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El Telégrafo

Supercom sancionó a diario Últimas Noticias

Supercom sancionó a diario Últimas Noticias
02 de febrero de 2015 - 12:23

La Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) sancionó al diario quiteño Últimas Noticias por no atender el pedido de rectificación solicitado por el periodista Luis Castro respecto a una información difundida en una columna de opinión.

La Supercom determinó que ese medio inobservó lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 23 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), y el artículo 9 de su Reglamento General.

La resolución dispone que en el término de 72 horas a partir de la notificación, el medio de comunicación accionado, difunda la rectificación solicitada por el accionante, con las mismas características, en la misma página, sección y espacio en las que publicó el contenido informativo difundido el 17 de noviembre de 2014.

Adicionalmente, el Director o Directora del medio deberá presentar por escrito una disculpa pública al afectado, con copia al Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (Cordicom), a fin de que sea publicada en su página web y en el portal del medio de comunicación por un plazo no menor a siete días consecutivos.

Antecedentes

El 17 de noviembre de 2014, diario Últimas Noticias, en su columna de opinión “Toco y me voy”, publicó una nota titulada “¿Por qué no habló de todo en su momento?”, en la que el editor de la misma, señala que Luis Castro habló sobre el problema suscitado en la Federación Ecuatoriana de Futbol (FEF), que estallo en el 2006, y que en ese momento, ocupaba el cargo de relacionador público de dicha entidad.

-El 21 de noviembre, el accionante presentó la solicitud de rectificación a dicho medio, amparado en el artículo 23 de la Ley de Comunicación, por no estar de acuerdo con la información difundida en la nota de opinión.

-El 22 de noviembre, el diario publicó el pedido con el título “Réplica: A pedido de Luis Castro Espinosa”. Según el accionante, el rotativo solo insertó la carta en la que el pidió la rectificación, con algunos cambios a conveniencia del medio de comunicación.

-Tras notificar a las partes, se convocó a la Audiencia de Sustanciación, fijada para el 23 de enero de 2015, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento para el Procesamiento de Infracciones Administrativas a la LOC.

-En la fecha establecida, se confirmó la asistencia del señor Luis Castro con su abogado Juan Francisco Herrera, como accionante, y el doctor Henry Tobar en representación del medio de comunicación accionado.

-Durante la diligencia, Castro explicó que el artículo de opinión mencionado se relaciona con el problema de coyeterismo que involucró a personal administrativo de la FEF y recordó que en el 2006, cuando se hizo público el escándalo, ocupaba el cargo de Relacionador Público de esta entidad.

-Aclaró además, que solicitó la rectificación al medio, porque en el artículo se menciona que él fue señalado por otros periodistas, como una de las personas poco transparentes que rodean al presidente de la Federación Ecuatoriana de Futbol. “Yo pedí que me digan los nombres de los periodistas, jamás me respondieron, ni me dieron una explicación, sino que publicaron mi carta editada”, manifestó en relación a la carta enviada al medio, en la que puntualizó que si no tienen pruebas, se rectifique la información.

-Por su parte, el abogado de Castro indicó que Santiago Herrera, autor del artículo, lanzó una acusación que dice” ¿Por qué no habló en su momento?, por lo que, al ser un comentario de él, se le invitó a explicar las afirmaciones vertidas. “Lo que era pertinente señor Director, era que el señor Santiago Guerrero en una siguiente columna o exhiba los nombres de los periodistas que lo habían inculpado a mi defendido, o que se proceda a una rectificación, que es válida, que estaba dentro de la ley”, señaló.    

-Argumentó también que el diario tomo asunto del caso y emitió una réplica, lo cual no fue solicitado, ya que su defendido lo que pidió fue una aclaración contrastada, verificada y contextualizada; y de no tenerla, se realice la respectiva rectificación.

-Por su parte, el abogado del medio accionado afirmó, que según el artículo 17 de la LOC, todas las personas tienen derecho a expresarse y opinar libremente de cualquier forma y por cualquier medio. Además, manifestó que se trata de un artículo de opinión, distinto a uno de información, en referencia a que cuando se incumple el artículo 22 de dicha Ley, cabe la interpretación para el cumplimiento del artículo 23 de este cuerpo legal, en el que se establece la rectificación de la información.

-Tobar indicó que al analizar la carta enviada al medio, el denunciante afirma “que todo es por salvaguardar su honor y buen nombre”, y por ello en este caso, diario Últimas Noticias aplicó el artículo 24 concerniente al derecho a la réplica que tiene toda persona cuando ésta se sienta aludida por un medio de comunicación y afecte sus derechos a la honra, reputación y dignidad.

Luego del análisis de los elementos jurídicos y las pruebas presentadas por las partes, la Supercom determinó que conforme lo establece el artículo 23 de la Ley Orgánica de Comunicación, el rotativo debe atender el pedido de rectificación por haber difundido información sin la debida verificación, contrastación y precisión en la publicación motivo de la denuncia.

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