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El Telégrafo
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El femicidio deja 877 niños en la orfandad desde 2014

El femicidio deja 877 niños en la orfandad desde 2014
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Son las 13:00 y la pequeña “Romina” (nombre protegido) regresa de su escuela hacia la casa de su abuela. El trayecto tuvo que aprenderlo hace más de un año, luego de que su madre, Paola Moromenacho, fuera asesinada por su padre.

La niña, de 10 años, es parte de los 877 menores que en los últimos 4 años quedó en la orfandad a causa del femicidio en Ecuador.

El 13 de agosto de 2018, la entonces ministra de Justicia, Rosana Alvarado, aseguró ante la prensa que el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) emprendería la entrega de bonos y becas escolares para los hijos de las víctimas del femicidio. Aunque la apuesta fue aplaudida por organizaciones sociales, existe una traba: la administración de justicia.

El artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) estipula: “La persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de 22 a 26 años”.

César Duque, asesor jurídico de la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Cedhu), resaltó que la falta de preparación en temas de género de jueces y fiscales es tal que, en ciertos procesos, la figura del femicidio es cambiada por homicidio, suicidio y hasta sicariato.

Claro, esto no afecta a la pena impuesta. Por ejemplo, el caso de las jóvenes argentinas que fueron asesinadas en Montañita: a sus agresores la justicia les dictó 40 años de cárcel por asesinato.

Pero sí afecta en dos aristas. La primera es que las cifras sobre femicidio disminuyen cuando una sentencia no estipula este delito sino otro distinto. Así, no se logran números reales para emprender políticas públicas de prevención y reparación del daño.

En segundo lugar, si el Estado establece beneficios, como becas o bonos, es necesario que la sentencia detalle que los niños han quedado en la orfandad por el femicidio.

Problemas psicológicos

Los niños son los principales afectados. “Romina” quedó al cuidado de su tía y su abuela, quienes comentaron que al inicio del proceso recibió ayuda psicológica por parte del Estado, pero que hoy son ellos los que costean el gasto.

En vista de ese abandono, son las organizaciones sociales las que suplen la responsabilidad para que las víctimas superen el trauma. Una de ellas es el Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer (Cepam).

Una vez que ocurre un femicidio, el trauma psicológico queda plasmado en dolor, sufrimiento, depresión, enojo e incluso ánimo de suicidio, afirmó Anabelle Arévalo, psicóloga de Cepam.

“Después de la dinámica de violencia, cuando los niños crecen, aprenden a ser violentos o a recibir violencia como parte de la dinámica de sus vidas”.

La falta de ayuda psicológica puede desencadenar otros problemas. Un niño que ha visto de cerca actos de violencia es un potencial agresor, e incluso un futuro femicida.

Es por ello que la principal arma para erradicar el femicidio en la sociedad es la ayuda psicológica a los menores que vivieron actos violentos: se debe trabajar con mayor énfasis en la prevención.

Otro efecto que se suma en el femicidio es que la mayoría de mujeres que fueron asesinadas a manos de sus parejas tenían varios hijos.

Con la madre en el cementerio y el padre en la cárcel o muerto, los hijos quedan repartidos entre familiares; los hogares destruidos, los hermanos alejados y se rompe el núcleo central.

Para Lita Martínez, directora de Cepam, “el Estado es el que permite escalar la violencia” y es el responsable de solucionar y dar respuestas a niños víctimas de femicidio.

Negligencia estatal y judicial

Los familiares de Paola mostraron inquietud por la falta de preparación en temas de género para casos de femicidio. Juan Carlos, hermano de la víctima, aseguró que presentaron 5 agravantes que fueron hechos públicos para solicitar la máxima pena, que asciende a 34 años y 8 meses.

De los agravantes, solo uno fue aceptado: la relación conyugal. Mientras que el abandono del cuerpo en un espacio público, alevosía, saña y el perjuicio a un menor de edad fueron descartados.

En este caso denunció que hubo negligencia en la Dirección Nacional de Delitos Contral la Vida (Dinased), con el fiscal y que no hubo peritajes en la triangulación de llamadas telefónicas. “Lo poco que se recabó de información fue por nuestra cuenta”.

El caso Moromenacho demuestra también una falta de asesoría legal. La hermana de Paola afirmó que fueron organizaciones sociales y una abogada quienes guiaron el proceso para solicitar la patria potestad.

