Este mes se paga el segundo anticipo al Impuesto a la Renta
El Servicio de Rentas Internas recordó a los contribuyentes que desde este mes se debe cancelar la segunda cuota del anticipo del Impuesto a la Renta (IR).
Son sujetos pasivos de esta obligación las personas naturales y sucesiones indivisas, obligadas o no a llevar contabilidad, empresas que tengan suscritos o suscriban contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, entre otras.
El valor por pagar para las personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad, las empresas que tengan suscritos contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, equivale al 50% del IR determinado en el ejercicio anterior, menos las retenciones.
El valor por pagar para las personas naturales y las sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad y las sociedades, es equivalente a una suma matemática de los rubros que constan en la Ley de Régimen Tributario Interno.