Ocho encuestadoras pueden emitir pronósticos electorales
Luego de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó la inscripción de 2 empresas encuestadoras adicionales ya son 8 compañías habilitadas para presentar pronósticos electorales para las elecciones del 23 de febrero.
Las nuevas empresas son Imasen del Ecuador y Blasco Peñaherrera & Asociados Estudios de Mercadeo y Opinión Pública. Estas se suman a las anteriores aprobadas por el organismo electoral: Capservs Medios de Comunicación-Capacitación Servicios Cia. Ltda., Perfopis Perfiles de Opinión Cia. Ltda., Centro de Investigaciones y Estudios Especializados Centroinvest Cia. Ltda., Instituto de Estudios Sociales y de la Opinión Pública, I.E.S.O.P., Opecuador Estudios Sociales y Políticos S.A.; y Cedatos.
Esta disposición está basada en el artículo 206 del Código de la Democracia, que establece que las empresas que realicen pronósticos electorales deberán registrarse previamente en el CNE y sujetarse a las normas que expida el organismo. El incumplimiento de este requisito impedirá su participación pública en los procesos electorales.
El no cumplimiento de esta disposición implica una sanción que puede llegar hasta los 20 mil dólares como máximo y 5 mil dólares como mínimo.
Así consta en el artículo 303 del Código. El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) es el organismo que emite la multa y en caso de reincidencia se ordenará la cancelación de la personería jurídica.
Las personas naturales o jurídicas que deseen realizar encuestas de voto a boca de urna también están obligadas a inscribirse en el CNE. El incumplimiento de la inscripción en el organismo electoral impedirá que estas puedan realizar cualquier tipo de actividad relacionada a la encuesta, procesamiento, publicación y difusión de cualquier tipo de información sobre el proceso electoral.
Los interesados deben presentar las solicitudes de inscripción en la Secretaría General del CNE, hasta 3 días antes del cierre de la campaña electoral.