“Ni la Fiscalía ni el Tribunal de Garantías Penales dio medidas de protección para mi sobrina. Incluso conversé con una asambleísta y dijo que supuestamente hay medidas económicas, pero es muy difícil que las den”.

Francisco, hermano de Paola, contó que la familia ha sido la que afrontó los gastos del proceso penal. Ejemplificó que el contrato con un abogado asciende a $ 10.000 y que una pericia para la investigación de contexto de género cuesta $ 500.

Además, por la falta de presupuesto en la Fiscalía, debieron usar recursos propios para viajar a Cayambe llevando escritos, pruebas y a los agentes de Criminalística. “Ni siquiera tenían un carro para ir a dejar las boletas para que se presenten a dar sus versiones los testigos”.

Los medios públicos solicitaron una entrevista con voceros del MIES, desde el 22 de enero, para conocer sobre la ayuda estatal en casos de femicidio, pero nos fue negada.

En una publicación del 23 de enero pasado, EL TELÉGRAFO destaca que el presupuesto para la erradicación de la violencia hacia la mujer para 2019 se fijó en $ 657.646. Las entidades relacionadas con el tema demandan mayor inversión.

La Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres fue publicada el 5 de febrero de 2018. Un año después, las organizaciones sociales comprobaron que existen políticas públicas, pero que han quedado en teoría porque no se ponen en práctica.

“Los presupuestos (económicos) más sensibles en este y todos los gobiernos han sido el que atiende a mujeres y para erradicar la violencia”, aseguró Martínez.

Reveladores estudios

Según el estudio denominado “La respuesta judicial del femicidio en Ecuador”, en 2016 de las 45 sentencias originadas por femicidio, solo 25 casos (55,5%) se sancionaron por ese delito; en 10 se lo cambió por otro tipo penal; en 9 no se reconoció la relación de poder; y en un caso se corrigió el delito sancionando al agresor como femicida.

Las provincias que presentan mayores omisiones a la hora de aplicar el tipo penal son: Manabí, Los Ríos, Esmeraldas y Santa Elena.

En un estudio similar, pero de 2015, la Cedhu identificó que hay casos en que se absuelve al procesado. Esto evidencia la falta de una adecuada indagación fiscal, que permita alegar pruebas que muestren su responsabilidad.

“No es obligación de la Fiscalía demostrar solo la existencia del delito, es fundamental que demuestre la responsabilidad de los procesados”, resaltó el documento.

A estas dificultades se suma la reparación integral ordenada en las sentencias.

La indemnización económica es la más invocada bajo discreción de quien juzga. Sin embargo, en muchos casos, la fijación de los montos que van desde $ 2.000 hasta $ 200.000 no se acompañan de justificación alguna.

Solo en un caso, en que se fijó $ 268.565, se hace una explicación técnica. Esto demuestra la falta de comprensión del propósito de la indemnización y del alcance de la reparación integral, así como la ausencia del esfuerzo en tribunales por fijarla con criterios de proporcionalidad, necesidad y razonabilidad, y no arbitrariamente.

En las medidas de rehabilitación dictada para familiares, en 2015 solo en 21% de casos se ordenó tratamiento psicológico. En otros se omitieron las recomendaciones de los peritos sobre la necesidad de que los hijos sean intervenidos psicológicamente.

En la mayoría de casos no se ordena ninguna atención. Esto, a pesar de que los niños y otros familiares presenciaron hechos de muerte, quedan en la orfandad o fueron lesionados físicamente.

Cifras entre Fiscalía y Cedhu

Desde el 10 de febrero de 2014, fecha en que se publicó en el Registro Oficial el COIP, la muerte de mujeres a manos de su pareja ha sido más frecuente entre las edades de 21 a 30 años, con 220 casos.

Los femicidas en su mayoría fueron condenados: en total 262; de ellos, 91 hombres, el número más alto, mantiene pena privativa de 34 años.

En otros casos fue imposible dictar una pena. Por ejemplo, 2 hombres fueron asesinados, 70 se suicidaron, 6 fallecieron y 3 presentaron enfermedades mentales.

Según Cedhu, la cifra de mujeres víctimas de femicidio desde 2014 asciende a 608. Pero esa información no concuerda con la de la Fiscalía, que en datos otorgados a Medios Públicos dijo que hay 316 femicidios de agosto de 2014 al 20 de enero de 2019, de ellos, solo 127 casos tuvieron sentencia condenatoria.

Aquello porque la Cedhu recoge todos los casos de violencia de género y no solo las sentencias por femicidio. (I)

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