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El Telégrafo

El pleno de Asamblea decidirá archivo o trámite de los juicios

El pleno de Asamblea decidirá archivo o trámite de los juicios
01 de febrero de 2012 - 00:00

En una sesión que tomó alrededor de una hora, la Asamblea Nacional aprobó ayer los artículos 55, 56 y 57 del proyecto  de reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL), con lo cual la competencia de la Comisión de Fiscalización para archivar o no un juicio político fue trasladada al pleno del Parlamento.

Los tres artículos se  refieren al proceso de fiscalización de ministros y funcionarios de Estado y provocaron una serie de confrontaciones entre el oficialismo y la oposición.

Al mismo tiempo, no prosperó el pedido de someter a votación el artículo 78 referente al incremento de número de asesores para cada asambleísta porque  este tema ya fue votado anteriormente.

El artículo 55, que determina que la Comisión de Fiscalización  y Control Político deberá calificar a trámite el juicio político y no podrá archivar ese pedido, tuvo el voto favorable de 69 asambleístas y la oposición de 53.

La reforma para que el pleno  archive   o continúe con el juicio político, según el artículo 56, tuvo 67 sufragios afirmativos y 57  negativos.

También se aceptó el artículo 57 que fija dos ponentes: uno para el informe de mayoría y otro para el de minoría.  68 legisladores dijeron sí y 56 no.

El documento precisa  que  la solicitud de juicio político debe estar dirigida al titular de la Legislatura, suscrito por los integrantes de una bancada o al menos el 20% de los asambleístas (25 legisladores).

El pliego de preguntas dirigido al funcionario público deberá contar con la aprobación del Consejo de Administración Legislativa (CAL). Si esta instancia niega la solicitud, el pleno será el que resuelva el tema.

El presidente de la Asamblea notificará al funcionario público y adjuntará el pliego de preguntas que deberá contestar y en esa misma comunicación fijará la fecha de convocatoria a la sesión del pleno.

La Comisión de Fiscalización tendrá cinco días para  conocer  la solicitud y notificar al funcionario sobre el inicio del juicio para que,  en un  plazo de 15 días, ejerza su derecho a la defensa  y, además, presente las pruebas de descargo. 

A continuación, el presidente de la Asamblea recibirá  los informes de mayoría y minoría, en los que deberá constar un reporte motivado de las pruebas de cargo y de descargo presentadas, a fin de que el pleno  decida archivar el  juicio político o continuar con él.

Por cada informe se deberá designar el asambleísta ponente, el cual no podrá ser el mismo legislador proponente del juicio político.

Las comisiones especializadas podrán, por resolución de la mayoría absoluta de sus integrantes, previa solicitud motivada de un asambleísta, solicitar la comparecencia directa de ministros y funcionarios.

El ponente de las reformas a la LOFL, Vicente Taiano (Prian), defendió  lo realizado y dijo que es un pronunciamiento válido al margen de lo  que resuelva la Corte Constitucional (CC). Recalcó que en el plenario, “para evitar el show político, solo intervendrán dos ponentes, uno por el informe de mayoría y otro por el de minoría”.

Marisol Peñafiel (PAIS) consideró que existen algunos temas que hay que rescatar del cuerpo legal. “No es que solo el artículo de fiscalización es el que va a servir o es el que legitima todo el proceso. Por supuesto que hay que mejorar los mecanismos de fiscalización”, señaló. 

El conjunto de reformas legislativas está en suspenso, ya que la CC dispuso como medidas cautelares que  no  sean publicadas en el Registro Oficial, ante una   demanda  interpuesta por el presidente Rafael Correa.

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