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Ecuador, 25 de Diciembre de 2024
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Hospedaje informal de turistas tendrá multas

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Todos los propietarios que alquilan casas o departamentos a turistas deberán obtener el Registro de Turismo y la Licencia Única Anual de Funcionamiento para continuar con esta actividad.

El Ministerio de Turismo  (Mintur) tiene listo el Reglamento de Alojamiento en Inmuebles para uso Turístico con el que se regulará este tipo de arrendamiento. 

Los dueños de esos inmuebles tendrán tres meses desde la publicación del Reglamento en el Registro Oficial para inscribirse en el Mintur y continuar con el proceso de regularización.

El documento establece que este tipo de alojamiento  consiste en la prestación habitual y remunerada del servicio de hospedaje no permanente, a huéspedes nacionales o extranjeros, en cualquier inmueble distinto a los establecimientos previstos en el Reglamento de Alojamiento Turístico.

En 17 artículos, el reglamento detalla los derechos, obligaciones y prohibiciones de los huéspedes y propietarios. Por ejemplo, es derecho del huésped recibir una factura por el servicio de alojamiento contratado.

El dueño no podrá ofertar o prestar el servicio de alojamiento solo de una parte del inmueble, de una habitación o contar con habitaciones comunes o compartidas.

El propietario tampoco puede realizar actividades de operación turística, transporte terrestre y guianza a turistas.

Quienes se dedican a este tipo de arrendamientos deberán obtener el registro de turismo como prestadores de servicios turísticos.

Para esto deben contar con varios documentos como el Registro Único de Contribuyentes como prestador de servicios de alojamiento en inmuebles para uso turístico.

Estos servicios se podrán ofrecer a través de canales virtuales, medios digitales, redes sociales u otros medios.

Este reglamento es aplicable para la zona continental del país. El servicio de alojamiento en inmuebles para uso turístico está prohibido en Galápagos.

“Las cosas hay que regularlas. No podemos permitir que en Ecuador haya una competencia desleal entre los mismos ciudadanos”, comentó Rosi Prado de Holguín, ministra de Turismo.

El objetivo de este reglamento es controlar y registrar los sitios de alojamiento para que el turista se sienta seguro y tranquilo.

“No es justo que los hoteles formales paguen impuestos y saquen todos los permisos que exige la ley para que compitan con casas o departamentos que son alquilados sin ningún permiso”, manifestó Holbach Muñetón, presidente de la Federación de Cámaras de Turismo del Ecuador.

A criterio de Muñetón, esta actividad irregular crece anualmente cerca del 30%. Y aunque el turismo en el país también aumenta, la cifras de huéspedes en los establecimientos de alojamiento legales disminuye 4% cada año.

Pero más allá de la situación económica, para el representante de las Cámaras de Turismo, esta práctica genera inseguridad, pues los vecinos no saben quiénes entran y salen de los inmuebles.

“La informalidad no es un problema nacional, es un problema internacional”.

Según Muñetón, en otros países ya buscan soluciones a estos alquileres, pues se trata de una tendencia mundial. Por ejemplo, algunos países permiten alquilar los departamentos solo 90 días al año.      

Voces a favor y en contra
Fernando Soto puso en alquiler su casa en General Villamil, Playas, hace tres meses. El inmueble de 200 metros cuadrados tiene tres habitaciones, estacionamientos y piscina. Lo arrienda por $ 150 el fin de semana.

Soto cree innecesario registrarse en el Mintur y obtener los permisos, pues alquila su inmueble solo algunos días. Dice que no se trata de un negocio al que se dedica al 100%, lo hace para ayudarse con la cuota mensual que debe pagar por la casa.

Ricardo Chávez opina lo contrario. Él considera que sí es necesario regularizarse y ya inició el proceso.

Chávez se dedica exclusivamente al arriendo de dos casas y dos departamentos en Baños de Agua Santa. Lo hace a través de páginas web y redes sociales. Cada semana recibe aproximadamente 25 viajeros.

“Solo en Baños hay alrededor de 80 a 100 propiedades que se alquilan a turistas”, expresó Chávez.

Agregó que esta actividad es la competencia directa de los hoteles, por lo que es justo que todos sean legales y, paguen impuestos. Además, de este modo se garantizará un buen servicio al turista.

Registro de Turismo

Los propietarios deben ingresar a la herramienta digital establecida por el Mintur para esta actividad y completar la información que solicita el sistema.

Posteriormente se realizará una inspección de verificación y control de los inmuebles registrados.

Si no cumple con los requisitos o se entregó información errónea, el propietario recibirá una sanción de entre $ 1.000 y $ 5.000.

Por otro lado, la Licencia Anual Única de Funcionamiento se la obtiene en los gobiernos autónomos descentralizados.

Para obtenerla se requiere el Registro de Turismo y un certificado de uso de suelo favorable. (I) et

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