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CNJ ratificó sentencia de 10 años contra Galo Lara

Galo Lara fue legislador por el Partido Sociedad Patriótica.
Galo Lara fue legislador por el Partido Sociedad Patriótica.
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06 de febrero de 2018 - 08:55 - Redacción Web

Por unanimidad, los conjueces de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia declararon improcedente el recurso de revisión planteado por el exasambleísta Galo Lara, quien cumple una sentencia de 10 años de reclusión mayor especial como cómplice del triple asesinato ocurrido en agosto de 2011 en Quinsaloma, provincia de Los Ríos.

En la audiencia actuó Paulina Garcés, litigante de la Fiscalía, quien explicó que el objetivo del recurso de revisión es presentar nueva prueba que demuestre que una persona fue indebidamente condenada.

La Fiscalía informó que Garcés rebatió uno a uno los argumentos de la defensa de Galo Lara y explicó que la prueba presentada no cumplió con los requisitos que determina la Ley, esto es que sea oportuna y eficaz. Por ello solicitó al Tribunal no dar paso al recurso, pues según ella, de ninguna manera se justificó la inocencia del sentenciado.

Con esto coincidieron los conjueces Magali Soledispa, Carlos Delgado y Roberto Guzmán, pues en su resolución indicaron que la defensa del sentenciado no presentó prueba nueva y trascendental que acredite su inocencia.

Antecedentes del caso

Carlos Llanos, su esposa Silvia Parco y su hijo de 4 años de edad fueron asesinados en el interior de su vivienda en Quinsaloma. Tras el crimen, los cuerpos fueron arrojados a un río y su casa fue incendiada.

El Tribunal de Garantías Penales de la Corte Nacional de Justicia sentenció a Carolina Llanos (prima de Carlos Llanos) a 20 años como autora intelectual y a otras tres personas como autores materiales del triple crimen, el 21 de diciembre de 2012.

La Fiscalía demostró que de las cuentas de Galo Lara se erogaron los valores que permitieron cometer estos hechos. Entre las pruebas presentadas constan los depósitos hechos por el sentenciado en las cuentas de Llanos.

El Tribunal declaró la inocencia de Galo Lara; sin embargo, la defensa particular de la familia de las víctimas presentó el recurso de apelación, el que fue aceptado por una Sala superior que revocó la sentencia e impuso a Lara una pena de 10 años de reclusión.

Posteriormente, Galo Lara interpuso recurso de casación, sin embargo el Tribunal de la Sala Especializada de la Corte Nacional de Justicia declaró abandonado el mismo ante la inasistencia de sus abogados a la audiencia, permitiendo que se ejecutoríe la pena impuesta. (I)

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