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Ecuador, 24 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo
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La comisión de justicia de la Asamblea analiza el código general de proceso

Los operadores judiciales se alistan para iniciar oralidad

Con la vigencia de la oralidad en el sistema judicial, en las audiencias, los jueces y fiscales darán celeridad a los procesos. Foto: Pilar Vera
Con la vigencia de la oralidad en el sistema judicial, en las audiencias, los jueces y fiscales darán celeridad a los procesos. Foto: Pilar Vera
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A menos de 6 meses de que entre en vigencia el nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP), el Consejo de la Judicatura inició las capacitaciones para que los operadores judiciales estén al tanto del contenido del cuerpo legal, especialmente en la implementación de la oralidad en las audiencias.

El capítulo segundo del primer libro del COIP, que se refiere a garantías y principios rectores del proceso penal, señala en el artículo 5 numeral 11: “el proceso se desarrollará mediante el sistema oral y las decisiones se tomarán en audiencia; se utilizarán los medios técnicos disponibles para dejar constancia y registrar las actuaciones procesales; y los sujetos procesales recurrirán a los medios escritos en los casos previstos en este código”.

El énfasis de esta normativa es sobre todo el desarrollo de nuevas habilidades porque se trata de la litigación oral que está fortalecida en el COIP; en esta línea, la escuela está haciendo un módulo especial para asumir este tipo de audiencias.

El presidente de la Judicatura, Gustavo Jalkh, dijo que la ley prevé que incluso el desenlace de los procesos judiciales lo realice el juez de manera oral al final de los alegatos, lo cual implica que la justicia se volverá más ágil y rápida en la resolución de los conflictos.

También explicó que se han realizado, en las salas de las diferentes unidades judiciales, audiencias simuladas en las que participan jueces, defensores, fiscales.

El objetivo es seguir afianzando las nuevas normativas del código, “que por cierto, están vigentes en algunos aspectos y en la parte procesal, en aquellas normas que regulan la realización de las audiencias, particularmente relacionadas con la sanción a los operadores de justicia que no asistan a las diligencias”, aseguró.

Para el fiscal José Luis Jaramillo, este principio de la oralidad tiene una sólida base en la Constitución, lo cual permite una eficiente administración de justicia y garantiza que las partes procesales se midan en igualdad de condiciones ante el juez de la causa, “es decir, habrá un fortalecimiento en sus capacidades argumentativas, enfoques estratégicos en la presentación de los casos ante el juez, a efectos de que sus intervenciones sean suficientemente sustentadas y eficientes en el uso de los argumentos”.

Jaramillo opina que los abogados también deben capacitarse para que puedan plantear un caso en el marco de una teoría, la propuesta probatoria tiene que ser un elemento articulado por el orador en la sala de audiencias.

Jalkh aseguró que la oralidad procesal no es una mera metodología de tramitación, sino una garantía a la ciudadanía para que en la audiencia pública se administre justicia delante de la gente.

Por tal motivo, el pasado 21 de enero el sector justicia entregó a la Asamblea Nacional el proyecto del nuevo Código General de Procesos, el cual contempla que todos los procedimientos: civil, laboral, contencioso tributario, contencioso-administrativo, familia, mujer, niñez y adolescencia, inquilinato, pasen al sistema oral en todas sus etapas, con lo cual la justicia ecuatoriana dejará el sistema escrito por completo.

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