En Presupuesto General se creará cuenta para la reconstrucción de las zonas afectadas
A través del Decreto 1004, el presidente de la República, Rafael Correa, creó el comité que se encargará de la construcción y reconstrucción de la infraestructura necesaria para mitigar los efectos del terremoto del 16 de abril, así como implementar planes, programas, acciones y políticas públicas para la reactivación de producción y de empleo en las zonas afectadas.
El Comité estará conformado de la siguiente manera:
El vicepresidente de la República, Jorge Glas (como delegado del presidente Rafael Correa), presidirá esta instancia.
La secretaria nacional de Planificación y Desarrollo Social, Sandra Naranjo.
La ministra coordinadora de Desarrollo Social, María Gabriela Rosero.
El ministro coordinador de Producción, Empleo y Competitividad, Vinicio Alvarado.
El ministro coordinador de Seguridad Interna y Externa, César Navas.
El prefecto de Manabí, Mariano Zambrano.
Dos alcaldes en representación de las zonas afectadas, cuya designación será notificada por la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME).
Podrán asistir un delegado de las Cámaras de Producción de Manabí; y, otro delegado de los pequeños comerciantes y empresarios de dicha provincia.
Entre las atribuciones del Comité están la coordinación intersectorial con todos los actores del sector público y privado, nacionales e internacionales, para la estructuración de planes, programas y proyectos para la reconstrucción y reactivación productiva.
Además, ejecutará las acciones a través de los siguientes ejes: etapa de emergencia, reconstrucción y reactivación productiva.
El decreto crea también la Secretaría Técnica del Comité de Reconstrucción y Reactivación Productiva, que estará encargada de sistematizar la planificación de trabajo que realicen los responsables de cada eje de acción del comité. Asimismo hará seguimiento del avance de los trabajos de cada eje de acción.
En el artículo 9, se dispone que el Ministerio de Finanzas cree una cuenta específica en el Presupuesto General del Estado para la construcción, reconstrucción y reactivación productiva de las zonas afectadas.
La cuenta se alimentará con los recursos de fuente interna y externa disponibles para el proceso de construcción, reconstrucción y reactivación productiva de las zonas. (I)