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El Telégrafo

Acogen argumentos jurídicos que limitan pago de indemnizaciones a exmagistrados

Acogen argumentos jurídicos que limitan pago de indemnizaciones a exmagistrados
06 de noviembre de 2013 - 17:02

La Procuraduría General informó que, el pasado 4 de noviembre, fue notificada con las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), correspondientes a la destitución de los magistrados de la exCorte Suprema de Justicia y de los vocales del exTribunal Constitucional, hechos acaecidos entre los años 2004 y 2005, durante el gobierno de Lucio Gutiérrez.

"En los respectivos dictámenes de la CorteIDH, las reparaciones acogen las proyecciones presentadas por el propio Estado ecuatoriano en relación con las remuneraciones no percibidas por los exmagistrados y vocales, bajo el argumento presentado por la Procuraduría General del Estado, respecto del cambio del sistema judicial en la Constitución de 2008", indica el comunicado.

Explica que la prueba pericial de expertos internacionales permitió, entre otros aspectos, determinar que el cálculo de reparaciones de las víctimas sea hecho desde el año 2004 hasta 2008, en que se produjo la reforma constitucional, y no como lo habían planteado a la CorteIDH los abogados de los exmagistrados y vocales, por el período comprendido entre 2004 y 2013.

"Esta posición jurídica de la Procuraduría General del Estado permitió una considerable reducción de las cuantías reclamadas y, en consecuencia, un importante ahorro de recursos públicos", subraya.

Cabe precisar que la Corte IDH dispuso el pago de una indemnización compensatoria ante la imposibilidad de que los exmagistrados y vocales puedan retornar a sus funciones, esto quiere decir que el pronunciamiento de la Corte Interamericana, en cada caso, cerró categóricamente las puertas a la posibilidad de que sean reincorporados a sus cargos, añade.

De otro lado, el Tribunal Interamericano señaló también el pago de una indemnización por daño material e inmaterial, costas y gastos, además de publicaciones de los resúmenes oficiales de las sentencias.

El Estado ecuatoriano logró demostrar jurídicamente la inexistencia de violaciones a varios artículos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH, como el artículo 2 (deber del Estado para adecuar su normativa interna), artículo 9 (principio de legalidad) y artículo 24 (igualdad y no discriminación).

El Procurador General del Estado notificará estas sentencias al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos para el respectivo proceso de cumplimiento y posterior inicio de las acciones de repetición a favor del Estado por parte de las autoridades involucradas en los hechos que generaron la responsabilidad internacional del Estado.

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