporcionadas. La ley no es la que mete a una persona a la cárcel 25 años, son los jueces.

¿Qué pena merecerían entonces?
Toda pena es una sanción, pero no toda sanción es una pena. La pena significa dolor, deuda, sufrimiento. Por drogas, es demasiado difícil darle a una persona 25 años, muchos creen que tener humanidad  es dejar en la impunidad algún delito. Hay que entender que en drogas no existe un buen procedimiento para diferenciar los consumidores de los comercializadores.

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