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Reforma no aplica a casas de alto precio

Reforma no aplica a casas de alto precio
14 de abril de 2012 - 00:00

Inicialmente hubo la propuesta de colocar un monto máximo de 1.000 salarios básicos ($ 292.000) a la protección que tendrán quienes compren viviendas financiadas con hipotecas bancarias. Posteriormente los estudios técnicos de la Superintendencia de Bancos recomendaron rebajar a 500 salarios básicos ($ 146.000) el tope para que no haya la figura de “hipoteca abierta”.

Es decir, para quienes compren bienes inmuebles con valor superior a los $ 146.000 no aplicará la reforma propuesta por el Ejecutivo a la Asamblea Nacional, la cual busca que en la deuda adquirida por la compra de una casa y prendada con una hipoteca, en caso de ser incumplida, la garantía solo sea el mismo bien.

El superintendente de Bancos, Pedro Solines Chacón, señaló que las hipotecas abiertas se podrán seguir aplicando  para otros tipos de créditos, inclusive, los préstamos productivos. “Por ejemplo, si hago un crédito a un banco público o privado para emprender actividades en una hacienda por $ 500.000 o un millón de dólares es justo que se pidan garantías adicionales, porque no es para vivienda”.

La hipoteca abierta sobre un bien inmueble permite al banco lograr el cobro del crédito con otros bienes del deudor, en caso de que no cumpla con sus acreencias.

Protección

Solines indicó que en el caso del proyecto de Ley de Hipotecas, dentro del análisis y discusión previos, hubo la observación acogida de que sea únicamente para vivienda y que tenga un valor determinado de $ 150.000.

“Inicialmente se planteó la propuesta de colocarlo en $ 300.000, pero se decidió bajarlo, porque en ese segmento está la clase baja y media que son los beneficiados con esa medida”.

El valor se determinó sobre la base de que quien compra una casa de $ 200.000 es una persona con una mayor capacidad adquisitiva y tiene mejor orientadas sus finanzas y capacidad adquisitiva.

Dijo que al día de hoy, tal como está la legislación, a quien le ejecutan la hipoteca, si el valor de realización o de venta de ese bien inmueble no alcanza a pagar la totalidad de deuda, le pueden ejecutar otros bienes e, inclusive, con garantías de carácter personal hasta que extinga el valor de la acreencia.

Aclaró que solo cuando se apruebe la reforma presentada por el Presidente de la República, si se ha ejecutado la hipoteca de un bien inmueble se extingue la deuda. La intención es proteger a las clases más desprotegidas y las más débiles de la economía.

Fabricio Reshuan Issa, gerente de la sucursal mayor de la Corporación Financiera Nacional, compartió la posición del Ejecutivo respecto a proteger a quienes menos tienen en la compra de viviendas; además de que los avalúos de los inmuebles se los haga de acuerdo a valores reales catastrales. En caso de dudas, hay que tener una referencia con los peritos evaluadores, que son calificados por la Superintendencia de Bancos.

Kléber Andrade Torres, quien pretende adquirir una vivienda en las urbanización Mucho Lote 2, calificó como acción “extremadamente positiva” que solo la casa sea la garantía.

“En este momento estoy esperando que la reforma sea aprobada  por la Asamblea y entre en vigencia para endeudarme con la protección que me da ahora la ley”, manifestó Andrade.

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