La Obra jurídica de la PGE revela la defensa ecuatoriana ante el uso indebido de arbitraje de la transnacional
La Procuraduría revela la defensa del país ante Chevron
Los laudos arbitrales internacionales contra el Estado han favorecido a Chevron-Texaco, en su intento de evitar el proceso entablado por los 30 mil indígenas y campesinos afectados por la contaminación petrolera dejada por la transnacional en Orellana y Sucumbíos (Amazonía).
Especialmente en 2010, 2011 y 2012 se evidencia la presión contra el Estado, dentro del proceso arbitral entablado el 23 de septiembre de 2009 por Chevron-Texaco contra Ecuador, al amparo de lo establecido en el Tratado Bilateral de Inversiones (TBI) suscrito entre Estados Unidos y Ecuador.
En uno de los laudos del Tribunal Arbitral de La Haya se ordena al Estado “tomar todas las medidas para suspender la ejecución o reconocimiento, dentro o fuera del país, de cualquier sentencia contra Chevron en el juicio de Lago Agrio (entre particulares)”.
Esa historia de presiones se recoge en el libro: “Caso Chevron: Defensa del Ecuador frente al uso indebido del arbitraje de inversión”, que será presentado hoy por el procurador General, Diego García, y el presidente Rafael Correa.
Allí queda al descubierto que de nada le sirvió al Ecuador, dentro del caso conocido como ‘Chevron III’, rechazar el pedido planteado por Chevron ante el Tribunal Arbitral.
Al vacío cayó el argumento de Ecuador que explicó a los jueces que la petición de la transnacional excedía las facultades del Estado y rompía con el ordenamiento jurídico ecuatoriano. Chevron quería que el Gobierno suspenda la ejecución y reconocimiento dentro o fuera del país de cualquier sentencia judicial emitida dentro del caso de Lago Agrio, cuando el Ejecutivo no tiene facultad para ello.
“Ecuador deberá adoptar medidas que impidan toda certificación que vuelvan ejecutables a las sentencias dictadas en el juicio de Lago Agrio”, se ordenó al Estado. Cumplir esa disposición es físicamente imposible.
García explica que el Gobierno del Ecuador no puede intervenir en otras funciones del Estado, por lo que no estaba a su alcance suspender o evitar el reconocimiento y ejecución de la sentencia de Lago Agrio. De hacerlo, vulneraba la independencia judicial y se violaba la ley ecuatoriana.
Una elusión de los procedimientos judiciales en directa violación del artículo 168 de la Constitución acarrearía responsabilidad administrativa, civil y penal a las entidades (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) o personas que ejecuten tal interferencia en la justicia.
De allí que en la página 101 del libro se señala que ordenar que Ecuador exonere de la caución a Chevron para evitar la ejecución de la sentencia de instancia, equivaldría a pedir al Estado que reescriba sus leyes para un caso concreto. No existe un funcionario ecuatoriano que tenga el poder de ordenar a los demandantes de Lago Agrio (los 30 mil afectados) no perseguir la ejecución de la sentencia en el extranjero.
Lo crucial de este arbitraje (en el caso ‘Chevron III’), radica en que si el Estado lo pierde, podría terminar pagando no solo los $9.500 millones de la sentencia a la que fue condenada Chevron-Texaco por la justicia ecuatoriana por el daño ambiental provocado, sino otras pretensiones de la petrolera que “podrían quebrar” al país, como lo han advertido el propio presidente Correa y el canciller Ricardo Patiño.
Chevron, en su demanda, entre otras cosas, pide que el Tribunal declare que la responsabilidad de cualquier sentencia que se dicte en el litigio en Lago Agrio, les corresponda exclusivamente a Ecuador o Petroecuador (empresa estatal).
La transnacional pide al Tribunal “que se condene al Ecuador al pago de indemnizaciones a Chevron, en conexión con una sentencia en Lago Agrio (Sucumbíos), incluida una obligación específica por parte del Ecuador a pagar a las demandantes la suma de dinero otorgada en la sentencia de Lago Agrio”.
