Correa no podrá ser asesor presidencial de Arauz
En una entrevista para Diario El Universo, publicada el 4 de enero, el candidato por Centro Democrático, Andrés Arauz, dijo que el expresidente Rafael Correa será uno de sus “principales asesores”. Sin embargo, Correa no podría desempeñarse en ese cargo ni podría ocupar ninguna función pública porque tiene una sentencia ejecutoriada por cohecho y la ley lo impide, dice la coalición Ecuador Verifica (Fundamedios), de la cual hace parte este Diario.
El artículo 10 de la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP) establece prohibiciones para el desempeño de un puesto, cargo, función o dignidad en el sector público, entre ellas se encuentra que “las personas contra quienes se hubiere dictado sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos de: peculado, cohecho, concusión o enriquecimiento ilícito; y, en general, quienes hayan sido sentenciados por defraudaciones a las instituciones del Estado están prohibidos para el desempeño, bajo cualquier modalidad, de un puesto, cargo, función o dignidad pública”.
El expresidente Rafael Correa es uno de los sentenciados por cohecho en el Caso Sobornos 2012-2016. El cohecho, según el Código Orgánico Integral Penal (art. 280), es el delito que se produce cuando un servidor público recibe o acepta un beneficio económico indebido o de otra clase para sí o para un tercero, con el propósito de hacer, omitir, agilitar, retardar o condicionar cuestiones relativas a sus funciones.
Según la LOSEP, en su artículo 83, los asesores son aquellos funcionarios que tienen a su cargo la dirección política y administrativa del Estado. Además, están excluidos de la carrera de servicio público.
A pesar de la prohibición generada por la sentencia del expresidente, en la página web del Ministerio de Trabajo, aún no consta la inhabilidad que tiene Rafael Correa para ejercer un cargo público.
Para hacer esta verificación, Ecuador Verifica ingresó al portal web de dicho Ministerio y al generar una certificación de no tener impedimento para ocupar una función pública, Rafael Correa aparece como NO impedido. No obstante, la certificación no está por encima de lo establecido en la LOSEP, esto según el artículo 425 de la Constitución de la República que indica la jerarquía en la aplicación de las normas.