Entrevista / Diego García Carrión / Procurador General del Estado
Árbitros de Chevron III se niegan a dejar el proceso pese a conducta parcializada
Los jueces del Tribunal Arbitral que llevan adelante el proceso interpuesto por Chevron en contra del Estado ecuatoriano, al no resolver la fijación de una fecha para visitar el lugar en donde se produjo el daño ambiental por la contaminación petrolera en la Amazonia, le están dando, de alguna manera, un derecho de veto a la compañía, para impedir o prohibir lo referente a la posibilidad de que Ecuador acceda a esta prueba.
El procurador general, Diego García, quien como abogado del Estado recusó a los 3 árbitros del caso Chevron III porque han demostrado una actitud parcializada hacia la compañía estadounidense, dice que el caso está en manos del Secretario de la Corte Permanente de Arbitraje con sede en La Haya, y que si no se atiende el pedido, Ecuador seguirá litigando, pero que no descarta presentar una demanda de anulación.
¿Qué motivó a la Procuraduría a recusar a los 3 árbitros (tribunal) del caso Chevron ante la Corte Permanente de Arbitraje?
En el caso Chevron III (a través del cual la petrolera rechaza pagar una millonaria indemnización por daños ambientales en la Amazonia), veníamos solicitando al Tribunal Arbitral que venga al país a constatar los daños producidos durante las operaciones de Texaco, pero pese a las insistencias y a los intentos de establecer un protocolo para esa visita, el tribunal no define cuándo vendrá. Con ello ha mostrado un papel de conducta que revela que el Tribunal no ha podido resolver las peticiones de Ecuador de la misma manera en que ha resuelto las peticiones de Chevron a lo largo del arbitraje.
Por eso decidimos plantearle al Tribunal una recusación para que ellos mismos dejen el proceso, pero frente a su negativa hemos llevado el planteamiento al secretario de la Corte Permanente de Arbitraje con sede en La Haya, lo cual deberá resolverse en el transcurso de noviembre o máximo en diciembre.
¿Quiénes son esos jueces del Tribunal Arbitral de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya que llevan el Caso (CPA 2009-23) y que se han negado a atender la solicitud de Ecuador?
El Tribunal del caso Chevron III (planteado por la multinacional en 2009 en contra de Ecuador tras ser sentenciada por la justicia a pagar una indemnización de $ 9.500 por los daños ambientales ocasionados) está conformado por los árbitros ingleses Jhony Veeder (presidente) y Vaughan Lowe, y el argentino Horacio A. Grigera Naón.
¿Quién nombra y paga a esos árbitros?
Grigera Naón fue nombrado por Chevron, Lowe por Ecuador y ante la falta de acuerdos respecto del presidente, la Corte Permanente nombró a Veeder. A ellos les pagan las partes (procesales).
¿Qué tan importante es que los árbitros vengan a Ecuador?
Considerando que este proceso es un espejo del juicio de Lago Agrio, en el que el Tribunal sentenció a Chevron a indemnizar a las comunidades amazónicas afectadas por Texaco durante sus años de operación, es vital para la prueba de Ecuador que se demuestre el daño ambiental.
Esa prueba, más la presentación de información que conseguimos en EE.UU. de los propios peritos de Chevron que actuaron en el juicio de Lago Agrio, revela la estrategia que usaron los peritos para ocultar el daño ambiental.
Para completar esa prueba, es vital que los árbitros que van a resolver, aparte de conocer papeles, vengan a ver por sí mismos qué sucedió.
Venimos haciendo el pedido desde hace 3 años y hemos avanzado en un protocolo de visita, pero finalmente no hemos logrado que el Tribunal fije fecha para venir. Sin embargo, está fijada la audiencia que se va a celebrar entre abril y mayo de 2015 y durará 3 semanas.
Si no se realiza la visita de árbitros antes de esa fecha tendríamos una audiencia en la que no se sabrán los resultados de la misma.
Por ello Ecuador pidió fijar fecha para esa visita o que se postergue la audiencia, pero el Tribunal no ha aceptado ni lo uno ni lo otro. Esto, sumado al patrón de conducta que en todo este tiempo ha mantenido el Tribunal, a juicio de Ecuador refleja la incapacidad del Tribunal para resolver sus peticiones y una parcialización o un prejuicio en contra del Estado.
Esa parcialidad por parte de los árbitros, ¿en qué se refleja frente a los pedidos de Chevron?
En el caso de Chevron, por ejemplo, se han atendido los pedidos de medidas provisionales para detener la ejecución de la sentencia de Lago Agrio, que nosotros siempre hemos objetado. Ha habido por lo menos 3 órdenes procesales referidas a ese pedido y, sin embargo, solicitudes similares del Ecuador necesarias para las pruebas no son atendidas.
