Nueva ley exonera de IVA a nuevos bienes y servicios
El proyecto de Ley de Simplicidad y Progresividad Tributaria llegó al segundo debate en el Pleno de la Asamblea con más consensos.
Tarifa 0% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a varios productos y servicios es una de las propuestas que más apoyo tuvo por parte de los legisladores.
De este modo dejarán de gravar IVA: flores, tractores de hasta 300 caballos de fuerza, tiras reactivas para medición de glucosa, bombas de insulina, marcapasos y servicios de suministro de dominios de páginas web, servidores (hosting) y computación en la nube (cloud computing).
Los legisladores también apoyaron que más productos queden exentos del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE). Algunos de ellos son camiones, vehículos eléctricos, vehículos públicos para atender a sectores rurales y comunitarios.
En la lista también se encuentran fundas plásticas de uso industrial, agrícola, de exportación, para productos congelados y empaques primarios. Mientras que se añaden al listado el servicio postpago de telefonía móvil, cerveza industrial y fundas plásticas de los supermercados de forma progresiva.
El mismo consenso tuvo la remisión del 100% del interés y recargos generados por las obligaciones de crédito educativo y la remisión de capital, intereses y multas correspondientes al Copago para los afectados del terremoto del 16 de abril.
Otro de los beneficios de la ley es la eliminación del anticipo del Impuesto a la Renta para que los contribuyentes tengan más liquidez.
Como apoyo al arte y cultura se establece la opción de deducción de hasta 150% por gastos en la organización y patrocinio de eventos artísticos y culturales.
Para apoyar a los emprendedores se crea un régimen simplificado para microempresas para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones. Este régimen tendrá una tarifa del 2% de IR y el IVA e ICE se declararán de manera semestral.
Por otro lado, el objetivo del Ejecutivo de quienes más tienen más aporten se mantiene. Así, las empresas que en 2018 facturaron igual o más de $ 1 millón pagarán una contribución especial en los próximos tres años.
Asimismo, quienes perciban ingresos mayores a $ 100.000 no podrán deducir sus gastos personales. Lo podrán hacer únicamente quienes tengan casos de enfermedades catastróficas, huérfanas o raras.
Hasta la noche de este lunes 9 de diciembre de 2019 (18:00) el debate en el pleno continuaba. (I)