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Una actividad perjudicial para la salud presupuestaria merece ser sancionada

Una actividad perjudicial para la salud presupuestaria merece ser sancionada
11 de mayo de 2016 - 00:00 - María Auxiliadora Fabre Haro, abogada ecuatoriana experta en el análisis de delitos financieros

Las publicaciones a nivel mundial de los  ‘papeles de Panamá’ siguen desatando alertas desde múltiples aristas, entre ellas: la ausencia o incipientes marcos regulatorios en el campo del Derecho Internacional; tipificaciones nacionales penales y administrativas tributarias (con todo lo que implica, como las respectivas prescripciones de acciones judiciales); el plano de la moral en la esfera del ejercicio de una ciudadanía responsable versus la primacía de intereses privados; el rol de los medios de comunicación; la transparencia para el acceso a cierta información, entre otros aspectos bajo los que podemos analizar el tema.

Esta pluralidad de enfoques deviene en la diversidad de disciplinas bajo las cuales abordar la problemática planteada, por lo que podríamos señalar que la Economía; el Derecho; la Ciencia y Filosofía Política y las Ciencias Empresariales son áreas para tratar las posibles repercusiones sobre los ‘papeles de Panamá’. De allí que lo revelado por el grupo de periodistas (ICIJ) no es solo un asunto jurídico, económico, empresarial, político y filosófico.

El sustento económico de un país es muy amplio, proviene especialmente de la diversidad de sus fuentes de explotación de recursos. Esas actividades generan ingresos en el universo de la población que políticamente organizada (Estado) recauda tributos para, a su vez, generar prestaciones de bienestar.

Interesan en este instante los tributos, que son o deberían ser la principal fuente de ingresos de los presupuestos públicos.

Una economía sana ha de considerar una óptima y justa recaudación para alcanzar la mayor igualdad y bienestar posible.

Si analizamos exclusivamente las fuentes de ingresos tributarios diríamos que toda acción encaminada a desviar el destino de tributos genera afectación colectiva.

Las compañías creadas en un país con vinculación de propiedad de bienes en otro, tienen impacto económico porque sus operaciones (aunque sea con reporte cero ingresos) no se registran en un sitio donde en la realidad se producen.

Esta sería la pauta de análisis para, a su vez, profundizar el problema desde otro campo: el Derecho.

Una actividad económica valorada en cero por cualquier persona jurídica (dentro o fuera del país, sea offshore o no) no puede generar perjuicio en la recaudación tributaria y, por ende, no tiene impacto en la economía nacional ni pone en riesgo la financiación de políticas. Pero, una actividad económica de millones de dólares es perjudicial para la salud presupuestaria de un país y merece ser sancionada.

Pero esta no es la única categoría jurídica que merece ser invocada en el análisis de los ‘papeles de Panamá’. La presunción de inocencia, esencia de las libertades públicas, no puede quedar en el olvido. La lógica de los medios ha convertido a ciertas personas en presuntos culpables.

Entendiéndose que algunas compañías offshore en su accionar han podido generar real afectación y con ello caer en la configuración de delitos, es necesaria la investigación aún más profunda.

Las pautas jurídicas deben ser la determinación del impacto en la economía (sea en el ámbito tributario o en cualquier otro) y el tratamiento de todas las personas como presuntos inocentes y no como presuntos culpables. Estos son los factores que facilitarán una mejor calidad de las investigaciones.

En el caso ecuatoriano, donde los delitos contra la administración pública (peculado, cohecho, concusión y enriquecimiento ilícito) son  imprescriptibles por mandato de la Constitución, se abre la posibilidad de un debate serio si cabe ampliar tal imprescriptibilidad a otras afectaciones a la administración pública como las de naturaleza tributaria.

En cuanto al análisis político, a simple vista parecería que la conclusión lógica es que tal o cual publicación ha sido dirigida hacia personas de poder (político y/o económico) con el propósito de atentar a los sustentos de dicho poder. Siendo así, no podemos dejar de catalogar a la publicación de los ‘papeles de Panamá’ como una acción política.

Mientras, desde una perspectiva de equilibrio de poder, los ‘papeles de Panamá’ constituyen una denuncia original de un asunto que ha sido un secreto a voces: la existencia de este tipo de sitios (paraísos fiscales), en donde se pueden constituir compañías de la de naturaleza offshore.

En todo caso, lo ocurrido en los ‘papeles de Panamá’ nos evidencia el resultado de las desigualdades en el ejercicio de algunas actividades económicas y jurídicas ante el peso contundente de la confidencialidad, que en algunos casos indiscutiblemente será con propósitos inmorales e ilícitos, según cada país. (O)

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