Chiriboga se opone a que CNJ haya absuelto a Dahik
El fiscal general de la Nación, Galo Chiriboga, presentó ayer una solicitud de revocatoria a la Corte Nacional de Justicia (CNJ) por la decisión de la Primera Sala de lo Penal de declarar la nulidad de la causa en contra del ex vicepresidente de la República, Alberto Dahik, y otros, por el delito de supuesto manejo doloso de los gastos reservados del Estado entre 1992 y 1995.
En opinión de la Fiscalía, no cabe la nulidad porque el presidente de la Corte Suprema de Justicia de ese entonces, Jaime Velasco, declaró (previamente) válido el proceso, en disposición del artículo 358 del Código de Procedimiento Civil, explicó la máxima autoridad de la Fiscalía.
Ese artículo, explicó en un boletín de prensa, que es correlativo a las normas procesales de 1983, dice que “los procesos conocidos por el superior, sin que se haya declarado nulidad, no podrán ser anulados por las juezas y jueces inferiores”.
Además, Chiriboga dijo que el pasado 10 de enero la Fiscalía impugnó ante el presidente de la Primera Sala de lo Penal, Luis Moyano, la prueba presentada por Dahik, porque no se relacionaba jurídicamente con el caso.
El fiscal agregó que la entidad que representa, en una ocasión posterior presentó pruebas para el caso, como una certificación de la Superintendencia de Compañías de que las empresas SAID y AFAC, donde Dahik era socio, supuestamente se beneficiaron de 3’500.000 sucres y 68.013 dólares, respectivamente, de los fondos reservados.
También se presentaron documentos que daban fe de dos depósitos realizados a la compañía Combaquerizo por 721’979.587 sucres. Esta empresa era la constructora de la residencia particular de Dahik, quien no presentó declaración de bienes al momento de posesionarse como Segundo Mandatario en 1992.
Dahik desestima pedido
El ex Vicepresidente de la República brindó ayer un rueda de prensa en el Grand Hotel Guayaquil, en el centro de la urbe, en donde afirmó que conoció del pedido del fiscal Chiriboga y, dijo, que “está en su derecho de hacerlo”, pero que duda que proceda en su caso.
De la misma manera, Dahik adelantó que una vez que la sala de la CNJ lo absolvió dentro del juicio por peculado que se le seguía, ahora “haremos que las personas que han asegurado a través de los medios de comunicación que cometí un delito, que lo afirmen bajo juramento si eso es verdad”. Entre las figuras que la defensa legal de Dahik pedirá que declaren, está el ex presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Carlos Solórzano Constantine, que en 1995 emprendió el proceso en contra suya. Otro de los actores que serán llamados será el ex titular de la CSJ, Jaime Velasco, y el ex fiscal general, Fernando Casares.
Dahik manifestó que en el caso de los ex legisladores socialcristianos Xavier Neira y Rafael Cuesta -sus principales interpelantes en el juicio político en 1995-, aún no sabe si demandarlos por daño moral, aunque afirmó que tiene todo el “derecho” para hacerlo después de 16 años.
La primera parte de la rueda de prensa le sirvió para reiterar en sus pruebas de descarga, en donde indicó que los estados de cuenta en los que supuestamente se reveló el perjuicio al Estado fueron obtenidos “de manera ilegal”, una vez que sus “perseguidores” llevaron “turbas de gente a los exteriores de los bancos para que los gerentes a la fuerza los entregaran”. Además, dijo que el juicio tuvo nulidad desde el principio, porque no hubo un informe favorable de parte del Congreso Nacional.
En su intervención, Dahik -que estuvo acompañado de sus abogados y familiares- presentó documentos de auditorías de la Contraloría General del Estado que lo libran a él y a sus ex colaboradores en la Vicepresidencia de culpa de malversación de fondos. Otro examen de la actual Contraloría “tampoco encuentra indicios de delito”.
Dahik defendió a sus ex secretarios, Gladys Merchán y Juan Mario Crespo, que manejaban las cuentas desde donde se giraban los cheques de los gastos reservados. Sobre la situación de Merchán -que fungió de secretaria de Dahik y también del ex director de El Universo, Carlos Pérez Perasso- manifestó: “En qué parte de la ley se prohíbe eso”.
Finalmente, dijo que el fallo a su favor crea un precedente judicial, pero que en la justicia ecuatoriana no existe la analogía, por lo que desconoce si un dictamen similar podría beneficiar al ex presidente de la República Abdalá Bucaram Ortiz.