En Ecuador solo 3 de cada mil ciudadanos reciben una sucesión de dinero cada año
Quito, Cuenca y Guayaquil son las ciudades que más reportan impuestos por herencias
El año pasado el Servicio de Rentas Internas (SRI) recaudó por concepto de herencias, legados y donaciones más de $ 10 millones. Parte de estos montos, que van a las cuentas fiscales cada vez que un patrimonio se transfiere a los herederos, fueron considerados por el Gobierno puesto que serían una herramienta capaz de aportar a la lucha contra la desigualdad.
El domingo, en su Informe a la Nación por su octavo año en el poder, el presidente de la República, Rafael Correa, anunció que enviará a la Asamblea Nacional una reforma para aplicar un impuesto a un patrimonio mayor a los 100 salarios básicos, esto es $ 35.400.
Según el Mandatario, los bienes heredados también constituyen un factor de inequidad, ya que “siempre será más fácil acumular riqueza”.
La tesis no es nueva. Una visión del patrimonio en tal sentido fue descrita por el economista francés Thomas Piketty, cuya obra “El capital en el siglo XXI” tuvo enorme repercusión internacional.
El economista expone en su libro cómo dentro de las grandes fortunas hay una fuerte presencia de las heredades -y no sólo de las empresariales. ¿Tiene más sentido el camino del mérito y el esfuerzo o el camino de la herencia?, se interroga Piketty quien propone gravar con impuestos a la riqueza a nivel global.
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Actualmente, la herencia en Ecuador se grava a partir de los $ 68.880 con un 5% que deben pagar los herederos al momento de la transferencia de los bienes.
En este impuesto están propiedades como casas y terrenos, fincas, incluidos animales, también vehículos o documentos que tengan un valor comercial, explicó Leonardo Orlando, subdirector de recaudaciones del SRI.
El porcentaje por pagar sube hasta el 35% por montos superiores a los $ 826.330.
Correa recordó que al inicio del Gobierno intentó mejorar el sistema impositivo para las herencias, pero no hubo la fuerza política para lograrlo.
En el país, solo 3 de cada 1.000 ecuatorianos reciben una herencia cada año, y solo 3 de cada 100.000 obtienen una herencia mayor a $ 50.000. Bajo estos parámetros se proponía pagar un mayor impuesto.
“¿Cuándo un pobre va a recibir una herencia mayor de $50.000?”, se preguntó Correa.
A lo que concluyó que “esa es la diferencia entre una aristocracia y una verdadera democracia, la igualdad de oportunidades, no la sociedad patrimonial”.
El patrimonio es uno de los conceptos básicos del derecho civil. Existen diversas y variadas acepciones del concepto que va desde el sentido jurídico estricto, pasando por el contable y económico. “El patrimonio es todo lo que la persona obtuvo en su vida y creo que nadie podría irse en contra de eso”, señaló el experto en derecho civil y societario Jorge San Pedro.
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Según el jurista, uno de los cambios que el Gobierno podría implementar -y que irían en la línea de establecer una mayor equidad-, sería incrementar los porcentajes de pago para las herencias más altas, pues de esta forma “quienes más reciben aportarían más”.
“En el país son contados con los dedos de la mano los beneficiarios de herencias superiores a los máximos establecidos”, señaló San Pedro por lo que considera que la iniciativa gubernamental no sería perjudicial para la mayoría.
Las provincias que generan más recursos al Estado por este impuesto son Pichincha, Guayas y Azuay, según el SRI.
Ciudades como Cuenca están por encima de Guayaquil. Samborondón tiene un monto similar a la ciudad porteña (ver infografía).
Para quienes piensan que la evasión de este impuesto no trae consecuencias, San Pedro aclaró que en dicho caso las propiedades no pueden venderse, ya que al momento de la transferencia el Registrador de la Propiedad requerirá los anexos del SRI con los pagos.
Señaló, sin embargo, que luego de 7 años y 6 meses, la obligación del pago del impuesto prescribe, y hay quienes no registran los bienes y no hacen transferencia alguna antes de ese tiempo.
Según Orlando, esto en general ocurre por desconocimiento o cuando se trata de bienes pequeños que no llegan a la fracción máxima desgravada. En cualquier caso la declaración es obligatoria para liberar los bienes, genere o no un impuesto.
El funcionario comentó que si bien hay gente que llega años después a declarar, cuando ya aplica la prescripción, cuando se trata de herencias significativas, el organismo procura, por el interés fiscal, que el impuesto se cancele.
La norma tributaria exige que este trámite se efectúe dentro de los siguientes 6 meses, de lo contrario corren intereses y multas. (I)
DATOS
El artículo 55 del Código Tributario dice que el incumplimiento de los deberes formales prescribe en el plazo de siete años, desde la fecha en que debieron presentarse.
La ley establece también las figuras de donación y legado. La primera tiene lugar en vida del propietario, similar a una compra-venta. La segunda es cuando un bien es dejado a través de un testamento.
Para calcular el impuesto a la herencia se suma el total de los bienes, por ejemplo si una masa hereditaria es de $ 100.000 pero son 2 herederos, estos quedan exentos ya que reciben únicamente $ 50.000 cada uno.
La herencia se divide la mitad para la sociedad conyugal, es decir para el cónyuge sobreviviente y la segunda mitad para el resto de herederos. En todos los casos es necesario declarar.