Observaciones de la ONU a Ecuador en temas de DD.HH.
Las recomendaciones formuladas durante el diálogo interactivo, que se enumeran a continuación, han sido examinadas y cuentan con el apoyo del Ecuador:
1. Ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a las quejas individuales (Chile); considerar la posibilidad de una pronta ratificación del nuevo instrumento internacional HR -el tercer OP de CRC de los procedimientos de comunicación (Eslovaquia).
2. Ratificar las enmiendas de Kampala al Estatuto de Roma (Liechtenstein).
3. Considerar la ratificación de la Convención ILO 189 sobre el trabajo decente para los trabajadores domésticos (Filipinas);
Las siguientes recomendaciones cuentan con el apoyo de Ecuador, que considera que ya se encuentran implementadas o en proceso de implementación:
4. Adherirse a la Convención para reducir los casos de personas apátridas (Irak);
5. Mantener sus esfuerzos positivos en el proceso actual de revisión de sus leyes nacionales con la perspectiva de ponerlas en línea con sus obligaciones internacionales de derechos humanos (Egipto);
6. Tomar sin demora las medidas necesarias para incorporar en el derecho interno las disposiciones de la Convención contra la Tortura y la Convención para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, con el fin de garantizar su implementación efectiva (Francia);
7. Alinear plenamente su legislación nacional con todas las obligaciones previstas en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, incluyendo la incorporación de la definición de los delitos y los principios generales del Estatuto de Roma, así como la adopción de disposiciones que permitan la cooperación con la Corte (Letonia); cooperar plenamente con la Corte Penal Internacional y ajustar plenamente su legislación nacional con las obligaciones establecidas en el Estatuto de Roma y las definiciones de crímenes y los principios (Liechtenstein); alinear plenamente la legislación nacional de Ecuador con todas las obligaciones derivadas del Estatuto de Roma de la ICC (Eslovaquia);
8. Continuar aumentando el presupuesto público en salud, educación y bienestar social (Brasil);
9. Continuar con todos sus esfuerzos para asegurar aún más el éxito en la implementación de los programas establecidos recientemente, incluyendo el plan nacional contra el tráfico de personas, para beneficio de todas las personas en el país independientemente de su origen étnico, o cualquier otro pasado/estatus social (Camboya);
10. Direccionar las recomendaciones hechas en 2009 por el entonces Experto Independiente en Extrema Pobreza y Derechos Humanos, con respecto a los grandes esfuerzos a llevarse a cabo para incorporar y coordinar los programas sociales con un enfoque cultural y con perspectiva de género (Chile);
11. Continúe con su plan de desarrollo social y económico para proteger los derechos de las mujeres y los niños (China); continuar la plena aplicación del Plan Nacional para el Buen Vivir 2009-2013 (Indonesia); continuar con sus políticas económicas y sociales (Irán); Continuar con los esfuerzos para garantizar una vida digna para sus ciudadanos (Líbano); continuar implementando políticas nacionales para asegurar la transformación socio-política y económica con una perspectiva de derechos humanos (Siria);
12. Continuar con la inversión social enfocada en los sectores más vulnerables de la población, particularmente los ancianos, mujeres, niños y otros grupos en situación de vulnerabilidad (República Dominicana);
13. No consta
14. Continuar las políticas que de progreso en términos de protección especial de los niños, incorporadas en el Código de la Niñez y la Adolescencia (Irán);
15. No consta
16. Continuar implementando programas y políticas en el ámbito de la capacitación con miras a fortalecer y desarrollar las capacidades individuales (Qatar);
17. No consta
18. No consta
19. No consta
20. Continuar los esfuerzos para fortalecer las medidas necesarias para la protección de los derechos de las personas mayores (Argentina);
21. Aceptar la solicitud del Relator Especial para la Libertad de Expresión, de visitar el país, que había sido requerida en 2004 (Bélgica); aceptar la solicitud formulada por el Relator Especial de libertad de opinión y de expresión, que ha estado esperando una respuesta desde el año 2004 (Letonia);
