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En casos de femicidio se incumple el 99% del pago para víctimas indirectas

En casos de femicidio se incumple el 99% del pago para víctimas indirectas
22 de marzo de 2020 - 00:00 - Mónica Iturralde

Para Wladimiro Arnulfo Zamora Herrera, la cárcel no es desconocida, pues en agosto de 2015 ya estuvo preso por no pagar pensiones alimenticias a su pequeña hija. Después de 30 días recuperó la libertad con el compromiso de cancelar lo adeudado.

Sin embargo, en marzo de 2016, su expareja Katherine volvió a solicitar una boleta de apremio por el mismo motivo, la cual se la concedió el juez.

Zamora Herrera también fue pareja de María Paulina R. Ll., de 42 años, madre de tres hijos, los dos últimos de 4 y 5 años de edad. La familia residía en Milagro, provincia de Guayas.

Los problemas se presentaron en la pareja. El 24 de mayo de 2019, cuando Wladimiro y María Paulina regresaron de una fiesta familiar, se suscitó una discusión entre ambos. Sin respetar la presencia de los dos pequeños vástagos, el hombre la agredió verbalmente y luego la atacó con puñetes y puntapiés.

Tras la violenta agresión, el individuo se marchó, mientras María Paulina Ramírez Llaque, en su grave estado, salió de la casa  a pedir ayuda. Ella caminó hasta el sector de La Pradera.

Ciudadanos que se percataron del estado de la mujer la trasladaron de inmediato a una casa de salud de Milagro, donde falleció.

De acuerdo con el informe forense, María Paulina murió por hemorragia interna, provocada por los golpes que recibió de su pareja.

Un día después de que se registró el deceso de la mujer, los agentes policiales buscaron al responsable de su muerte y lo hallaron en casa de Víctor Ramírez y Julia Llaque, padres de la víctima. Ellos desconocían que su hija  había fallecido.

Este caso de femicidio pasó al fiscal Walter Romero Jaén, quien en la audiencia de juicio contra Wladimiro Zamora, instalada el 6 de marzo de este año, presentó el protocolo de autopsia.

También el parte policial y de aprehensión, el informe investigativo, entre otros documentos y evidencias, así como la versión de 20 testigos del hecho.

Los jueces del Tribunal de Garantías Penales de Guayas sentenciaron a Zamora Herrera a 26 años de pena privativa de libertad y al pago de una multa de 1.000 salarios básicos unificados ($ 400.000), además de una reparación integral de $ 78.000 para los familiares de la víctima.

El dinero de la reparación integral para los tres hijos de la víctima y sus abuelos se concretará, supuestamente, cuando se ejecutorie la sentencia. A igual que la multa.

Reparación sin pagarse

Sin embargo, el 99% de los pagos de reparaciones integrales a los familiares de la víctimas no se cumple.

Así lo considera el abogado Fabricio Mena, especialista en casos de violencia de género. “Las reparaciones integrales en delitos de femicidio no se dan, por cuanto -en su mayoría- ocurren en sociedades de escasos recursos económicos”.

Los valores por reparaciones oscilan entre los $ 50 mil y $ 70 mil, y los sentenciados  no tienen ese dinero para pagar, ni bienes que garanticen la cancelación de esa disposición judicial en sentencia, explicó el jurista.

Además, el femicidio lleva una pena restrictiva de los derechos de propiedad que se denomina multa, las cuales son altas y se dictan de acuerdo con los años de la pena impuesta al infractor.

Mena insistió en que las reparaciones integrales en estos casos no se pagan.

“Además hay una reparación inmaterial, que es el tratamiento psicológico a las víctimas secundarias o indirectas, o al entorno de la persona fallecida de femicidio, donde se establece que el Estado, a través del Ministerio de Salud, proceda a dar terapias psicológicas”.

En los últimos seis años y los dos meses del 2020, los jueces han dictado 158 sentencias condenatorias en casos de femicidio, según un informe de la Fiscalía General del Estado.

Una de las más fuertes que dictaron los jueces por este delito fue en diciembre de 2019, en contra de Felipe Santiago O., quien cumplirá 34 años y seis meses de prisión por el crimen de Melania María, de 19 años.

Los restos calcinados de la joven se hallaron en un terreno baldío, el 19 de junio de 2019, en la cooperativa Los Rosales, del cantón Durán, provincia de Guayas.

Los jueces Fabián Mármol, Abraham Cheing y Manuel Armas dictaron esa condena por las ocho pruebas testimoniales de los agentes investigadores, médicos peritos, denunciantes (familiares). Además de una conocida de los involucrados, que presentó durante el juicio el fiscal Santo Ardila Zambrano.

Además de la pena, los operadores de justicia dispusieron una multa de 1.333 salarios básicos ($ 525.202) y el pago de una reparación integral de $ 20.000 a favor de los familiares de la víctima.

La multa de más de $ 500 mil va al Consejo de la Judicatura, incluso se cobran mediante juicio coactivo, según dispone la ley, señala Mena. En los valores de multas se aplica el “principio de accesoriabilidad y proporcionalidad”.

A víctimas no se resarce daño

Para la especialista en Psicología Clínica, Dejanella Espinosa Valarezo, dentro del país no se cumple con una reparación integral tal como se menciona en las sentencias de femicidio.

Porque así se trate de resarcir el daño económicamente, por lo general, el femicidio se comete frente a hijos menores. Eso significa que en ellos queda marcada la imagen de que su padre, padrastro o exconviviente de su madre terminó con su vida de forma violenta, lo que a su vez les generará estrés postraumático.

“Enfrentar la muerte de un ser amado y la etapa de duelo es complicado, sumémosle a esto enfrentar un proceso judicial por femicidio. Es bastante desgastante a nivel psicológico”, dice Espinosa.

Considera que en la reparación se deber incluir tratamiento terapéutico por personas especializadas en terapia del trauma por violencia para quienes presenten secuelas psicológicas, producto del delito. (I) 

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