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Ecuador, 23 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo

Solo 3 de 869 medios en el país rinden cuentas

La rendición de cuentas no es una prioridad para los medios de comunicación ecuatorianos. En este año, solo tres, de 869, entre privados, públicos y comunitarios, transparentaron su gestión pública ante el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs).

El canal público EcuadorTV y las radios Romántica FM, de Yantzaza, y Láser Estéreo, de Yacuambi (Zamora Chinchipe) fueron los tres únicos medios de comunicación que entregaron sus informes al Cpccs.

Según Fernando Cedeño, vicepresidente del Consejo, esto representa apenas el 0,34% de cumplimiento de una obligación  dispuesta en la Ley del Cpccs.

El artículo 11 de esa normativa dispone que deben rendir cuentas las autoridades del Estado electas o de libre remoción, representantes legales de empresas públicas o personas jurídicas del sector privado que manejen fondos públicos o desarrollen actividades de interés público, sin perjuicio de la responsabilidad que tienen los servidores públicos sobre sus actos u omisiones. En este sentido, según Cedeño, los medios de comunicación deben hacerlo por su  fin “social”.

Sin embargo, a diferencia de las autoridades de Estado y electas por votación, que, entre otros requisitos deben presentar sus informes de cumplimiento de planes ante el CNE, las personas jurídicas del sector privado que presten servicios públicos, manejen recursos públicos o desarrollen actividades de interés público solo presentan balances anuales y niveles de cumplimiento de obligaciones laborales, tributarias y de objetivos.

Cedeño entregó ayer al contralor Carlos Pólit el listado de organizaciones que incumplen con esta obligación, para que la entidad inicie con las investigaciones sobre la gestión, sin perjuicio de las sanciones que manda la Ley  de Transparencia y Acceso a la Información Pública por esta falta.  

El artículo 21 de esta última norma  determina que la denegación de la información o la falta de contestación a la solicitud, en el plazo señalado, da lugar a los recursos administrativos, judiciales y constitucionales e imposición de sanciones a  los funcionarios.       

Paras las personas jurídicas de derecho privado, las sanciones, según dispone el artículo 23, se aplican a los representantes legales de las personas jurídicas de derecho privado o las naturales poseedoras de información pública que impidan o se nieguen a cumplir con las resoluciones judiciales.

Estas entidades podrían ser sancionadas con una multa de 100 a 500 dólares por cada día de incumplimiento a la resolución, que será liquidada por el juez competente y consignada en su despacho por el sancionado, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales a que hubiere lugar. Las sanciones se  aplican  una vez concluido el respectivo recurso de acceso a la información pública.  

Falta de rendición

Los medios de comunicación no son los únicos que incumplen con la normativa. Según el Cpccs, solo 16 de 23 gobiernos provinciales; 142 de 221 municipales, y 519 de 797 parroquiales cumplieron con la obligación.

Así como un 12,2% de universidades (7 de 56). En total, el Cpccs estima que 1.480 autoridades e instituciones, entre ellas niveles desconcentrados de las funciones Judicial, Electoral y Legislativa, gobiernos provinciales, municipales, parroquiales, empresas públicas, universidades e instituciones que manejan fondos públicos no han entregado sus reportes.

En el caso de la Asamblea, hasta el 10 de abril todos los legisladores presentaron sus informes. La Función Ejecutiva, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social cumplieron al 100%. Entre las sanciones  están una multa equivalente a la remuneración de un mes de sueldo o salario, así como la suspensión y hasta la destitución del cargo.

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