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Ecuador, 22 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo
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Comisión de Justicia pide allanarse a 69 observaciones

El asambleísta y presidente de la Comisión de Justicia, Mauro Andino, solicitó al pleno de la Asamblea Nacional que se allane en 69 de las 73 observaciones efectuadas mediante veto presidencial al Código Orgánico Integral Penal (COIP). Lo hizo en el marco de la sesión Nº 267 del legislativo, que se inició la mañana de ayer con la presencia de 123 parlamentarios.
Desde las 10:15 se dio lectura a cada uno de los vetos parciales realizados por el Ejecutivo.

La semana pasada la Comisión de Justicia se había ratificado en 3 puntos del Código Orgánico Integral Penal (COIP), referentes a la prisión preventiva de mujeres embarazadas, la contravención de la no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), y a los delitos de terrorismo, en la lista del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y no la de terceros países.

A pesar de no estar considerado en los vetos del Ejecutivo, el artículo 146 sobre la mala práctica profesional fue uno de los más analizados por los legisladores antes de la sesión.

Durante una rueda de prensa, en medio de la sesión, la presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira, informó que lamentablemente hubo una descontextualización por los médicos sobre el artículo. Y señaló que maliciosamente se cambió "e ilegítima" por "o ilegítima", poniendo en consideración que cualquier galeno podría ser juzgado por el incumplimiento de estas características.

Rivadeneira señaló que los médicos responsables y profesionales no tienen por qué sentir temor por el artículo, sino quienes ejercen en clínicas clandestinas, los que delegan cirugías a terceros que no están preparados, o dejan gasas al interior de sus pacientes con las consecuencias que conlleva.

María José Carrión, asambleísta de PAIS, señaló que debe haber tranquilidad en los doctores, pues el Código establece que peritos en cada área garantizan un debido proceso.

Durante el debate, Carrión expuso que el artículo mejoró notablemente, pues en el original se sancionaba a las lesiones de 1 a 3 años, y la muerte con 7 a 10 años.

La asambleísta recordó en el pleno que para las sanciones correspondientes existirá un debido proceso. “El artículo ayuda tanto a cubrir a los profesionales de la salud, como el saldo histórico sobre la impunidad de las víctimas”, dijo.

Luis Fernando Torres, asambleísta de CREO, afirmó, en referencia al mismo artículo, que la solución sería iniciar un proceso de reforma luego de ser aprobado el Código y publicado en el registro oficial. "La reforma podría hacerse por disposición de la Asamblea, porque una norma penal tiene que ser precisa".

Torres recordó que la mala práctica se tipificó por una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En lugar de referirse a la violación al deber objetivo de cuidado, se debió “hablar sobre la sanción a los médicos cuando actúen con negligencia punible”, dijo.

Hasta el cierre de la edición, los asambleístas continuaban en el debate del COIP.

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