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Ecuador, 24 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo
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El municipio se pronunciará en los próximos días sobre la seguridad del lugar

Caída de carro de terraza sería por desatención, indica informe de CTE

La caída del automotor se dio desde el parqueadero elevado del centro comercial.
La caída del automotor se dio desde el parqueadero elevado del centro comercial.
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Voltear un vehículo accidentado con sus ocupantes en el interior es un error. Sin embargo, eso fue lo que sucedió el lunes pasado en el parqueadero del centro comercial Riocentro Entre Ríos, en Samborondón, Guayas.

En las redes sociales, los ciudadanos compartieron videos en los que se aprecia a gente -cercana al evento- dando la vuelta al carro siniestrado, en su afán por ayudar a las personas que estaban dentro.

César León, jefe de Operaciones del Cuerpo de Bomberos de Samborondón, considera que esa acción fue antitécnica. Cuenta que la primera unidad que acudió al centro comercial encontró el automotor sobre sus 4 ruedas.

“El ECU-911 informó de un accidente de tránsito con un vehículo volcado, pero cuando llegamos al sitio estaba volteado. Esta acción pudo poner en peligro a los pasajeros, esto va en contra de los procedimientos de seguridad”.

León señala que los rescatistas están capacitados para trabajar en la condición en que hallan a los pasajeros, sea para dar asistencia médica o para cortar piezas del automotor (en el caso de ser necesario), pero jamás girándolos.

Sobre el cumplimiento de la normas de seguridad con las que debe contar el parqueadero elevado, de donde cayó el auto, el jefe de los Bomberos aclara que es la autoridad municipal la encargada de verificar el buen funcionamiento.

EL TELÉGRAFO buscó la versión del Municipio de Samborondón sobre el tema, pero los funcionarios anunciaron que en los próximos días darán su informe.

La Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), en su informe establece que se trató de un choque lateral perpendicular.

La investigación preliminar de esta institución señala que “la causa del accidente sería la desatención al momento de conducir”. La conductora viajaba con 2 menores, cuando se impactó contra la baranda del parqueo, y al caer al vacío.

El documento de la CTE no detalla la desatención. Hablar por teléfono mientras conduce, por ejemplo, es una distracción, la cual es castigada con el artículo 140 de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad.

La misma Ley establece que al existir heridos, producto de un accidente causado por una distracción, ya no se considera contravención sino un delito de tránsito. En este caso un fiscal actuará acompañado del personal de la Oficina de Investigación de Accidentes de Tránsito (OIAT), quienes determinarán al responsable para que el juez imponga la sanción correspondiente.

Pablo Calle, director ejecutivo de la Agencia Nacional de Tránsito, en declaraciones a Radio Pública, expresó que la principal causa de accidentes de tránsito es la distracción del conductor, en especial por el uso del celular. (I)

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