¿Qué pasará si es desfavorable el pedido de recusación planteado?
Ecuador seguirá litigando frente al Tribunal, pero oportunamente presentará una demanda de anulación.
Si se acepta cambiar a los árbitros, como pide Ecuador, ¿el proceso del caso Chevron vuelve a foja cero?
No, debe continuar desde donde está, pero debería reprogramarse lo que falta del proceso, porque los nuevos miembros del Tribunal necesitarían más tiempo porque no podrían llegar a la audiencia de 2015 sin leer la información, cuyo volumen es muy grande, y para un árbitro es difícil ponerse al día en 2 o 3 meses.
¿Cuál ha sido la reacción de Chevron frente al pedido de Ecuador de recusar a los árbitros?
Chevron presentó una oposición.
¿Esa actitud de los árbitros o jueces se convierte en un insumo adicional para la comisión que está analizando justamente el rol del Centro de Arbitraje?
Creo que todos los eventos dentro de los procedimientos de arbitraje que tiene ahora Ecuador son un insumo para la Comisión de Auditoría de los Tratados Bilaterales de Protección de Inversiones y de los procesos de arbitraje internacional en el que ha estado involucrado Ecuador. Por eso, a medida que se van dando los hechos, la Comisión nos va pidiendo información y nosotros vamos actualizando la información.
Hay sectores que cuestionan la legitimidad de esa Comisión y que siguen entendiendo a este como si fuese un procedimiento político, más allá de un derecho soberano a establecer también la protección que requiere un Estado a la hora de permitir el ingreso de inversión extranjera. ¿Para Ecuador qué significa estudiar cada caso?
La historia de los arbitrajes de inversión de Ecuador y de los Tratados Bilaterales de Protección de Inversiones, una vez que hemos recorrido este camino de procesos entre 2007 y 2014, reflejan que cuando se adoptaron decisiones de suscribir convenios no se hizo un análisis pormenorizado de las obligaciones que el Estado asumía respecto al inversionista. Tampoco se exigieron obligaciones recíprocas de parte del inversionista hacia el Estado. Hoy tenemos claro que se dio protecciones a los inversionistas que no estaban definidas. Hablábamos del trato justo y equitativo de las legítimas expectativas del inversionista, del concepto mismo del inversionista y de la inversión, sin definirlas con claridad.
El análisis que está haciendo Ecuador hoy en día le permite reflejar qué es lo que pasó en ese proceso de negociación y cuáles han sido los efectos de los procesos de negociación de los tratados en los arbitrajes internacionales que ha tenido en los últimos 7 años. Y es necesario hacerlo para que la historia no se repita, para que en los posibles convenios o contratos específicos que suscriba el país con inversionistas, los errores del pasado no se vuelvan a cometer.
¿Qué confianza tiene al momento Ecuador sobre el Centro de Arbitraje de La Haya?
El esquema de la Corte Permanente de Arbitraje es diferente al de un centro de arbitraje. Por ejemplo, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) es un centro, mientras que la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya es una Secretaría y solo administra el proceso.
Los tribunales son ad hoc. Se ubica en un determinado lugar y siempre actúa de determinada manera; depende de quiénes son los árbitros.
En el caso de los procesos bajo reglas de la Comisión de las Naciones Unidas para el derecho mercantil internacional (Uncitral) debemos tener claro que no estamos frente a un centro.
La administración de la Corte Permanente de Arbitraje es solo secretarial, no deciden sobre el fondo dentro del proceso, salvo casos de recusación. Deciden los 3 árbitros, quienes no responden a nadie, ni siquiera a un centro. En este tribunal arbitral Ecuador no tiene confianza.
¿Se ha hecho visible el respaldo hacia Ecuador por parte de otros Estados que también afrontan procesos de arbitraje similares?
Ecuador ha tenido manifestaciones favorables en varios países, pero las decisiones dentro del proceso finalmente dependen solo de 3 personas que no prestan atención al respaldo internacional.
Por eso Ecuador busca reformar el sistema de arbitrajes de inversión, de controversia inversionista-Estado.
No es posible que tengamos árbitros que no respondan a nadie, que tengamos un sistema en el cual se resuelve en una sola instancia y no haya posibilidad de revisar los laudos, que no exista un control de la legalidad de los laudos, que los árbitros se aparten del derecho nacional y no tomen en cuenta lo que está previsto en la Ley, que los árbitros interpreten antojadizamente los límites de los estándares de protección al inversionista.