22. Continuar promoviendo la participación activa y efectiva de la mujer en todos los niveles de decisión (Marruecos); seguir luchando contra todas las formas de discriminación de la mujer (Yibuti); fortalecer la protección legal de las mujeres y garantizar la igualdad de género y la no discriminación (Irak); continuar con los esfuerzos para hacer frente a la discriminación de género, particularmente en las áreas de educación y empleo (Myanmar); aumentar la conciencia pública sobre la prohibición de la discriminación de género, en particular en los ámbitos de la educación y el empleo (Eslovenia);
23. No consta
24. Continuar la implementación de programas destinados a aliviar la pobreza de las familias afroecuatorianas y facilitar su plena participación en la vida pública (Yibuti);
25. Intensificar los esfuerzos en favor de la igualdad de género y la igualdad racial (Líbano);
26. Redoblar sus esfuerzos para combatir con firmeza las prácticas discriminatorias (Luxemburgo);
27. Continuar la mejora de igualdad de acceso a las oportunidades y servicios para las comunidades vulnerables (Myanmar);
28. Fortalecer sus políticas centradas en los grupos vulnerables como los niños, mujeres, personas mayores y su lucha contra toda forma de discriminación y violación de sus derechos humanos (Vietnam);
30. Reducir la mortalidad materna e infantil en zonas rurales y urbanas, a través de planes específicos en materia de asistencia sanitaria a las mujeres embarazadas y durante el período post-natal (Santa Sede);
31. Aumentar las medidas para prevenir el "préstamo o alquiler de los niños" con fines de explotación sexual, la realización de actividades de mano de obra forzada y mendicidad, según lo recomendado por el Comité de los Derechos del Niño (Uruguay), introducir una legislación para prohibir el castigo corporal en todas las áreas, incluyendo en la familia, la escuela y todos los lugares de privación de libertad, teniendo en cuenta la Observación general N º 8 del Comité (Uruguay);
32. Tome las medidas necesarias para prohibir el castigo corporal de los niños en todos los ámbitos (Eslovenia); aplicar sus políticas de lucha contra el trabajo infantil y los malos tratos de los niños en todas sus formas (Yibuti); Adoptar las medidas legislativas para prohibir la violencia contra los niños, incluidos los castigos corporales ( Francia), introducir y hacer cumplir la legislación que prohíbe el castigo corporal de los niños en todos los ámbitos, incluso en la familia, las escuelas y todos los lugares de privación de libertad (Liechtenstein);
33. Continuar los esfuerzos para erradicar el trabajo infantil para lograr un desarrollo armónico de los niños en un espíritu de socio-cultural y un ambiente de protección y bienestar. (República Dominicana); Continuar sus esfuerzos para erradicar el trabajo infantil y mejorar aún más la protección de los derechos del niño (Singapur); ejercer sus mayores esfuerzos para erradicar el fenómeno persistente y generalizado del trabajo infantil (Eslovaquia); Redoblar los esfuerzos para erradicar el trabajo infantil (Eslovenia), las estrategias en cooperación con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para erradicar el trabajo infantil (Australia); Continuar sus esfuerzos encaminados a erradicar el trabajo infantil y asegurar una educación digna y de calidad para los niños y adolescentes ecuatorianos (Venezuela);
34. Continuar los esfuerzos para garantizar el respeto de los derechos humanos por parte de los miembros de la Policía Nacional (República Popular Democrática de Corea); Continuar sus esfuerzos para mejorar las condiciones de detención, especialmente las que tienen por objeto abordar el problema del hacinamiento (India);
35. En el ámbito de la reforma del sistema penitenciario, que continúen realizando esfuerzos para poner en práctica el nuevo sistema de rehabilitación social, para construir nuevas cárceles, así como para capacitar al personal de seguridad penitenciario que trabaja en los centros penitenciarios, lo que daría lugar al bienestar de las personas privadas de libertad (Perú), seguir avanzando en la modernización y la mejora del sistema penitenciario, con especial atención a las condiciones de las personas privadas de su libertad (España); adoptar la legislación apropiada para separar las personas privadas de su libertad que se encuentran en proceso de juicio y los que ya están cumpliendo una condena (Hungría); Continuar la reforma y la formación continua para asegurar el fin de los malos tratos durante la detención policial (Australia); Seguir promoviendo el bienestar y comunicación de los presos, en especial de aquellos que no hablan español, para que tengan igual acceso a los derechos pertinentes, tales como el tratamiento médico y cursos ocupacionales (Tailandia);
