Asamblea logra consenso para las comparecencias
La votación de los artículos referentes a fiscalización que no tuvieron consenso dentro del proyecto de reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa se retomó ayer con un hora de retraso.
Hasta el cierre de esta edición se aprobaron con 72 votos afirmativos, 4 negativos y 43 abstenciones los tres primeros artículos del informe relacionados con las comparecencias al pleno de los funcionarios públicos, excepto los miembros de la Función Judicial y autoridades amparadas en la ley de Transparencia.
Este artículo permite que ministros y secretarios de Estado rindan cuentas en el pleno de la Asamblea y en las comisiones especializadas.
También incluyó un inciso sobre el derecho al pago de residencia para asambleístas y asesores de los asambleístas.
Con 69 afirmativos y 50 negativos se aprobó la comparecencia de los ministros y funcionarios a las comisiones legislativas.
Previo a la reinstalación de la sesión 115, convocada para las 16:00, el titular de la Legislatura, Fernando Cordero, informó a los asambleístas que el legislador ponente Vicente Taiano preparaba la moción.
Con la presencia de 119 legisladores de los 124, a las 17:25 reinició la votación con la participación del ponente del proyecto Vicente Taiano, quien pidió que se votara por separado el artículo 51.
Ante las medidas cautelares adoptadas por la CC para que la reforma no se publicara en el Registro Oficial, Taiano dice que esa decisión es para defender los “derechos” y no para reclamar las “competencias”, por lo que solicitó al presidente de la Asamblea, la conformación de una comisión compuesta por representantes de las bancadas para pedir a la Corte la revocatoria de esa decisión.
Sobre lo tramitado hasta el momento en materia de legislación, Fernando Cordero explicó que en la actual ley del Parlamento existen dos debates en el pleno y la comisión especializada que preparó el informe designa un ponente o expositor que recoge las observaciones presentadas, pero según la reforma aprobada las propuestas presentadas durante las deliberaciones regresan a la mesa respectiva y allí con una votación se aprueba o niega las sugerencias, con lo cual se suplanta al pleno, indicó.
Este artículo ya no se lo puede modificar porque fue aprobado incluso con la respectiva reconsideración, lo que significa que se tendría que acudir a la Corte Constitucional (CC) para que lo declarase inconstitucional o si pasa la pretensión del Presidente sobre la objeción a esta reforma, se podría eliminar ese artículo, señala.
“Yo estoy defendiendo la tesis de la autonomía de la Asamblea Nacional, pero tampoco uno puede ser ciego ni sordo”, dijo el titular del Legislativo.