Dirección de Comunicación Social - MRECI
COMUNICADO
El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración con relación a las declaraciones formuladas en el sentido de que el Perú incrementará en casi 4.000 km . cuadrados su territorio marítimo en su frontera con el Ecuador, tras el Acuerdo alcanzado con el Gobierno del Presidente Rafael Correa, manifiesta lo siguiente:
1.- El Gobierno del Perú al acordar con el Gobierno del Ecuador modificar sus líneas de base, en los términos prescritos en el Acuerdo por Intercambio de Notas Diplomáticas del 2 de mayo último, acrecentará su espacio marítimo, respecto de sus aguas interiores, bajo la línea del paralelo geográfico que constituye el límite marítimo entre los dos países.
2.- El espacio marítimo que Perú incorpora está situado en lo que hoy se consideran aguas internacionales, que se encuentran al final de las 200 millas de mar peruano y no afecta en lo más mínimo los espacios marítimos actualmente bajo la soberanía y jurisdicción del Ecuador, conforme a la Declaración de Santiago, a otros instrumentos internacionales y al derecho internacional público.
3.- El Ecuador mediante Decreto Supremo del Presidente José María Velasco Ibarra No. 959-A, 28 de junio de 1971 , publicado en el Registro Oficial No. 265 de 13 de julio de 1971 , estableció las líneas de base recta del Ecuador, desde las cuales se miden las 200 millas de mar bajo la soberanía y jurisdicción del Ecuador. El último tramo de las líneas de base recta del Ecuador constituye una "Recta que va desde la Puntilla de Santa Elena en dirección a Cabo Blanco (Perú) hasta la intersección con el paralelo geográfico que constituye la frontera marítima con el Perú".
4.- El punto de intersección de la línea de base recta del Ecuador con el paralelo geográfico, en las coordenadas WGS 03º 23’31.65” S. y 81º18’49.27”, se halla situado a más de 50 millas marítimas de Boca de Capones, punto donde la frontera terrestre toca el mar e inicio del límite marítimo a través del paralelo geográfico entre los dos países.
5.- El Perú con Ley No. 28621 –Ley de Líneas de Base del Dominio Marítimo del Perú- de 3 de noviembre de 2005 , estableció sus líneas de base, las mismas que en el tramo norte, frontera marítima con el Ecuador, no se alejan de la costa continental y tocan el punto Boca de Capones, como término final.
6.- El Perú para que el tramo norte de sus líneas de base coincida con el último tramo de la línea de base recta del Ecuador, que intersecta el paralelo geográfico limítrofe entre los dos países, deberá modificar su Ley de Líneas de Base del Dominio Marítimo.
7.- El establecimiento de las líneas de base es un acto interno de cada país, conforme al derecho internacional. El espacio marítimo que se sitúa entre el continente y las líneas de base, se considera aguas interiores.
8.- La reforma que hará Perú a sus líneas de base tendrá por objeto coincidir con la línea de base del Ecuador graficada en la Carta Náutica IOA 42. Por su parte, el Estado ecuatoriano no requiere modificar ninguna norma interna pues es la República de Perú quien reconoce las coordenadas establecidas para los límites por el Ecuador.
Con todos estos antecedentes, queda claro que el Ecuador logró la reivindicación de su soberanía en el acuerdo logrado con la República del Perú.
La representación gráfica del Límite Marítimo del Ecuador en el link:
http://www.mmrree.gob.ec (Ecuador y Perú ratifican sus límites marítimos)
COMUNICADO No. 020