36. Redoble sus esfuerzos para promover y proteger los derechos de las mujeres reclusas, las reclusas embarazadas y los niños nacidos en la cárcel, sobre todo en conformidad con las Reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes, también conocido como el " Reglas de Bangkok "(Tailandia);
37. Fortalecimiento de los esfuerzos para hacer frente a la trata de personas, especialmente mujeres y niños, y la violencia sexual (Sudáfrica); Seguir reforzando la lucha contra la trata de personas y proteger a las víctimas de esa delincuencia, especialmente mujeres y niños (Sri Lanka); Intensificar los esfuerzos para combatir la trata de personas, continuar la práctica y elaboración de planes de acción nacionales y otras estrategias en este ámbito (Belarús);
38. Garantizar una investigación pronta, imparcial y oportuna de todos los abusos de la policía con el fin de llevar a los perpetradores a la justicia y poner fin a la impunidad y la falta de rendición de cuentas por los abusos policiales (Letonia); Llevar a cabo una investigación exhaustiva, imparcial y oportuna de todas las denuncias de la policía y mala conducta judicial de corrupción (Estados Unidos de América);
39. Asegúrese que los casos de uso excesivo de la fuerza y la violencia por las fuerzas de seguridad y las autoridades penitenciarias se detenga inmediatamente y sean investigadas por una autoridad independiente e imparcial (Austria);
40. Continuar avanzando en la implementación del cuerpo especializado de jueces para abordar la violencia contra la mujer y la familia (Colombia);
41. Continuar sus esfuerzos para garantizar el acceso a la justicia y la prestación de servicios oportunos, eficientes, eficaces y de alta calidad (Azerbaiyán); Continuar con los procesos de revisión y reforma del sistema judicial a fin de garantizar un sistema independiente y eficaz para todos (Costa Rica) Intensificar los esfuerzos para acelerar el proceso de reforma judicial para asegurar la garantía de acceso a la justicia y la prestación de servicios oportunos, eficientes, eficaces y de alta calidad para el pueblo del Ecuador (Malasia); Asegúrese que el Consejo de la Judicatura de transición designado para la reforma al sistema de justicia funcione de manera independiente del gobierno (Estados Unidos de América); Compartir una evaluación sobre los progresos realizados en la aplicación del Programa de Reestructuración del sistema de Justicia por el Consejo de Transición del Poder Judicial (México); En el campo de la reforma del sistema judicial, seguir aplicando y desarrollando aún más el Programa de Reestructuración del sistema de Justicia, a través de la formación continua de los funcionarios públicos en el Poder Judicial con el objetivo de materializar un modelo de gestión que garantice el acceso a la justicia de manera oportuna, eficiente, eficaz y de calidad (Perú); Seguir adoptando medidas encaminadas a seguir perfeccionando su sistema judicial, la reforma de los cuerpos de seguridad y frenar los niveles de criminalidad y corrupción (Federación Rusa); Continuar sus esfuerzos en la reforma del sistema judicial, y la rehabilitación de la comunidad penitenciaria con vistas a la reinserción en la sociedad (Sudáfrica); Continuar la reforma del sistema judicial para garantizar y fortalecer la independencia del poder judicial, y garantizar un mayor grado de resolución en los casos y en la aplicación de las decisiones judiciales. Especialmente sería conveniente el establecimiento de un plan de capacitación en el área de los derechos humanos para su aplicación entre los funcionarios del Poder Judicial (España); Garantizar la independencia del sistema judicial, la transparencia y el carácter democrático del proceso en la selección de jueces (Suiza); Garantizar la independencia del poder judicial y continuar la lucha contra la corrupción (Austria), 13. Continuar con la decisión del país de reestructurar su sistema de legal y de justicia y garantizar que las medidas adoptadas a este respecto están en conformidad con los instrumentos de derechos humanos (India);
42. Fortalecer la atención a las recomendaciones de la Comisión de la Verdad sobre los mecanismos de reparación, restitución, rehabilitación y garantías de tal forma que tales violaciones no vuelvan a ocurrir, recibidas en 2010 por la Fiscalía General de la Nación (México);
