La minería será una importante fuente de ingresos
Tras la modificación de la Ley de Minería, sustentada en el artículo 408 de la Constitución, el Estado percibirá una renta superior al 50% por la explotación de los proyectos Mirador (concesionado), Fruta del Norte, Río Blanco, Quimsacocha y Panantza-San Carlos.
El ministro de Recursos Naturales No Renovables, Wilson Pástor, indicó que los beneficios para el país son altos, porque la normativa es clara y justa: el Estado recibirá una renta minera de alrededor del 52%, regalías no menores al 5% sobre las ventas, el 12% de las utilidades determinadas en la ley y el 70% del impuesto sobre los ingresos extraordinarios, adicionales al pago del Impuesto a la Renta (25%) y el IVA (12%).
Cada compañía, sociedad o consorcio deberá obtener el Registro Único de Contribuyentes (RUC) en el Servicio de Rentas Internas (SRI), conforme al artículo 98 de la Ley de Régimen Tributario Interno, porque sin ese requisito no se podrán compensar las pérdidas de una concesión minera con las ganancias de otra u otros negocios, explicó Diana Delgado, asesora de la institución.
El Impuesto a la Renta para las empresas mineras será del 23% este año y desde 2013 descenderá a un 22%, aclarando que para los contratos de explotación minera a gran escala no aplica la reinversión de utilidades, debido a la cláusula de factores de ajuste. Tampoco cabe la devolución del 12% del IVA, por tratarse de un recurso natural no renovable, indicó la funcionaria.
Respecto al impuesto a los ingresos extraordinarios, según la Constitución y la Ley Minera, el 70% será para el Estado y el 30% para la empresa contratista, cálculo que se hará en base al precio promedio de los minerales extraídos.
Para el cobro de esos tributos, el SRI y la Agencia de Regulación y Control Minero (Arcom) se basarán en el Reglamento de Contabilidad para Minería, indicó Andrés Donoso, asesor del Ministerio de Recursos Naturales No Renovables, quien señaló que el propósito es “establecer normas y procedimientos que regulen la información contable y tributaria”.
El reglamento contempla dos aspectos: el instructivo de auditoría, cálculo de regalías y los beneficios de la actividad minera metálica, que los vigila el Ministerio regulador; y el Reglamento de Contabilidad para Minería Metálica a Gran Escala, controlado por la Arcom.
Los instrumentos son fundamentales para firmar y ejecutar un contrato de explotación minera, pues la intención es que las negociaciones beneficien al Estado y a las concesionarias, enfatizó el ministro Pástor, quien destacó que las empresas privadas “tendrán rentas del 48%, lo que implica el derecho a explotar y obtener ganancias para la extracción, la venta de los minerales y los ingresos extraordinarios por el precio del mineral equivalente al 30%”.
La primera concesión minera se firmó en el país el pasado 5 de marzo, bajo los parámetros que establece la Constitución y la Ley de Minería con la empresa Ecuacorriente S.A., que durante 25 años trabajará en la explotación del campo Mirador, en Zamora Chinchipe.
Se estima que del yacimiento se extraerán 4.738 millones de libras de cobre, pero en los cinco primeros años la compañía invertirá 1.497 millones de dólares en obras de infraestructura. En este contrato el Estado percibirá una renta del 52%, que incluye el IVA, Impuesto a la Renta y el excedente del precio de los minerales, a más de las utilidades y regalías que oscilarán entre el 6% y 8%, según el precio del cobre.
Pástor precisó que el valor de la libra de cobre está fijado en 4 dólares, cifra que servirá de base para calcular los ingresos del Estado, los cuales superarán los 2.774 millones de dólares hasta 2037.
Como parte del convenio, Ecuacorriente desembolsará 100 millones de dólares (en tres pagos) como regalías anticipadas, recursos que se invertirán en el desarrollo de las comunidades aledañas al yacimiento, pese a que la extracción cuprífera empezará a finales de 2014.
Entre los proyectos de inversión está la construcción de una planta de energía que abastecerá a la comunidad y al yacimiento.