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Superintendencia de Bancos dispone ‘recálculo’ de intereses en tarjetas

La Superintendencia de Bancos dispuso el recálculo de los intereses causados por los consumos de las tarjetas de crédito.
La Superintendencia de Bancos dispuso el recálculo de los intereses causados por los consumos de las tarjetas de crédito.
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La Superintendencia de Bancos dispuso el recálculo de los intereses causados por los consumos realizados entre el 1 de diciembre de 2018 y 6 de febrero de 2019 y los rubros que excedieron sean acreditados mediante nota de crédito.

Mediante un comunicado difundido este viernes 8 de febrero en las redes sociales, la referida dependencia explicó los alcances de la resolución del 6 de febrero de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, en la cual se deroga la Resolución 471 de la Junta Bancaria, que disponía el cambio en el cobro de intereses en las tarjetas de crédito. Esa medida regía desde noviembre de 2018.

La Resolución 471 estipulaba que los intereses tendrían un costo mayor si el propietario de una tarjeta de crédito se retrasaba en su pago o solo cancelaba el pago mínimo. Esto debido a que los intereses se calcularían desde el momento de la compra, no con los días de mora.

Esta medida causó indignación en la ciudadanía, que a través de redes sociales expresó su descontento.

A continuación el comunicado textual de la Superintendencia de Bancos:

Mediante resolución No. 495-2019-F de 6 de febrero de 2019, la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera reformó el artículo 10 de la sección Ill "De los contratos y formatos de las tarjetas de crédito-, del capítulo III "Norma que regula las operaciones de las tarjetas de crédito, débito y de pago emitidas y/u operadas por las entidades financieras bajo el control de la Superintendencia de Bancos", titulo II -Sistema financiero nacional", libro I "Sistema monetario y financiero", de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, expedida por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, derogando expresamente la resolución No. 471-2018-F de 30 de noviembre de 2018.

La Disposición General de la resolución No. 495-20I9-F de 6 de febrero de 2019 establece que:

-El interés generado por los consumos realizados por los tarjetahabientes con cargo a sus tarjetas de créditos entre e101 de diciembre de 2018 y la fecha de expedición de esta resolución, se calcularán conforme las reglas establecidas en el artículo 10 de la resolución No. 310-2016-F de 08 de diciembre de 2016."

En tal virtud, para la aplicación de la instrucción contenida en la Disposición General antes transcrita, este organismo de control dispone, bajo prevenciones de ley, que la entidad de su representación efectúe inmediatamente el recálculo de los intereses causados por los consumos realizados en el período comprendido entre el I de diciembre de 2018 y el 6 de febrero de 2019, aplicando para el efecto lo previsto en la resolución No. 310-2016-F de 08 de diciembre de 2016; y, que realice el reverso de los intereses a que haya lugar, por efectos de la aplicación de lo establecido en la resolución No. 47I-2018-F de 30 de noviembre de 2018.

Los rubros que excedieren como resultado de la implementación de la metodología de cálculo de intereses, tras la derogatoria de la resolución No. 471-2018-F de 30 de noviembre de 2018, serán acreditados mediante nota de crédito, en la proporción que corresponda a cada tarjetahabiente, lo que deberá verse reflejado en el siguiente estado de cuenta, como constancia del cumplimiento de lo resuelto por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.

Adicionalmente, la entidad de su representación remitirá a este organismo de control, hasta el 15 de febrero de 2019, el detalle de los reversos que se efectuaron por cada tarjetahabiente, en el formato que consta en el link: https://www.superbancos.gob.edbancos/manuales-de-reportd, al correo electrónico [email protected]. Para el efecto, se adjunta el instructivo correspondiente.

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