43. Redoble sus esfuerzos para lograr la inscripción universal de nacimientos, incluido el establecimiento de servicios de anticoncepción permanente y automatizado de registro en todas las instituciones de atención médica pre y post natal. Estos servicios deben ser accesibles a todas las personas en todo el país, incluso en las zonas rurales (Finlandia); Adoptar medidas para lograr el registro universal de nacimientos (México); adoptar medidas concretas para abordar la situación de las niñas y el reto de garantizar la accesibilidad a la inscripción para los pueblos indígenas y las personas de ascendencia africana, así como para las familias migrantes. El derecho de todo niño a un nombre y a una nacionalidad debe ser garantizado (Finlandia);
44. Salvaguardar la institución de la familia y el matrimonio como la unión conyugal entre un hombre y una mujer, basada en el libre consentimiento conforme a lo solicitado por la naturaleza humana y la idiosincrasia del pueblo ecuatoriano (Santa Sede);
45. Establecer la edad mínima para contraer matrimonio a los 18 años para las niñas y los niños (Turquía);
46.Respetar el derecho a la libertad de expresión y manifestación pacífica y restringir al mínimo el uso de procesos penales contra estas personas que ejercitan sus derechos ( Bélgica); llevar a cabo una revisión de la legislación existente y propuesta de la libertad de expresión en los medios para asegurar su alineamiento a las normas internacionales y más concretamente eliminar cualquier artículo o capítulo existente relativo a los delitos de difamación conocidos como leyes de desacato( Canadá) ; considerar el adoptar medidas para garantizar la libertad de expresión, la libertad de prensa y la armonización de la legislación nacional con los acuerdos internacionales(Costa Rica);Adherir a sus compromisos internacionales particularmente el art 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ( Estonia )
47. Continuar realizando esfuerzos para garantizar los derechos a una libre diversa y participativa comunicación intercultural de todos los ecuatorianos, en todos los entornos y medios de comunicación y el derecho a buscar, recibir, intercambiar, producir, y circular información veraz verificada, oportuna, contextualizada y plural.
48. Asegurar que los activistas comunitarios y líderes indígenas puedan ejercer su derecho a reunirse pacíficamente y protestar y que la legislación antiterrorista no sea mal utilizada para censurar esas actividades inapropiadamente.
49.Crear un entorno jurídico favorable para las organizaciones de la sociedad civil, a fin de contribuir la gobernabilidad democrática, mediante la creación de puntos de acceso para el diálogo y abstenerse de restringir su operación libre e independiente y gratuita (Canadá); garantizar que los artículos penales no sean utilizados para frenar la capacidad de los defensores de los derechos humanos y de otros manifestantes, en el ejercicio de sus derechos a la libertad de expresión, reunión y asociación y que las autoridades competentes reconsideren los casos de los detenidos y procesados (Alemania); facilitar que los diferentes actores de la sociedad civil, expresen sus diferentes puntos de vista, con responsabilidad y objetividad ( Santa Sede)
50. Adaptar la legislación sobre la difamación y el insulto bajo las normas internacionales que rigen la libertad de expresión. Se espera que estos elementos importantes que deben tenerse en cuenta en la reforma en curso del Código Penal (Bélgica); Garantizar en todas las circunstancias, la independencia de los medios de comunicación y tomar las medidas necesarias a fin de que la legislación nacional contra el honor y la difamación no menoscabe la libertad de expresión (Francia); derogar todos capítulos jurídicos que contravengan las normas internacionales sobre libertad de expresión, especialmente todas las leyes que criminalizan la difamación y las ofensas de funcionarios públicos e instituciones (Letonia); despenalizar la difamación y realizar los ajustes necesarios en este sentido, en línea con los estándares interamericanos e internacionales (Noruega)
53.Proteger a los periodistas y a los defensores de los derechos humanos contra el acoso y los ataques y que garanticen la libertad de reunión (Letonia); garantizar a todos incluyendo periodistas y defensores de los Derechos Humanos el disfrute de la libertad de expresión ( Luxemburgo); proteger el derecho de la libertad de expresión para los periodistas( Australia); desarrollar mecanismos para mejorar la seguridad de los periodistas y garantizar que todos los casos de ataques sean investigados por organismos independiente e imparciales.
