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La ley es blanda ante los barristas violentos

Los jugadores de El Nacional celebraban el empate 1-1 frente a LDU-Q, mientras desde las gradas su barra brava arrojaba bengalas a la pista del Atahualpa.
Los jugadores de El Nacional celebraban el empate 1-1 frente a LDU-Q, mientras desde las gradas su barra brava arrojaba bengalas a la pista del Atahualpa.
Foto: API
04 de mayo de 2017 - 00:00 - Redacción Fanático

Están libres. Los 5 supuestos hinchas de El Nacional que fueron detenidos tras encender y lanzar bengalas en los últimos duelos del ‘Rojo’ contra Liga de Quito, tanto en la Casa Blanca como en el estadio Atahualpa, quedaron libres ante la falta de pruebas que justifiquen la sanción contemplada por la ley.

Este hecho, según Nicolás Vega, gerente de la Asociación de Fútbol No Amateur de Pichincha (AFNA), demuestra que es necesario un marco jurídico más drástico para combatir este tipo de hechos.

Por ahora, lo único con lo que se cuenta es el artículo 397 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), titulado ‘Contravenciones en escenarios deportivos y de concurrencia masiva’ y cuya máxima sanción son 100 horas de trabajo comunitario y la prohibición hasta de un año de ingresar a escenarios deportivos de concurrencia masiva.

Esta normativa, vigente desde agosto de 2014, únicamente contempló estas medidas, pese a que hasta el 31 de mayo de ese año, a partir de 2007, se registraron 7 muertes vinculadas a reyertas entre barristas u otros desmanes, 2 de ellas dentro de los estadios.

Vega considera que es hora de cambiar aquello y que en el COIP se incluya un capítulo dedicado a hechos violentos generados por fanáticos de los equipos, que sean tipificados como delitos para estructurar castigos más drásticos.

El 22 de abril, día del partido Liga de Quito-El Nacional, se detuvo a 2 individuos en el estadio Casa Blanca, y a semana seguida, en la revancha, efectuada en el estadio Olímpico Atahualpa el pasado domingo, se detuvo a 3 más, pero todos quedaron exentos de cargos.

Vega añadió que esto ya se sale de las manos de los responsables de la programación y queda en potestad de las autoridades judiciales. “Los dejaron en libertad diciendo que no había elementos suficientes, cuando en realidad mandamos en cadena de custodia las bengalas que encendieron, fotos de cómo dañaron la pista, les hicieron exámenes médico-legales a los policías que tenían lesiones, etc., pero no fue suficiente”. 

El martes anterior, la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) dio a conocer el proyecto de la Ley Orgánica de Prevención y Sanción de la Violencia en el Fútbol y en el Deporte en General, que espera sea tramitado por la Asamblea Nacional, que comenzará su período el 14 de este mes.

“Hay muchas cosas que combatir, el ingreso de sustancias ilegales, armas de todo tipo, bengalas. No se trata de una ley endeble, se trata de una ley dura que castigue con su máximo rigor a quienes no pueden ser clasificados como aficionados, sino como simples delincuentes”, citó en un comunicado el presidente de la FEF, Carlos Villacís.

Este postulado surge luego de que el 19 de abril el Ministerio de Seguridad de Argentina presentó el Reglamento de Prevención contra la Violencia en Espectáculos Futbolísticos, donde se establece el impedimento de entrar a los escenarios a los desadaptados, por lapsos que van de 6 meses a 5 años. (I)

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