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El Telégrafo

El cobro por matriculación vehicular en guayaquil le corresponde al sri

184 cabildos, certificados para asumir competencias (Infografía)

184 cabildos, certificados para asumir competencias (Infografía)
07 de noviembre de 2014 - 00:00 - Redacción Actualidad

Quito-Guayaquil.-

En el proceso de transferencia de competencias de tránsito se han entregado un total de $ 112 millones a  221 GAD (municipios), de acuerdo a la cantidad de vehículos, usuarios y recursos que necesitan.

“Se ha repartido en la parte pertinente a los que ya han asumido las competencias”, dijo Héctor Solórzano, director de la ANT (Agencia Nacional de Tránsito). Hasta el momento, 184 de 221 se encuentran certificados para asumir el manejo del transporte (Ver infografía).

Con respecto a las posibles manifestaciones organizadas por los transportistas, en caso de no existir un aumento de tarifas de buses urbanos, el director de la ANT expresó que no es posible pensar en un paro nacional porque “está prohibido por la Constitución. Además los municipios de Quito, Ambato, Cuenca y Loja están teniendo reuniones con los gremios de transporte para tomar las medidas que consideren”.  

SRI cobra recargo de la matrícula

Sobre el cobro de los valores de recargo relacionados con la matriculación vehicular en Guayaquil, la ANT aclaró que esta acción es competencia del Servicio de Rentas Internas (SRI).   

La entidad respondió así a 2 comunicados difundidos en diarios nacionales por el Municipio de Guayaquil. En dichos pronunciamientos el Ayuntamiento denunció que el SRI y la ANT recaudan injustificadamente las tasas de matriculación vehicular de Guayaquil.

Según la Agencia Nacional de Tránsito, los Municipios son los autorizados a cobrar la revisión técnica vehicular y matriculación, pero “los valores de recargo de la matriculación están a cargo del SRI”, especificó la ANT.

En el presente año, la Autoridad de Tránsito Municipal de Guayaquil (ATM), mediante una nueva ordenanza cantonal, estableció recargos de $50 y $100 (de acuerdo con la categoría del vehículo, es decir, si son livianos o pesados) por no llevar a tiempo los automotores a las inspecciones. Montos “que son recaudados directamente por la ATM”, recalcó la institución rectora del transporte en el país.

En el artículo 19 de la Resolución 006-CNC-2012 del Consejo Nacional de Competencias reza que los Gobiernos Autónomos Descentralizados solo se encargarán de “recaudar directamente los valores causados por multas e infracciones, en materia de transporte terrestre”.

Para Andrés Roche, gerente de la ATM, desde el 1 de julio “nos corresponde (a la entidad seccional) hacer los cobros respectivos”.

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