54. Continuar incorporando formulas efectivas de participación de sus ciudadanos en los procesos de toma de decisiones, particularmente a través de mecanismos democráticos de representación directa y comunitaria, orientada al desarrollo del país en todos los asuntos de interés público, con especial énfasis en las necesidades de las personas que requieren atención prioritaria (Nicaragua)
55. Permitir que las organizaciones nacionales internacionales de derechos humanos tengan el espacio para realizar su campaña de no violencia, informes y trabajos de investigación en los que el Gobierno de Ecuador se comprometa con los defensores de los derechos humanos en la búsqueda de soluciones para enfrentar los desafíos en materia de derechos humanos. (Noruega)
56. Continuar con los esfuerzos para promover la diversidad en la sociedad y en los medios de comunicación.
57. Promover, proteger y respetar los derechos a la libertad de expresión, reunión y asociación en el cumplimiento de las obligaciones internacionales del país, en materia de Derechos Humanos (Slovakia); asegurar que todos los activistas de Derechos Humanos operen en el país, incluyendo cooperaciones con los mecanismos de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y que estén a salvo de cualquier intento de criminalización hostigamiento o intimidación y puedan ejercer libremente sus legítimos derechos; Examinar la reciente legislación restrictiva de las ONGs con miras a prevenir que las manifestaciones legítimas y protestas de la sociedad civil, puedan ser llevadas a un juzgado o criminalizadas bajo la tipificación penal de terrorismo y sabotaje (España); participar de un dialogo constructivo con los medios de comunicación, organizaciones no gubernamentales y organismo internacionales para promover la libertad de expresión en el Ecuador (Reino Unido e Irlanda del Norte); promover y proteger los derechos a la libertad de opinión y expresión, de acuerdo con lo que ha establecido el art 19 de la declaración de los Derechos Humanos (Suecia); asegurar que los decretos número 982 y número 812 con respecto a la libertad de asociación, reunión y libertad de expresión no se apliquen para impedir la legítima tarea de las organizaciones no gubernamentales ( Suiza); asegurar que el decreto Presidencial número 982 no se aplique como una forma de bloquear el trabajo de los defensores de Derechos Humanos.
60. Mantener la lucha contra la discriminación relacionada con el empleo y la ocupación de este importante grupo de personas, de acuerdo con la Constitución y la Ley de la República del Ecuador.
62. Continuar con la aplicación de los derechos relacionados con el buen vivir incluyendo la soberanía alimentaria y ambiente saludable (Palestina)
63. Continuar sus los esfuerzos para promover y proteger los derechos humanos en general y particularmente combatir la pobreza (Arabia Saudita)
64. Continuar con sus esfuerzos del combate a la pobreza y mejoramiento de los niveles de salud y educación de su pueblo (Singapur)
65. Continuar con los programas de consolidación económica y social para el mejoramiento de su pueblo y el pleno ejercicio de los derechos humanos (Zimbabwe)
66. Continuar con los esfuerzos para luchar contra la pobreza y considerar la inclusión en los programas a personas con discapacidades (Argentina)
67. Además de las medidas orientadas a reducir la pobreza, hacer frente a la inseguridad alimentaria y acceso a los recursos hídricos (Azerbyan)
68. Continuar la implementación de los programas de solidaridad y las iniciativas orientadas a garantizar el goce de los derechos a servicios sanitarios de sanidad por parte del pueblo (Cuba)
69. Reforzar las medidas para atender los embarazos de adolescentes la promoción del acceso a una salud reproductiva, que incluya educación sexual y reproductiva así como servicios de consejería y de cuidados de la salud para los adolescentes.
70. Asegurarse que todas las mujeres tengan un fácil acceso a servicios sanitarios de calidad, tomando en cuenta sus diferencias culturales.
71. Adoptar nuevas medidas para mejorar la calidad de la educación y tomar decisiones para garantizar que los niños concluyan la escuela primaria y secundaria y enfrentar las razones que están debajo de la deserción escolar (Egipto); asegurar un progreso continuo en el tratamiento del derecho a la Educación ( Indonesia); continuar adoptando medidas para reforzar la educación intercultural y educación en derechos humano( México) ; proseguir sus esfuerzos para reformar el sistema educativo como un elemento importante para la reducción de la pobreza( Palestina); desarrollar un mecanismo para recopilar estadísticas sobre educación en grupos indígenas( Slovenia); además elaborar e integrar una perspectiva de género en el sistema educativo nacional (Suecia)
72. Continuar con las tareas de implementación de políticas que garanticen el respeto a los derechos de las personas con discapacidad (Venezuela)
Proseguir con los esfuerzos tanto legales como de procedimiento para asegurar el pleno respeto y protección de los derechos de las personas con discapacidades, que incluya el acceso a la educación y provisión de recursos en ese sentido (Egipto)
73. Adoptar medidas especiales para la ejecución de los derechos colectivos de los pueblos indígenas y la adopción de mecanismos para asegurar su derecho a ser consultados (Ungría); proponer medidas efectivas para fortalecer aún más los mecanismos de consulta con los pueblos indígenas en temas que tengan que ver con el impacto de temas económicos y sociales de estos pueblos. (Malacia); continuar promoviendo y mejorando la protección de los derechos de los pueblos indígenas en particular los relacionados con su diversidad lingüística y cultural y además pensar programas y políticas para los pueblos indígenas particularmente enfocadas en mujeres y niños (Marruecos); institucionalizar los derechos de consulto a los pueblos indígenas e involucrar y la sociedad civil y a los grupos indígenas en la elaboración de un mecanismos de consulta en línea, con el funcionamiento de un compromiso de Ecuador en el marco del Convenio 169 de la OIT.
