Contributio
Entendiendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA)
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un impuesto indirecto que grava el consumo final de bienes y servicios. En Ecuador se aplican dos tarifas, una general del 12% y otra del 0% para bienes y servicios considerados básicos; y supone el rubro de mayor importancia recaudatoria (48,08% de la recaudación de impuestos gestionados por el SRI en 2014, seguido por el 31,39% del Impuesto a la Renta). Otras de sus características son su carácter neutral y plurifásico y su comportamiento regresivo. Veamos qué significado tienen estos términos.
Es un impuesto neutral
Los empresarios y profesionales son los sujetos pasivos del IVA sin que ello les suponga un coste adicional en el proceso productivo. Por tanto, no produce distorsiones en las decisiones de los agentes económicos y no afecta al precio relativo de los productos.
Ser sujeto pasivo del IVA significa estar obligado a llevar a cabo las obligaciones formales de declaración e ingreso del impuesto, sin embargo, quienes soportan la carga económica son los consumidores finales de los productos o servicios gravados por el IVA. Enseguida vamos a entender el mecanismo de deducciones por el cual el productor traslada al consumidor final la carga económica del IVA.
Es un impuesto plurifásico
Frente a los impuestos monofásicos que gravan una sola fase de la cadena productiva, los plurifásicos gravan en cada uno de los eslabones de la misma. A la primera categoría pertenece el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE), mientras que el IVA es el paradigma de los impuestos plurifásicos. El proceso de fabricación y venta de muebles es el ejemplo clásico que sirve para explicar el funcionamiento de un impuesto plurifásico como el IVA:
Supongamos que el cliente de un almacén de muebles adquiere un dormitorio por $ 550 + IVA. En la tabla (ver infografía) podemos ver los precios pagados en cada fase por cada uno de los agentes que han participado en su producción y comercialización, y los roles asumidos respecto del IVA que ha ido generándose en el proceso.
En efecto, todos los eslabones de la cadena han debido realizar el ingreso del IVA por la parte del valor agregado al precio del producto (que se obtiene por diferencia entre el IVA repercutido al siguiente eslabón y el soportado en la adquisición previa), pero es el consumidor final quien paga el monto total de IVA como parte del precio final. En el ejemplo, los $ 66 de IVA pagados por el consumidor se ingresaron en el fisco de forma paulatina, en cada fase del proceso de producción y comercialización ($ 12 de la empresa forestal + $ 12 del carpintero + $ 18 del distribuidor + $ 24 del minorista = $ 66).
Tiene comportamiento regresivo
Por cuanto todos los consumidores lo pagan en la misma medida al no introducir ningún factor subjetivo que permita adaptarlo a las condiciones socioeconómicas. Veámoslo con un ejemplo. Supongamos que los señores A y B obtienen rentas de 100 y 1.000, respectivamente. Ambos compran la misma mesa por valor de 20 y por tanto, ambos pagan un IVA de 2,4 (12%). Sin embargo el Sr. A ha debido gastar el 20% de su renta (20/100), mientras que el Sr. B ha invertido el 2% (20/1.000) por la misma compra, pudiendo destinar mayor parte de su renta al ahorro, y a la generación de nuevas rentas.
Se aprecia que ambos han pagado lo mismo (igualdad material), pero la equidad tributaria predica un mayor esfuerzo contributivo por parte de quienes más tienen.
Debido a su importancia recaudatoria y a su relativa sencillez, el IVA es una pieza fundamental de todo sistema tributario, pero su regresividad es un fenómeno que demanda políticas fiscales correctoras.
Las exoneraciones de IVA y la aplicación de tarifas 0% o reducidas son algunas de las soluciones -no exentas de contradicciones y problemas técnicos- que las legislaciones adoptan, pero el papel más importante lo vuelven a jugar los impuestos directos y progresivos. Un sólido diseño del Impuesto a la Renta, sin fisuras, con una base ancha de contribuyentes y con un adecuado grado de progresividad es el contrapeso al comportamiento indiscriminado del IVA, la garantía de equidad del sistema tributario.