Asamblea rechaza interpretar código
El pleno de la Asamblea Nacional archivó el proyecto de Ley Interpretativa del penúltimo inciso del artículo 203 del Código de la Democracia.
Ese numeral, luego de ser analizado por la Corte Constitucional, quedó así: “Los medios de comunicación públicos, privados y comunitarios deberán abstenerse de publicar o difundir publicidad electoral, opiniones o imágenes que induzcan a los electores sobre una posición o preferencia electoral mediante nuevos medios de comunicación (redes sociales y páginas web)”.
El pedido de la creación de una ley interpretativa fue promovido por los asambleístas Abdalá Bucaram, del Partido Roldosista Ecuatoriano (PRE), y Leonardo Viteri, de Machete.
Bajo la dirección de Juan Carlos Cassinelli, vicepresidente de la Asamblea Nacional, el Legislativo se pronunció en contra de los pedidos de los dos asambleístas.
La Comisión de Gobiernos Autónomos se amparó en el artículo 117 de la Constitución de la República, el cual indica que “no se podrán realizar reformas legales en materia electoral un año anterior a la celebración de las elecciones”. La comisión interpretó el proyecto legal como un cambio de la norma, lo que sería inconstitucional.
La Comisión de Gobiernos Autónomos esperó el pronunciamiento de la Corte Constitucional a la demanda planteada por algunos asambleístas y gremios de periodistas. Los magistrados resolvieron esa causa el pasado 18 de octubre.
La Corte Constitucional quitó una frase que hacía referencia a reportajes en el artículo 203 del Código de la Democracia.