74. Adoptar la legislación para garantizar el cumplimiento de los derechos colectivos de la población indígena y afro ecuatorianos, con el fin de incrementar las acciones positivas en favor de la igualdad racial y de género (Paraguay);
75. Establecer programas claramente definidos para asegurar el mejoramiento de la situación laboral de las mujeres migrantes en situación de vulnerabilidad (Honduras); Proporcionar garantías básicas de los trabajadores migrantes, de conformidad con la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y Miembros de sus Familias (Iraq);
76. Tomar las medidas necesarias para erradicar la tendencia y / o difusión, a través de los medios de comunicación, de los estereotipos que podrían conducir a la discriminación de los migrantes y los refugiados (Argentina);
77. Continuar con su política de reconocimiento y promoción de los derechos de la naturaleza, la promoción del uso de no-contaminantes o de tecnología de bajo impacto y energías alternativas (Bolivia);
Las siguientes recomendaciones no tuvieron el apoyo de Ecuador y generaron comentarios
1) Reformar la legislación en materia de libertad de expresión con el fin de ponerla de acuerdo con las normas internacionales y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (Suiza)
Respuesta Ecuador: El Estado ecuatoriano ha suscrito y ratificado la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José) en el que claramente establece el cumplimiento obligatorio de las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos concediendo la posibilidad de interpretar y aplicar las normas mencionadas anteriormente por la convención , por esta razón respetuosos como lo somos de nuestras obligaciones internacionales, no podemos aceptar la reforma de nuestro marco jurídico de acuerdo con las normas de la Comisión interamericana de los derechos humanos , cuando es la corte no la comisión que tiene la competencia judicial sobre esta materia.
2) Eliminar las leyes que penalizan la opinión y aceptar las solicitudes de visita de la OEA y los relatores especiales de los EE UU y la libertad de Expresión.
Respuesta de Ecuador: En el Ecuador no existen leyes que “criminalizan la opinión”. Por tanto no podemos eliminar leyes que no existen. Es importante mencionar que no se ha negado ninguna solicitud de relatores especiales ni de la ONU ni de la OEA. Ecuador mantiene en pie su invitación a todos los relatores especiales.
3) Establecer procedimientos claros de consulta a fin de aplicar el derecho libre, previo e informado, de consentimiento a los pueblos indígenas que figuren en La Constitución (Alemania)
Respuesta de Ecuador: La Constitución del Estado Ecuatoriano establece la consulta como un derecho de todos los ecuatorianos, y particularmente como un derecho de comunidades, pueblos y nacionalidades, una consulta previa, libre e informada, pero no su consentimiento. Adicionalmente es necesario indicar que Ecuador reconoce la existencia de pueblos indígenas viviendo en aislamiento voluntario, con la consecuente obligación de garantizar sus vidas, respetar y hacer respetar su autodeterminación y voluntad de permanecer en aislamiento, así como defender la validez de sus derechos, lo cual torna inviable obtener su consentimiento.
Compromisos Voluntarios y Obligaciones
1. Continuar con sus esfuerzos para implementar el sistema de información de los derechos humanos con el soporte o ayuda de la oficina del comisionado de las Naciones Unidas para los derechos Humanos.
2. Compartir con el sector público y la sociedad civil las recomendaciones y productos del Segundo Universal Periodic Review
3. Compartir la experiencia Ecuatoriana y proporcionar asistencia para los intereses de los países sobre estos programas en el campo de la inclusión de las personas con discapacidades.
4. Desarrollar mecanismos de monitoreo para seguir con una implementación y recomendaciones del Universal Periodic Review.
5. La comunicación ratificada viene relative a Human Rights Treaties.