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Ecuador, 23 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo

Se demuestra que pedido de Chevron ante Corte Constitucional es improcedente

Afectados por Chevron presentaron la mañana de hoy su respuesta a los argumentos presentados por Chevron ante Corte Constitucional, mediante los cuales demuestran que su pedido carece de sustento para acceder al recurso de protección ante la Corte Constitucional.

Humberto Piaguaje, Coordinador de los afectados y Donald Moncayo, dirigente de la Unión de Afectados/as por Texaco (UDAPT) acudieron a la Corte Constitucional junto con sus abogados Pablo Fajardo y Julio Prieto. Con el apoyo de los letrados presentaron un escrito que da respuesta a la Acción Extraordinaria de Protección planteada por Chevron en contra de la sentencia emitida por la Corte Nacional de Justicia, la cual ratificaba la sentencia por daños ambientales que la condenó a pagar 9500 millones de dólares.

La Acción Extraordinaria de Protección sostiene que la sentencia de la Corte Nacional vulnera varias docenas de derechos constitucionales de Chevron y le pide a la Corte Constitucional que nulifique el juicio en su contra. Con esa intención la defensa de Chevron ha intentado sostener el recurso planteado el 23 de diciembre de 2013 y que fue admitido a trámite por la Corte Constitucional el 20 de marzo de 2014, pero con pocas probabilidades de éxito.

Para Julio Prieto, abogado de los afectados, este recurso está siendo mal utilizado por los abogados de la petrolera, puesto que la acción extraordinaria de protección es un recurso que procede de manera excepcional cuando se comprueba la vulneración de derechos constitucionales en un proceso judicial. Según Prieto, Chevron pretende utilizarlo como un mecanismo de apelación contra una sentencia legítima que ha sido emitida por el máximo organismo de justicia del país. Explica que “esto sería equivalente a pedirle a la Corte Constitucional que actúe como una instancia más dentro del juicio, cosa que es contraria a la naturaleza de la acción extraordinaria y a la finalidad de la Corte”.

Según el abogado “las alegaciones que constan en el pedido de Chevron no contienen verdaderas violaciones a derechos constitucionales, sino que en su mayoría se tratan de inconformidades con la apreciación de la prueba o alegaciones acerca de la indebida o incorrecta aplicación de la ley”.

El abogado Fajardo declaró que “Este escrito de respuesta a los alegatos de Chevron comprueba que no existen las supuestas violaciones que sostienen: empezando porque se respetó el derecho a ser juzgado por juez competente (porque Ecuador es la jurisdicción escogida por la petrolera); demostrando que la Corte Nacional garantizó el derecho a la tutela judicial efectiva, debido proceso y defensa en todas las instancias del juicio; así como destruyendo las infundadas acusaciones de “fraude”, que hemos revelado que son totalmente disparatadas.”

“Con esta respuesta se demuestra que no se vulneró el derecho a la seguridad jurídica, y que la Corte Nacional garantizó a Chevron el derecho de recibir una sentencia motivada. Esto desvirtúa las acusaciones de Chevron y revela su pretensión de usar inadecuadamente este recurso constitucional, por el simple hecho de que la sentencia no es favorable a sus intereses”, señaló el abogado.

La lucha de las comunidades lleva más de 21 años, en un juicio sin precedentes, tanto por la gravedad de los impactos generados por las malas prácticas de la petrolera, como por el tiempo demorado para su resolución, así como los despliegues de acciones de Chevron, tanto en los ámbitos políticos, económicos y judiciales, para influenciar en el proceso jurídico, evitar la sentencia y posteriormente evitar el pago de la misma. El caso es propiciado por la UDAPT, Unión de Afectados/as por las Operaciones de la Petrolera Texaco), conformada por 30 mil personas, entre colonas e indígenas de cinco nacionalidades (Siona, Siekopai, A´I Cofán, Kichwa y Waorani), impactadas por la contaminación dejada por la compañía.

Humberto Piaguaje, líder de los afectados dijo: “Los afectados esperamos que la Corte Constitucional, no se deje impresionar por toda la maquinaria que Chevron emplea para evitar la justicia; por el contrario confiamos en que los jueces y juezas de la Corte Constitucional sepan resolver este caso en el menor tiempo posible resuelva esta acción”

Texaco en Ecuador

Texaco operó en Ecuador entre 1964 y 1992, en una concesión de más de 450 mil hectáreas, en las que construyó más 880 piscinas sin ningún tipo de recubrimiento, en el que vertían agua tóxica y petróleo que permeaba por la porosidad de los suelos y se regaban al desbordarse; arrojó más de 16 mil millones de agua tóxica en esteros, ríos y fuentes de agua, vertió petróleo directamente a los suelos y utilizó mecheros antitécnicos para la quema de gas, lo que provocó una basta y extensiva contaminación que ha producido la existencia de índices de cáncer 3 veces mayores que otras zonas de explotación petrolera, graves problemas de salud, los mayores índices de abortos espontáneos y mal formaciones, la destrucción del hábitat de la Amazonía, la pérdida de medios de subsistencia para sus habitantes por la baja productividad de los suelos y la contaminación de las aguas; la extinción de especies animales y vegetales, la muerte de animales, la disminución dela casa y la pesca, el empobrecimiento paulatino de la población, la violación de los derechos colectivos de las poblaciones ancestrales, entre otros.

Por estas razones, los afectados iniciaron la demanda en Nueva York en 1993 y por pedido de la petrolera, que sostuvo que Ecuador era la jurisdicción adecuada para tratar la demanda se trasladó a este país. En el año 2003 se establece el juicio en Sucumbíos (Lago Agrio, ahora Nueva Loja) y en el 2011 el Presidente de la Corte de Justicia emite sentencia de primera instancia, la misma que es ratificada por la Corte Provincial de Sucumbíos (2012). Chevron solicita el Recurso Extraordinario de Casación ante la Corte Nacional de Justicia, que en el 2013 resuelve también en favor de los demandantes ecuatorianos

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