La petrolera estadounidense pide al Tribunal Arbitral que se condene al Ecuador al pago de todos los gastos y costas judiciales incurridas por Chevron. Además, que el Estado “otorgue indemnización por daños morales para compensar a la empresa por el daño no pecuniario que ha sufrido debido a la conducta flagrante e ilegal del Ecuador”. También quiere que se declare que el país ha cometido una denegación de justicia.
Ecuador tiene sus razones para criticar la emisión de estos laudos
Dentro del caso ‘Chevron III’, el 19 de julio de 2013 Ecuador solicitó la reconsideración del Cuarto Laudo Interino pero ante el pedido, el Tribunal señaló que se encuentra deliberando y que aceptaba considerar la solicitud en una fase posterior, por lo que actualmente las otras órdenes y laudos interinos emitidos por el Tribunal siguen vigentes en contra de Ecuador.
La Procuraduría General del Estado (PGE) presentó sus motivos para rechazar esos laudos.
El Estado explicó que los laudos interinos interfieren con un proceso judicial, el cual, si fuese implementado por Ecuador, vulneraría el principio de larga data de la división de poderes vigente en el país y en gran parte del mundo.
Por eso estas medidas provisionales no pueden ser cumplidas porque le imponen al Estado la obligación de violar sus propias leyes. Además critica que falta el requisito fundamental para la emisión de medidas provisionales: la urgencia.
A eso se añade que Chevron no ha demostrado ningún daño potencialmente irreversible al que se enfrentarían a falta de los laudos interinos, señala la Procuraduría.
Pero la defensa del Estado también ha solicitado medidas provisionales en contra de Chevron-Texaco, debido a sus reiteradas violaciones a la orden del Tribunal Arbitral de mantener el ‘status quo’ y no agravar la controversia, y por sus reiterados y millonarios ataques a Ecuador.
Sin embargo, a diferencia de lo que sucedió con las solicitudes de medidas provisionales presentadas por Chevron-Texaco, cuando Ecuador hizo lo propio, el Tribunal Arbitral simplemente difirió su decisión a una fecha incierta en el futuro, desmereciendo sus argumentos y los elementos de urgencia y necesidad que sustentaban sus pedidos.
Esa conducta del Tribunal sobre las solicitudes de medidas provisionales siempre en favor de Chevron e ignoradas respecto del Ecuador, fue una de las bases de la recusación que el país presentó contra todos los miembros del Tribunal el 24 de octubre de 2014. Pero, después de la recusación, 3 años más tarde de la primera solicitud de medidas provisionales hecha por Ecuador, el 18 de junio de 2015, el Tribunal decidió que, por el momento, no se pronunciará sobre estos pedidos y que mantendrá las peticiones bajo observación.
En su discurso ante la Asamblea General de la ONU, el presidente Rafael Correa denunció el crimen ambiental de Chevron, más grave que los derrames accidentales de Exxon Valdez en Alaska y BP en el Golfo de México. (I)
“Chevron-Texaco pretende distraer a la justicia...”
El procurador General, Diego García, y el presidente, Rafael Correa, presentan hoy el libro ‘Caso Chevron: Defensa del Ecuador frente al uso indebido del arbitraje de inversión’, el cual revela cómo ha sido la defensa frente a las demandas internacionales interpuestas por la petrolera estadounidense contra el Estado ecuatoriano.
Según García, para este 2015 se asumió el reto de publicar un libro sobre el caso Chevron, cuyo objetivo principal es exponer la perspectiva y el trabajo de la defensa del Estado frente al arbitraje de inversión planteado en contra del Ecuador, teniendo en claro que detrás de este proceso subyace una controversia por daño ambiental entre partes privadas, ajena al ámbito de una controversia de inversiones.
“El libro pone a disposición la historia del arbitraje de inversiones planteado por Chevron contra el Estado. Mediante este arbitraje Chevron pretende distraer a la justicia de la controversia ambiental y trasladar al Ecuador la responsabilidad por cualquier valor que tuviera que asumir dentro del juicio de Lago Agrio”, dijo.
El libro cuenta con información de los antecedentes históricos y jurídicos del caso, el desarrollo procesal del arbitraje; los temas de jurisdicción, responsabilidad y el daño ambiental causado por la petrolera en la Amazonía; y los incidentes procesales de uno de los casos más complejos dentro del sistema de solución de controversias Inversionista-Estado. (I)