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El sector de la construcción ya cuenta con su reglamento

El sector de la construcción ya cuenta con su reglamento
13 de marzo de 2014 - 14:30

Desde hoy entra en vigencia el Reglamento específico para el sector de la construcción. Este documento fue expedido por el Miniserio de Relaciones Laborales y servirá para regular los vínculos laborales que ocurren en este sector productivo.
La normativa que está disponible en la página web del Ministerio de Relaciones Laborales, se destaca por regular aspectos como: el contrato de trabajo para actividades de la construcción; remuneración; terminación de la relación laboral; estabilidad laboral, entre otros.

Según estipula el reglamento, desde hoy el constructor deberá registrar en este Ministerio cada obra, proyecto o etapa que desarrolle dentro de sus actividades, así como a los trabajadores contratados.

El registro se realizará de manera gratuita a través del portal www.relacioneslaborales.gob.ec. Además deberán entregar los documentos de respaldo.

En cambio, al trabajador se le entregará una cédula de trabajo que lo acredita como obrero de la construcción. Para obtener este documento, el solicitante deberá presentar los siguientes datos: nombres y apellidos, número de cédula de ciudadanía, fecha de nacimiento, lugar de domicilio, número telefónico, correo electrónico, certificado de cuenta bancaria en la que se realizarán los pagos correspondientes por concepto de remuneración y demás haberes legales derivados de su relación laboral.

Tanto al empleador como el trabajador de la construcción deberán registrarse en el Ministerio de Relaciones Laborales, a fin de contar con una clave de acceso al portal de internet de la institución, en donde recibirán notificaciones entre otras informaciones.

Lea el reglamento completo aquí

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