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El Telégrafo

Telesangay operaba bajo parámetros no autorizados

Telesangay operaba bajo parámetros no autorizados
25 de mayo de 2012 - 00:00

Las reiteradas infracciones de carácter técnico y el incumplimiento de la Constitución y la Ley de Radio y Televisión de 1995 y su reglamento de 1996, llevaron a la clausura de Telesangay, en Morona Santiago.   

Según lo evidencian las resoluciones de la Superintendencia de Telecomunicaciones (Supertel), a las que tuvo acceso este Diario, en el Oficio ITC-2010-2822 se señala que tras las inspecciones y análisis se determinó que tanto en la matriz en Macas y Sucúa como en la repetidora de Méndez, Logroño, Nueva Huamboya, Leonidas Plaza y Gualaquiza,  el canal operaba con parámetros técnicos diferentes a los autorizados.

Las infracciones en las que incurrió el canal son: potencia de salida del transmisor mayor al autorizado; equipos de enlace sin operar; uso de barras de calibración; equipos configurados para Satmex 5 no autorizados; estación terrena  instalada pero fuera de operación; y potencia efectiva y sistema radiante diferente al autorizado (ver facsímil). 

Esos parámetros, que según la Suptel se apartan de lo establecido en el contrato, llevaron a que la Intendencia Regional Sur de la Superintendencia de Telecomunicaciones diera a Telesangay plazos legales en cada una de sus estaciones para enmendar  errores, pero no lo hizo y por ello resolvió clausurarla y revertir la frecuencia al Estado, como señala el artículo 23 de la Ley de Radiodifusión y Televisión, y la Constitución.                         

Por los incumplimientos, además, se rechazó el recurso extraordinario de revisión interpuesto por Juan Cevallos, procurador síndico del gobierno Provincial de Morona, concesionario del canal, y se ratificó el acto administrativo (Resolución RTV-589-15-Conatel-2011). Meses antes también se rechazó el recurso de apelación que presentó el canal.

El Gobierno Nacional dio la concesión del canal al Consejo Provincial de Morona el 13 de mayo de 2009, pero hasta la actualidad incumplió con el plazo de instalación y operación de la estación, que conforme a los parámetros técnicos del contrato es de un año tras la fecha de concesión. La ley estipula que si no se cumple con lo dispuesto se revertirá la frecuencia al Estado.

Ayer se conoció que Telesangay ya apeló ante el Contencioso Administrativo la resolución de la Suptel. Jaime Guerrero, ministro de Telecomunicaciones, resaltó ante la prensa que “la propia administración de Telesangay es la responsable de la pérdida de frecuencia, por incumplir la ley”. Recordó que el 1 de julio del 2010 se le dio 90 días para que corrigiera los parámetros de operación y que en septiembre se realizó la verificación y se confirmó que  seguía operando bajo parámetros no autorizados.

Por ello, el 8 de agosto de 2011 el Conatel dispuso iniciar el proceso de terminación de contrato. Sin embargo, ahora  el prefecto de Morona, Marcelino Chumpí, dice  que se trata de un atropello a la libertad de expresión y que la decisión tendría un trasfondo político porque él pertenece al partido opositor Pachakutik.

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