ESPECIAL FIN DE AÑO
El Código Orgánico Integral Penal mejoró los sistemas judicial y penitenciario del país (Documento)
Debieron pasar 177 años, a partir del primer Código Penal de la República de 1837, para que a base del mandato de la Constitución de 2008 se logre impulsar y aprobar una nueva normativa que ordene, innove y modernice el sistema judicial penal y penitenciario del territorio ecuatoriano.
Si bien, el proyecto del Código Orgánico Integral Penal (COIP) empezó a debatirse desde el 28 de junio de 2012 su aprobación final se logró 18 meses después, el 28 de enero de 2014 por el Pleno de la Asamblea Nacional, que resolvió el veto parcial del Ejecutivo. (LEA EL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL)
El COIP contiene 937 artículos. Está dividido en tres libros: Infracción penal, Procedimiento y Ejecución, que constan de 730 artículos y 207 corresponden a las disposiciones generales, transitorias, reformatorias y derogatorias. El texto fue remitido al Registro Oficial.
El 10 de febrero se publicó oficialmente el nuevo Código Integral Penal, pero su aplicación total estaba dispuesta después de 180 días, o sea el 10 de agosto de 2014.
Durante esos seis meses, los organismos de justicia empezaron a capacitar a sus servidores con el nuevo contenido del COIP para su aplicación apenas se ponga en vigencia; así como adecuaron y equiparon sus infraestructuras acorde al nuevo sistema que se avecinaba a instaurarse en el país.
Con el aval del Consejo de la Judicatura 44.000 policías, 10.163 servidores judiciales del país, entre ellos, 2.490 jueces, fiscales y defensores públicos fueron capacitados sobre la aplicación de los articulados y procedimientos dispuestos en el COIP. Fueron 348 horas de formación académica. Los profesionales del Derecho también se interesaron por conocer su aplicación.
La normativa se puso en vigencia el 10 de agosto y con ella las nuevas tipificaciones de infracciones de tipo penal que permiten perseguir y sancionar a la delincuencia organizada acostumbrada a cometer graves delitos como el sicariato, secuestro exprés, trata de personas, tráfico de órganos, tráfico de migrantes, entre otros.
La tipificación del terrorismo y la delincuencia organizada fue actualizada y adecuada a las formas que han desarrollado las organizaciones criminales y los compromisos internacionales adquiridos por el país.
También, el Código tipifica el femicidio para luchar contra la violencia e impunidad que sufren las mujeres, así como se sanciona la violencia intrafamiliar.
Los delitos de lesa humanidad, ejecución extrajudicial, entre otros también están tipificados con penas máximas. Además, protege al ciudadano al sancionar, por ejemplo, a los empleadores que no aseguren a sus trabajadores.
La puesta en vigencia del COIP, obligó a los jueces, fiscales, policías y abogados a aplicar los innovadores procedimientos en el campo judicial, como el juicio directo, el programa de protección a víctimas, el sistema de investigación de medicina legal y ciencias forenses, a establecer unidades judiciales con cámaras especiales para receptar los testimonios de las víctimas, y salas para audiencias virtuales.
El Consejo de la Judicatura incrementó las unidades judiciales, el número de jueces, estableció la firma electrónica, los casilleros, las boletas y los expedientes electrónicos para agilizar el proceso de los trámites.
En cuanto a la ejecución de penas, el COIP dispuso la acumulación máxima de 40 años de reclusión para los privados de la libertad acusados de varios delitos, así como toda una serie de medidas de rehabilitación social que se están aplicando paulatinamente por el Ministerio de Justicia. Los privados de la libertad se valieron de la figura de la favorabilidad, con la que salieron en libertad hasta noviembre, 1.063 internos.