Reformas penales estarán vigentes antes de Navidad
La Comisión de Justicia remitirá en esta semana a la presidencia de la Asamblea, el informe sobre el veto parcial del Ejecutivo al proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP)
Este recogerá el dictamen de la Corte Constitucional (CC) sobre las cuatro objeciones de inconstitucionalidad que hizo el Presidente de la República.
Y se adjuntará el pronunciamiento de la Comisión sobre las otras 37 objeciones realizadas.
“Será un solo informe”, dijo la presidenta de esta mesa legislativa, Ximena Peña (PAIS), al revelar que entre hoy y el miércoles tendrán listo el documento.
El pasado miércoles los integrantes de la Comisión conocieron el pronunciamiento de la CC y por ser mandatorio tienen que acogerlo en su integridad.
Resta aprobar la unificación y enviarlo al titular de la legislatura para que sea incluido en la agenda de una de las sesiones del Pleno de la próxima semana.
Peña confía que hasta antes de Navidad la Asamblea lo resuelva y las reformas al COIP entren en vigencia.
El asambleísta Henry Cucalón (PSC-MG) integrante de la Comisión de Justicia, explicó que una vez que el informe vaya al Pleno, aquí en un solo debate será aprobado.
Pero el debate será solo sobre las 37 objeciones parciales, ya que respecto de las cuatro de inconstitucionalidad, no se las puede revisar.
El veto presidencial
El pasado 18 de octubre en un documento de 96 páginas el presidente Lenín Moreno, expuso su decisión de hacer 37 objeciones parciales y cuatro de inconstitucionalidad.
Sobre estas últimas, la comisión de Justicia emitió su criterio que fue enviado a la CC el pasado 28 de octubre y recibió la respuesta el 26 de noviembre.
Estas se refieren a la segunda disposición transitoria relacionada con la despenalización del aborto, cuando el artículo 150 del COIP no se cambió en el texto legislativo.
Al comiso sin sentencia; a los parámetros para la terminación del conflicto armado; y al juzgamiento en ausencia en delitos sexuales en los que se han vulnerado los derechos de niños y adolescentes.
Sobre la objeción a la aplicación de la reforma al artículo 150 del COIP, la Corte constató que lo señalado por el Presidente de la República constituye un error de técnica legislativa.
Respecto a la figura del comiso sin condena, la CC dictaminó que es procedente la inconstitucionalidad.
En cuanto al veto relativo al conflicto armado resolvió que no procede la objeción por inconstitucionalidad.
Finalmente decidió que la objeción relacionada con la habilitación del juzgamiento en ausencia para los delitos, es procedente.
Esto porque los únicos delitos que actualmente pueden ser juzgados en ausencia son los que se enumeran en el artículo 233 de la Constitución.
Allanamiento parcial
Sobre las otras 37 objeciones, la Comisión resolvió no acoger el veto y ratificarse en el texto aprobado en los temas relacionados al Sistema Nacional de Rehabilitación, su organización y finalidad.
Igual posición en el uso progresivo de la fuerza; en las acciones sobre la legítima defensa y en el artículo relativo al ataque y resistencia.
Asimismo, sobre la valoración de indicios; la justicia restaurativa; la definición del dolo, entre otros.
En tanto que en los artículos relacionados con las peleas de animales, entre ellos los gallos; el cumplimiento de la pena a través de un plan individualizado y otros, acordó allanarse al veto.
“De las 37 objeciones la Comisión ha resuelto allanarse en algunas porque son forma y de conceptos, en otros nos vamos a ratificar, en especial en los temas de seguridad”, dijo el asambleísta Esteban Torres (PSC).
El comisionado, Elio Peña (PK) consideró que la resolución adoptada ha sido la más adecuada, ya que no solamente es un criterio de los legisladores, sino de actores sociales, expertos y académicos consultados.
Luego de que el Pleno se pronuncie, el texto será enviado al Registro Oficial. (I)