26 años de cárcel para hombre que asesinó a su expareja en Pisulí
El Tribunal de Garantías Penales de Pichincha sentenció al ciudadano Miguel A., de 59 años, por el delito de femicidio contra Amelia L., de 47, su expareja.
La mujer fue apuñalada el 8 de febrero de 2019 en el sector de la Pisulí, norte de Quito, en presencia de su madre. Según la sentencia, el individuo quería obligar a la mujer a regresar con él. Como ella se negó, la asesinó.
Miguel A. fue condenado a 26 años de cárcel, así como al pago de una multa de mil salarios básicos unificados y la entrega de 40 mil dólares como reparación integral a los tres hijos de la pareja (mayores de 18 años). La familia de la víctima también deberá recibir terapias psicológicas, por orden judicial.
La fiscal especializada en Violencia de Género, María Alejandra Sigcha, la mañana del jueves 25 de julio de 2019, en la audiencia de juicio instalada ante las juezas del Tribunal de Garantías Penales, relató cómo ocurrieron los hechos.
“Minutos antes del femicidio de Amelia L., Miguel A.–vestido con chompa y gorra negra–, la emboscó a unos metros de su casa y quiso obligarla a regresar al inmueble y hablar con él”, relató la fiscal.
El objetivo del hombre era restablecer la relación matrimonial de 30 años que Amelia había dado por concluida, debido a la violencia intrafamiliar de la que era víctima y por la que ya existía una investigación previa en curso.
Pero Amelia, que estaba acompañada de su madre, se rehusó a conversar: “yo no tengo nada que hablar con usted”, fue lo último que le dijo, según el relato de la Fiscalía. Entonces empezaron los empujones y forcejeos.
La madre trató de llevarse a su hija del lugar, pero Miguel sacó de su cintura un cuchillo que llevaba envuelto en papel y mientras agredía a Amelia, amenazaba a la madre para que no intervenga.
La empujó hasta ponerla de rodillas en la calle. La primera puñalada le cayó en el rostro y las 20 restantes le fueron lacerando el pecho. Inmediatamente, él se acuchilló y, herido, se tumbó sobre el cuerpo de ella.
Una vecina, desde el tercer piso de su casa, grabó con su celular los últimos momentos del femicidio.
Dos vecinas más fueron testigos presenciales de los hechos. Una de ellas hizo parar una moto para trasladarse a la Unidad de Policía Comunitaria de La Pisulí y alertar a los agentes de servicio urbano. La otra llamó al ECU 9-1-1 para que enviaran una ambulancia.
Un tercer vecino trató de detener la agresión amenazándolo con un palo, pero no lo logró.
Cuando llegó la ayuda médica, Miguel fue trasladado a un hospital público, donde trataron las heridas autoinflingidas. Al día siguiente, la Fiscalía le formuló cargos en esa casa de salud.
Cuando arribaron al sitio la Policía Judicial, Dinased, Criminalística y Fiscalía, se efectuó el levantamiento del cadáver de Amelia; además, se recolectaron muestras genéticas y se recuperaron los indicios, como el cuchillo y el teléfono celular con el que la vecina registró el hecho. También buscaron a testigos presenciales del femicidio y a familiares de la víctima.
El análisis genético realizado a las muestras de fluidos tomadas del cuchillo, resultó positivo en la comparación con las muestras tomadas del cuerpo de Amelia y a las entregadas por Miguel.
Circulo de violencia intrafamiliar
En su juicio, Miguel A. decidió entregar su testimonio, libre y voluntario. Dijo que en 30 años de matrimonio nunca la trató mal.
Indicó que él trabajaba conduciendo camiones y que de un momento a otro “el trato que me daba era pésimo, no me atendía, no me hacía el desayuno, no me daba de comer (…). Llegó el día en que me decidí (…) el trato era pésimo y me botó de la casa”.
Pero la madre de Amelia, en su testimonio, dijo lo contrario: “vivió años con él, la chantajeaba, la trataba mal (…) siempre la obligaba a que volviera. Mi hija decía que lo hacía por sus hijos (…)”.
Miguel A. fue sentenciado con la pena máxima del artículo 141 (femicidio de veintidós a veintiséis años de prisión) y con las circunstancias agravantes del 142, en sus numerales 2 y 3 (que exista o haya existido una relación conyugal y cometer el delito en presencia de un familiar), del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (I)