El Comercio rectifica y El Universo apela sentencia
Una publicación con imprecisiones obligó ayer al diario El Comercio a rectificar y pedir disculpas al Ministerio de Cultura, sobre la cobertura del evento de rendición de cuentas del jueves 14 de julio.
En la nota, el matutino señala: “La ministra (Érika Silva) tiene razón en que la cobertura de ese acto fue desprolija y, por lo tanto, resultó una nota inexacta y carente de información de interés público. Por lo cual ofrecemos disculpas y hemos tomado correctivos”.
Y sobre el tema de las rectificaciones se agudizó el debate entre analistas y periodistas, al señalar, por ejemplo, que las afirmaciones escritas deben estar respaldadas con argumentos o datos.
Por eso, el catedrático y periodista representante de la organización internacional Reporteros Sin Fronteras, Eric Samson, dijo que hay diferencias entre opinar y acusar o difamar, por lo que si el articulista Emilio Palacio acusó públicamente al presidente Rafael Correa de un delito, tenía que comprobarlo.
Consideró que el tratar al presidente Correa de dictador puede ser aceptable, aunque es una opinión extrema, que no necesariamente tendría como respuesta un juicio, “pero decir que el Presidente dio una orden para disparar sobre un hospital, eso es diferente. En esa misma línea opinó el cineasta Carlos Andrés Vera en su blog, al reconocer que Palacio sí injurió al Mandatario.
Un criterio parecido tiene el catedrático universitario Alberto Maldonado, quien en un extenso artículo denominado “La política mediática de la victimización”, afirmó que tanto El Universo como Palacio tenían pleno derecho a oponerse al actual Gobierno y a su Revolución Ciudadana. “A lo que no tenían derecho es a utilizar su columna para sostener cualquier acusación. Y la última fue que, a futuro, Rafael Correa tendría que responder criminalmente por haber ordenado que fuerzas militares dispararan contra indefensos pacientes del hospital policial, en el no menos famoso 30 de septiembre de 2010”.
Según Maldonado, al margen de que el Juez de Delitos Penales acaba de darle la razón al presidente Correa (los inculpados están sentenciados a tres años de prisión correccional y a pagar 40 millones de dólares), el caso no puede ser mezclado con la situación de otros periodistas, como Carlos Vera, Jorge Ortiz y Juan Carlos Calderón, que dejaron sus puestos de trabajo por otras razones que no tienen nada que ver con la libertad de expresión.
En un tono conciliador, el presidente de la Unión Nacional de Periodistas, Núcleo del Guayas, Washington Vizuete, señaló que el juez debió profundizar, meditar y analizar en derecho la sentencia en mención, porque indudablemente el caso tiene una porción política. “Además, es un tema sensible que podría interpretarse, en la sentencia, que existe una afectación a la libertad de expresión”, opinó.
Precisó que algunos medios de comunicación “constantemente publican noticias que afectan el honor y la dignidad de determinadas personas, no obstante, nunca -o casi nunca- realizan la aclaración correspondiente cuando el perjudicado reclama, y cuanto más poderoso es el medio, menos atención prestan a esas reclamaciones”.
Mientras tanto, la Organización de Estados Americanos (OEA) emitió un texto en el cual establece que, para la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), “la sentencia en contra de El Universo es contraria a los estándares regionales en materia de libertad de expresión, y genera un notable efecto intimidatorio y de autocensura que afecta no solo a las personas condenadas, sino a toda la sociedad ecuatoriana”.
La relatoría llama a las autoridades judiciales a solucionar la demanda, conforme a los principios del derecho internacional.
Apelación
Los abogados Jorge Zavala Baquerizo, Xavier Zavala Egas y Diego Zavala Vela presentaron, en nombre de El Universo, un recurso de apelación y otro de nulidad en el Juzgado Decimoquinto de Garantías Penales del Guayas.
El recurso de nulidad presentado por los representantes de El Universo se fundamenta en el numeral 1 del artículo 330 del Código de Procedimiento Penal, que dispone que la declaración de nulidad del proceso penal procede cuando los jueces penales hubieran actuado sin competencia.
El recurso de apelación, por su parte, se fundamenta en los artículos 27 numeral 8, 31 numeral 1 literal C, y artículo 52 del Código de Procedimiento Penal.
Mientras tanto, César Pérez, subdirector de El Universo, aseguró ayer que ni el rotativo ni sus directivos tienen los 40 millones de dólares que el fallo judicial les obliga a pagar al Primer Mandatario como indemnización por un artículo de Palacio.
“Esa plata no la hemos visto, no la tenemos. Efectivamente tendremos que trabajar en el diario, durante casi 40 años, sin invertir las utilidades, sin subir sueldos, para entregarle las utilidades a Rafael Correa”, dijo Pérez.