Asamblea no tiene una fecha definida para el debate de ley de víctimas
El tomo V del Informe de la Verdad presentaba 155 recomendaciones a distintas instituciones del Estado para poder indemnizar y resolver los casos de las víctimas de violaciones a los Derechos Humanos. Entre esas estaba una tabla con las sumas de dinero a percibir por los afectados según el abuso padecido.
Sin embargo, el punto clave de esas recomendaciones se centró en el proyecto de ley para la reparación de las víctimas y la judicialización de graves violaciones de derechos humanos.
La iniciativa, presentada en conjunto por la Comisión de la Verdad y la Defensoría del Pueblo, establece procedimientos para el otorgamiento de medidas individuales de reparación administrativa; contemplaba los pasos para la investigación y la judicialización, y reformas al Código Penal.
En el documento existen dos tipos de medidas de reparación: las individuales, dirigidas a las víctimas directas y a sus allegados, y las de alcance general, que buscan reparar a la sociedad.
Para la reparación y la parte procesal se recomienda la creación del Comité Interinstitucional de Reparaciones y el Comité de Judicialización.
También se demanda la tipificación como delitos de las violaciones de derechos humanos que no se encuentran en el Código Penal, o que estando, no responden a los estándares regionales. Este último punto era importante porque los proponentes del proyecto buscaban la tipificación de la desaparición forzada de personas como delito, para poder reabrir procesos investigados por la Comisión de la Verdad.
El proyecto de normativa fue presentado en junio de 2010 al Consejo de Administración Legislativa (CAL) para que sea calificado y enviado a la Comisión de Justicia y Estructuras del Estado para su trámite correspondiente.
Pedro de la Cruz, asambleísta de PAIS, recuerda que una semana después el CAL tomó el proyecto, pero no pudo calificarlo porque no cumplía con ciertas especificaciones contempladas en la normativa vigente. “El proyecto no fue presentado como lo establece la norma jurídica que establece que las leyes pueden proponerse con la recolección de firmas de la ciudadanía, a través de propuestas de los asambleístas o el envío por el Presidente de la República. Ninguno de esos escenarios se cumplió”, explicó De la Cruz.
El legislador, además, dijo que la propia redacción del proyecto no tenía bases de proyecto de normativa sino de informe. Ante esta situación, el CAL no calificó la propuesta y envío de vuelta el proyecto hasta la Defensoría del Pueblo para que sus funcionarios pudieran corregir las fallas del primer intento. “Desde ese momento no hemos recibido otro proyecto”, aseguró el legislador.
Esta versión es rechazada por el defensor del Pueblo, Fernando Gutiérrez (foto), quien acepta que la primera versión del documento tenía errores de forma, pero no de fondo, por lo que la entidad hizo otro proyecto que fue enviado y aceptado por el CAL.
En lo que sí concuerdan Gutiérrez y De la Cruz es en que la Asamblea, en los último meses, ha tenido “bastante trabajo” que ahora se ve aumentado por la definición de leyes derivadas de la consulta popular. De la Cruz señala que por el momento no hay una fecha fija para debatir la Ley de Víctimas.