Reglamentos relacionados con obras en vía a la Costa
1988
El 22 de marzo de 1988, el alcalde Jorge Perrone (+) sancionó la ordenanza que reglamenta las áreas de veda contiguas a las de las Compañías de Almacenamiento y Comercialización de Gas Licuado de Petróleo para Uso Doméstico e Industrial. En El Salitral se establece un radio de 1.000 m como franja de protección.
1991
El 15 de noviembre de 1991, el Cabildo expide la Ordenanza Reformatoria de Delimitación Urbana de la Ciudad de Santiago de Guayaquil, en la cual se establecieron los límites de la ciudad. Sin embargo, a pesar de que un artículo manda a incorporar un plano, la figura del mapa no aparece en la versión de la página del Municipio de Guayaquil.
1995
En el R.O. 846 de 20 de diciembre de 1995, el Cabildo emitió la Ordenanza del Esquema Urbano de Guayaquil, en la cual se estableció un esquema de desarrollo urbano, tomando en consideración la delimitación fijada en la ordenanza de 1991 antes citada. Dicha norma incorpora nociones de clasificación y usos de suelo.
1998
El 26 de abril de 1998 el Ministerio de Energía y Minas expide el Acuerdo 1658 en que se estableció constituir servidumbre especial de dominio sobre los terrenos por los que atravesarán los poliductos Libertad Monteverde Manta y Monteverde Pascuales ...Queda prohibido edificar a 15 metros a cada lado del eje de dichos poliductos.
2000
El 25 de julio de 2000 se publicó la Ordenanza del Plan Regulador Urbano de Guayaquil en la que se define que la vía a la Costa es “suelo urbanizable programado para desarrollo urbano no intensivo residencial”. La administración del alcalde León Febres-Cordero (+) es reconocida como la impulsora de la población de la zona.
2006
La necesidad del gasoducto surge a raíz del convenio suscrito el 25 de mayo del 2006 entre Petrocomercial y el Municipio, en que el primero se compromete a dejar las instalaciones de almacenamiento de combustible en El Salitral. En una adenda del 19 de octubre de 2011, la salida queda programada para abril de 2013.
2010
La Ordenanza Sustitutiva de Parcelaciones y Desarrollos Urbanísticos, de 11 de febrero de 2010, señala que las áreas atravesadas por poliductos, acueductos, sistema nacional interconectado y canal de trasvase mantendrán franjas de servidumbre conforme a lo que establecen las normas.
2011
La Ordenanza que Reforma a la Ordenanza Sustitutiva de Parcelaciones y Desarrollos Urbanísticos, de 20 de enero de 2011, mantiene el mismo tenor en el artículo 7.4 del reglamento del 11 de febrero de 2010. En 2012, empiezan las protestas en la vía a la Costa, debido a la instalación del ducto de Petroecuador.