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El Telégrafo
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Juicios por alimentos retrasan las otras causas

En las unidades judiciales se instalaron espacios lúdicos para los niños, mientras los padres resuelven trámites o audiencias por los procesos legales.
En las unidades judiciales se instalaron espacios lúdicos para los niños, mientras los padres resuelven trámites o audiencias por los procesos legales.
Foto. Cortesía
18 de abril de 2018 - 00:00 - Redacción Justicia

Hace dos meses, Cecilia Toapanta contrató un abogado para que su exconviviente cancelara las pensiones de su hijo, pero todo fue en vano.

En diciembre de 2017 su expareja se fue a trabajar a Loreto (Orellana). Desde enero de este año dejó de pagar la manutención ($136) de su niño de dos años. “Se fue a otro lado para dejar de pagarme”, comentó la mujer, quien se dedica a dar clases de dibujo.

El jueves anterior llegó a la Unidad Judicial Especializada de Familia, en La Mariscal (norte de Quito) para buscar un mediador familiar, porque no quiere iniciar otro trámite en contra de su excompañero. “Solo quiero llegar a un acuerdo”.

Los procesos legales para solucionar pensiones alimenticias impagas son recurrentes en estas unidades. La mayoría de veces se origina porque son trámites engorrosos, aseguraron algunas madres consultadas en estas dependencias.

Con ese escenario, el Consejo de la Judicatura (CJ) presentó una propuesta como medida para agilizar la resolución de este caso.

Gustavo Jalkh, presidente de la entidad, se reunió en días pasados con Irina Cabezas, presidenta de la Asamblea Nacional.

El titular de la Judicatura expuso la necesidad de reformar el artículo 137 del Código Orgánico General de Procesos (Cogep) para que, en caso de que haya dos o más pensiones pendientes, el juez emita la boleta de apremio contra el deudor y luego convoque a una audiencia con la que se establezca la voluntad real de pago.

Su propuesta se presenta en respuesta a la resolución de la Corte Constitucional (CC), emitida el 10 de mayo de 2017. La sentencia 012-17-SIN-CC eliminó el apremio directo. En la actualidad, primero se convoca a una audiencia, antes que la medida de apremio.

“Esto ha implicado que la Función Judicial tenga que atender 5.000 audiencias adicionales al mes, así como retrasos en el cumplimiento de las diligencias”, dijo Jalkh.

De eso dan cuenta las cifras del CJ. Solo en el Distrito Metropolitano de Quito -entre junio y julio de 2017- se convocaron 2.654 audiencias por esa causa. De ellas, solo se realizaron 1.451 (66%).

Esta no es la primera vez que el titular de la Judicatura presenta este planteamiento. El año anterior acudió a la Comisión de Justicia de la Asamblea.

Jalkh añadió que si bien esta situación se podría resolver con más jueces “eso significaría un peso presupuestario adicional para el erario nacional”. De ahí que se plantea la modificación de la norma actual.

Patricio Gualotuña, juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niños y Adolescencia de la parroquia Iñaquito, reconoció que con ese dictamen, ahora tiene un importante aumento de diligencias en su despacho.

El jurista indicó que esa resolución dispone que se convoque a audiencia en un plazo de 10 días.

Sin embargo, no se puede cumplir con los plazos, ya que hay otras diligencias que están en agenda (divorcios, mediaciones, tutelas, etc.) y muchas se demoran si el caso es complicado.

A eso se suman otros trámites propios de los procesos como la resolución o calificación de las demandas. “¿A qué hora podemos hacer las audiencias que solicita la Corte Constitucional en un plazo de 10 días?”, cuestionó.

Incumplimiento
El Sistema Único de Pensiones Alimenticias de la Judicatura (SUPA) da cuenta del alto número de alimentarios (hijos) en el país.
Hasta el 31 de diciembre del año anterior se registraron 811.458 beneficiarios y hay 647.433 alimentantes (padres/madres que pagan la pensión).

El Centro de Apoyo y Protección de los Derechos Humanos Surcuna refirió en un manifiesto que hasta julio de 2017 el 69,04% de padres adeudaba dos o más meses.

La abogada Sofía Arteaga explicó que esa situación es una constante, ya que las mujeres inician acciones después de un importante número de mensualidades impagas.

“Los progenitores no cancelan y ellas no les exigen. Cuando la suma es alta, recién toman acciones, pero para los padres es difícil pagar la cifra acumulada”

Lorenzo Cárdenas, abogado en libre ejercicio, considera que la norma retrasa el despacho de causas, pero que es necesaria.  

De acuerdo con la experiencia de sus clientes, las boletas de apremio no contemplan la situación real de los demandados. “Con una boleta la persona queda detenida sin que se tome en cuenta la razón de su atraso. Pero con las audiencias ambas partes se defienden”.

Cecilia reconoció que si su expareja no tiene con qué pagar las mensualidades se puede llegar a un acuerdo. Ella quiere verlo preso para que pague. Pero, supo que primero se instalaría una audiencia. Además, contó que su expareja le dijo que si va a juicio tendría que pagar un abogado y ya no iba a tener plata para su hijo. “Voy a negociar con él”. (I)

Detalles
La tabla de pensiones  
El 26 de enero de 2018, mediante el Acuerdo Ministerial 008, entró en vigencia la nueva tabla de pensiones. El cálculo de la mensualidad se realiza con base al Salario Básico Unificado (SBU), que actualmente es de $ 386.  

6 niveles contempla la tabla de pensiones de alimentos que determina el valor de la  pensión.

¿Quiénes son beneficiarios?
El Código de la Niñez señala que tienen derecho a la pensión los hijos de entre 0 y 18 años. Esta obligación se extiende por un tiempo adicional en el caso del estudiante universitario hasta que cumpla 21 años. (I)

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