Los niveles de reacción dependen de la amenaza
¿Los policías deben o no deben disparar? La Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal (COIP), que entrará en vigencia en junio de este año, determina cómo debe ser la actuación policial ante amenazas o riesgos.
En el artículo 125 consta que debe agregarse al Código de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público (Coescop) el uso progresivo o racional de la fuerza del personal policial, así como de servidores del cuerpo de seguridad y vigilancia penitenciaria.
Según la normativa, la acción depende del tipo de ataque o resistencia del o los presuntos infractores.
Las acciones se clasifican en cinco niveles: presencia policial, verbalización, control físico, técnicas defensivas no letales y fuerza potencial letal o uso de armas de fuego.
Los rangos deben aplicarse bajo los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad (ver recuadro).
Patricio Pazmiño, viceministro de Seguridad Interna, dijo que la reforma respalda a la institución policial.
“La gente percibía que los policías no se sentían con libertad de actuar porque no estaban respaldados, ya que el uso progresivo de la fuerza no estaba debidamente normado y hemos superado eso”.
Aclaró que el hecho de que exista la norma no significa una “carta abierta” para abusar de los derechos del ciudadano.
En la reforma se advierte que el uso progresivo o racional de la fuerza puede iniciarse en cualquier nivel e incrementarse o reducirse gradual o repentinamente.
Ramiro Mantilla, excomandante general de la Policía, manifestó que es acertado que se incluya el uso de armas no letales porque se puede emplear sistemas nuevos para neutralizar a quienes tengan comportamientos violentos y atenten contra la integridad de las personas.
En cuanto a la fuerza letal (o uso de arma de fuego), señaló que cuando un policía utiliza su arma se realiza una investigación adecuada para determinar la proporcionalidad de la fuerza aplicada, de acuerdo con la acción del sospechoso.
“El policía debe hacer uso de la fuerza letal como último recurso”, precisó Mantilla.
Atención médica y psicológica
En el último párrafo del artículo 125 consta que, si como resultado del uso progresivo o racional de la fuerza el agente causa lesión o muerte en actos de servicio, además de recibir patrocinio y asesoría jurídica, será asistido por un profesional para su evaluación y tratamiento médico y psicológico.
El general Mantilla destacó la importancia de este punto, pues el policía puede arrastrar secuelas negativas. Y añadió: “Es importante cuidar de su salud mental para que siga trabajando con absoluto respeto a los derechos humanos”.
Zoraya Bohórquez, psicóloga clínica, jurídica y forense, detalló que la situación de estrés a las que están sometidos los policías puede tener efectos físicos, como dolores de cabeza, cervicales, trastornos digestivos, circulatorios, cardíacos, entre otros.
Pero también problemas cognitivos y emocionales, que pueden manifestarse en agresividad, ira, aislamiento, desconfianza, culpabilidad, insomnio, falta de apetito, adicción al trabajo.
“Además puede agudizar problemas de alcohol, drogas (en caso de que los consuma) o de la medicación”.
Bohórquez indicó que, para evitar que se compliquen, es necesario realizar una reevaluación periódica cada seis meses o cada año, dependiendo de los casos.
“Debe ser un planteamiento como criterio desde selección del personal, pues se requiere de un perfil adecuado para enfrentar estas situaciones”, agregó la especialista.
Defenderse en libertad
María Paula Romo, ministra de Gobierno, precisó que en Ecuador hay 50.000 policías luchando contra la delincuencia y arriesgando diariamente sus vidas.
Recordó al policía David Velasteguí, quien estuvo preso un año y cuatro meses por un tema relacionado al ejercicio de sus funciones.
En agosto de 2018, en un operativo policial, el gendarme le disparó y quitó la vida a un joven que robó una grúa para llevarse un carro involucrado en un accidente en Mascarilla, Imbabura.
Además, destacó como un avance que en la reforma al COIP se establezca que cuando se presuma que un policía cometió un delito en el cumplimiento de su deber, se defienda en libertad.
“Es una ley que da seguridad para realizar el trabajo, pero un trabajo que no está exento de rendir cuentas a la justicia y a la comunidad”, dijo Romo. (I)
Casos recientes
10 /enero
→Un policía abatió, en Guayaquil, a un presunto delincuente que había robado, con otros tres hombres, 18 celulares. Los sospechosos iban en moto y eran menores.
13 /enero
→Un agente del Grupo de Operaciones Especiales disparó y acabó con la vida de un hombre
de 35 años, denunciado por robar una motocicleta en El Oro.
3 /febrero
→Un presunto ladrón que intentó agredir a la Policía fue herido de bala en el brazo por un agente, en Santo Domingo de los Tsáchilas.